NOM-011-STPS-2001
Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido.
Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido.
Establecer las condiciones de seguridad e higiene para proteger a los trabajadores contra el ruido que, por sus características, sea capaz de alterar su salud.
Campo de Aplicación: Obligatorio en todo centro de trabajo donde la maquinaria genere ruido, llegando a niveles sonoros (A) igual o superiores a 80 dB(A).
⚠️Procedimiento Técnico ⚠️
Reconocimiento: Identificación de áreas con altos niveles sonoros, las fuentes emisoras (Cualquier maquinaria generadora de ruido) y la selección de los trabajadores representativos para la evaluación
Evaluación (Medición): Con equipo en mano, midiendo el ruido ambiental en áreas específicas, determinando el mayor nivel de sonido encontrado.
Dosimetría: Monitores personales para los trabajadores, miden su exposición real durante toda su jornada laboral.
Informe de resultados: Documento con información de la fuente fija, con mapas de ruido y cálculos de exposición.
Sirve como evidencia base exámenes médicos anuales (Audiometrías).
La vigencia de los informes de resultados será de dos años o antes, si hay cambios en maquinarias o instalación de nuevos equipos