Normativa básica

Normas básicas del Centro.

Puntualidad y Asistencia.

FALTAS INJUSTIFICADAS POR TRIMESTRES

1. Perderá la evaluación continua para un trimestre todo el alumnado que acumule un número de faltas injustificadas igual o superior al establecido en la segunda comunicación de la tabla adjunta.

2. Será cada profesor/a el encargado de hacer las dos correspondientes comunicaciones.

3. Cada departamento organizará un examen extraordinario al final de cada trimestre.

4. No se admitirán justificaciones posteriores a la comunicación de

pérdida de evaluación continua.

Conductas contrarias a las normas de convivencia:

o Los actos que perturben el normal desarrollo de las actividades de la clase.

o La falta de colaboración sistemática del alumnado en la realización de las actividades orientadas al desarrollo del currículo, así como en el seguimiento de las orientaciones del profesorado respecto a su aprendizaje.

o Las conductas que puedan impedir o dificultar el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber de estudiar por sus compañeros. o Las faltas injustificadas de puntualidad.

o Las faltas injustificadas de asistencia a clase.

o Cualquier acto de incorrección y desconsideración hacia los otros miembros de la comunidad educativa.

o Causar pequeños daños en las instalaciones, recursos materiales

o Documentos del Centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.

o Comer o beber en clase (chicles, caramelos..).

Conductas contrarias gravemente perjudiciales para la convivencia:

o La agresión física contra cualquier miembro de la comunidad educativa.

o Las injurias y ofensas contra cualquier miembro de la comunidad educativa.

o Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del Centro, o la incitación a las mismas.

o Las vejaciones o humillaciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa, principalmente si tienen una componente sexual, racial o xenófoba, o se realizan contra alumnos/as con necesidades educativas especiales.

o Las amenazas o coacciones contra cualquier miembro de la comunidad  educativa.

o La suplantación de la personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos académicos.

o El deterioro grave de las instalaciones, recursos materiales o documentos del Centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa, así como la sustracción de las mismas.

o La reiteración en un mismo curso de conductas contrarias a las normas  de convivencia del Centro. o Cualquier acto dirigido directamente a impedir el normal desarrollo de las actividades del Centro.

o Está terminantemente prohibido fumar en el Centro.

o Uso del teléfono móvil o dispositivos electrónicos de música, juegos, ...... durante toda la jornada escolar. Si lo usas o suena en clase será confiscado por el Jefe de Estudios. El Centro no se hace responsable de la perdida o sustracción de estos aparatos.

o Se considerará falta muy grave las falsificaciones de la firma del padre,

madre o profesores en cualquier tipo de documento.

La falta de colaboración y respeto hacia las normas de convivencia y de uso de las instalaciones del Centro podrán ser objeto de sanción, tales como el apercibimiento, la reparación o restitución de materiales y/o espacios dañados, la colaboración en actividades extraordinarias, la supresión del derecho de asistencia a una clase, a actividades extraescolares, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funcionamiento (ROF) y Plan de Convivencia de nuestro Centro.

Asimismo se corregirán los actos contrarios a las normas de convivencia del Centro realizados por el alumnado tanto en horario lectivo, como en el dedicado a la realización de las actividades complementarias o extraescolares.

También se podrán corregirse las actuaciones del alumnado que, aunque realizadas por cualquier medio e incluso fuera del recinto y del horario escolar, estén motivadas o directamente relacionadas con el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes como tal.

Recreo.

Uso de los espacios.

Actividades complementarias y extraescolares.

o Aquellos alumnos/as que tengan cinco amonestaciones no participarán en las actividades fuera del centro.

o Es obligatorio la asistencia a las actividades complementarias, la no asistencia injustificada a una actividad complementaria será motivo de un parte de amonestación.

o El alumnado que en un trimestre pierda la evaluación continua en una materia, no tendrá derecho a asistir a las actividades complementarias y extraescolares organizadas durante ese trimestre por esa materia.

o El alumnado que asista a excursiones cuya llegada a Córdoba sea a las 24:00 horas o después, podrán regresar a clase a partir de la 3a hora de ese mismo día. o Los posibles desperfectos en los establecimientos hoteleros o medios de transporte, serán por cuenta del responsable de la comisión de los mismos.