Plataforma Sindical:


Plataforma Sindical:

1.- Representar a los integrantes de la delegación D - II - 22 ante los Órganos Superiores de Gobierno del Sindicato, las autoridades de su jurisdicción y, en general, ante terceros.

2.- Dirigir e impulsar las actividades del Comité Delegacional.

3.- Proponer al Comité Ejecutivo Delegacional la designación de las comisiones que requiera el trabajo sindical, así como firmar la documentación, y autorizar con su firma y con la del secretario correspondiente los documentos que así lo ameriten.

4.- Convocar, con el Secretario de Organización, a Sesiones del Comité, en las que deberá presidir y legalizar el acta respectiva con su firma.

5.- Elaborar, con el Secretario de Organización, el calendario de Asambleas Ordinarias y someterlo a la aprobación del Comité Ejecutivo Seccional.

6.- Convocar a las Asambleas Ordinarias según el calendario calendario aprobado.

7.- Solicitar al Comité Ejecutivo Seccional que convoque a Asambleas Extraordinarias, cuando asuntos urgentes de interés general para el Organismo Sindical o la Delegación así lo requieran.

8.- Conocer y resolver los asuntos de la Delegación.

9.- Autorizar los gastos y revisar la documentación y las cuentas de la Delegación, a cargo del Secretario de Finanzas. Dicha revisión la efectuará cuantas veces lo estime necesario.

10.- Responder, conjuntamente con la secretaría de Finanzas, de los bienes de la Delegación.

11.- Proporcionar veraz y oportunamente los informes que requieran los Órganos Superiores del Sindicato.

Fuente: Estatuto del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación.