Chofer profesional / Șofer profesionist

26 nov 2012 21:58

Trabajador móvil

tacografo + chofer = chofer profesional

dispositivo electronico + atributo = sustantivo abstracto

Estimado compañero tacografero, sabes y tu, como yo, que no es muy facil delimitar en nuestra area de trabajo, entre los "profesionales" de este dominio (Transporte terrestre) y la "gente corriente", por primero por aquel que .... conviene a muchos individuos mantenerse este equivocidad.

Estimado lector, esta pagina se llama "chofer profesional" para darme a mi la posibilidad de atentionarte que, juridicamente, esta denominacion ( y tambien la de "conductor" o "conductor profesional ya no existe desde el 2002, cuando la Directiva 15 CE ha elegido como una determinada denominaciòn la de "trabajador mobil".

Pero, el lenguaje coloquial no es facil de revelarle con el lenguaje formal (sobre todo en este dominio donde el "lenguaje de la calle" esta ....en su casa.

La Directiva 2002/15 CE dice que:

"trabajador móvil", cualquier trabajador que forme parte del personal que se desplace, incluidos las personas en prácticas y los aprendices, que estén al servicio de una empresa que efectúe, por cuenta ajena o propia, servicios de transporte de viajeros o de mercancías por carretera;

Pero ... a cabo de 4 años, mejorando el legislator la Directiva 2002/15 CE a lo que conocemos como "Reglamento 561/2006 CE, olvida el mismo este concepto (trabajador movil") utiliza una (1) vez la palabra "trabajador movil (al principio del texto) y vuelve a utilizar la palabra "conductor" en mas de 80 ocasiones

En mi opinion

Para que una persona pueda ser considerada "trabajador movil" tiene que se reunen dos requisitos a la vez:

1) contrato individual de trabajo (con una empresa de transporte )

2) permiso de conduccion C (D).

Entonces, por que la Sociedad (por sus autorizados) no filtra una legislaciòn supraestatal ( como la legislaciòn del tacografo) via Constituciòn, Derecho civil, Derecho laboral, empleador y se viene poniendo en los brazos de un empleado (la parte debil de un contrato laboral) toneladas de legislaciòn para defenderse solo?

Es logico que la persona que juega el papel de "trabajador movil" tiene de dar cuenta (en carretera) delante la Sociedad solo por la legislación de el Reglamento general de los conductores. Para las superaciones del tiempo de trabajo, del peso, para el ITV ,para utilizar el movil o el GPS tiene que dar cuenta el empleador.

Si no le conviene que su empleado utiliza el movil dentro de las "instalaciónes de la empresa" entonces, o se detiene en llamarle o, en el siguiente dia lo despide.

Por otro lado, si el empleador cumple con sus deberes y prepara como se debe la ruta (mediante el concepto "controlador de vuelo") entonces el "trabajador movil" no debe hacer orientaciòn sobre la marcha.

El Derecho laboral (también llamado Derecho del trabajo o Derecho social) es una rama del Derecho cuyos principios y normas jurídicas tienen por objeto la tutela del trabajo humano realizado en forma libre, por cuenta ajena, en relación de dependencia y a cambio de una contraprestación. Es un sistema normativo heterónomo y autónomo que regula determinados tipos de trabajo dependiente y de relaciones laborales.

El Derecho civil es el conjunto de normas jurídicas y principios que regulan las relaciones personales o patrimoniales entre personas privadas o públicas, tanto físicas como jurídicas, de carácter privado y público, o incluso entre las últimas, siempre que actúen desprovistas de imperium.

Visita tambien "Server European Transport" y te vas a encontrar con discos y con nominas reales, discos y nominas que resultan por esta equivocada pedagogia que aplica la Sociedad sobre el "trabajador movil" y con esta deformando todo esta basica actividad que es el "transporte por carretera"