a) Garantizar la incorporación de las nuevas tecnologías de información y comunicación en el proceso educativo.
b) Disponer la seguridad del aula de innovación pedagógica y demás bienes de la Institución Educativa.
c) Propiciar la renovación de equipos, implementación del Aula de Innovación Pedagógica, en coordinación con la APAFA, CONEI y el DAIP.
d) Propiciar la incorporación de las Tecnologías de Información y Comunicación en el Proyecto Educativo Institucional, Proyecto Curricular Institucional, Programación Anual, Unidades Didácticas y Sesiones de Aprendizaje.
e) Supervisar las actividades del Aula de Innovación Pedagógica, en base a acciones de monitoreo al Docente de aula de innovación pedagógica y docentes de aula o área que incorporan las TIC en las sesiones de aprendizaje.
f) Brindar las facilidades a los docentes para capacitarse en el uso de las TIC, en horarios alternos al turno en el que laboran.
g) Propiciar la organización y participación de alumnos y docentes en ferias y/o eventos concernientes al uso de las TIC a nivel institucional, local, regional y nacional.
h) Verificar el inventario del aula de innovación pedagógica semestralmente, de manera opinada e inopinada, e informar a la UGEL o DRE correspondiente.
i) Presentar, al órgano intermedio correspondiente, el Plan de Trabajo del AIP al inicio del año académico, horario, reglamento, ficha pedagógica, catálogo de recursos, inventario de bienes y enseres y registro de asistencia.
j) Elevar, al órgano intermedio, un informe al finalizar el año académico, acerca de las acciones realizadas en el aula de innovación pedagógica, del horario de atención por grados, secciones, áreas, recursos empleados y otros referentes a la funcionalidad del AIP. Adjuntando un CD conteniendo los trabajos de los alumnos y docentes producidos durante el año.