La Dirección de Ordenamiento y Desarrollo Territorial (DODT) es la dependencia técnica–estratégica responsable de conducir, articular y supervisar la gestión integral del territorio del municipio de Antigua Guatemala. Su ámbito de actuación comprende la planificación urbana y rural, la regulación del uso del suelo, el control del desarrollo urbano, la administración catastral y la gestión tributaria vinculada al Impuesto Único sobre Inmuebles (IUSI).
La DODT actúa como el ente rector en materia territorial, asegurando que las decisiones sobre el crecimiento físico de la ciudad, la localización de actividades, la infraestructura y la ocupación del suelo se realicen de manera ordenada, planificada y conforme al marco normativo vigente. Asimismo, coordina el trabajo técnico con la Sección de Información Geográfica y las jefaturas de Planificación Urbana, Control Urbano y Catastro y Administración del IUSI, garantizando coherencia entre la planificación, la regulación y la ejecución de las políticas municipales.
En el contexto de Antigua Guatemala —ciudad con alto valor patrimonial, turístico y cultural— la Dirección desempeña un papel esencial en la armonización entre el desarrollo urbano contemporáneo y la conservación del patrimonio histórico, paisajístico y ambiental, promoviendo un modelo territorial sostenible y resiliente.
Importancia de la Dirección
La Dirección de Ordenamiento y Desarrollo Territorial es fundamental para el funcionamiento eficiente y sostenible del municipio, ya que:
Orienta el crecimiento urbano y rural, evitando la expansión desordenada y los conflictos por uso del suelo.
Protege el patrimonio cultural y natural, asegurando que las intervenciones urbanas respeten el valor histórico de la ciudad.
Fortalece la planificación estratégica, proporcionando instrumentos técnicos para la toma de decisiones de corto, mediano y largo plazo.
Contribuye a la sostenibilidad financiera municipal, mediante la gestión del catastro y la correcta administración del IUSI.
Reduce riesgos urbanos y ambientales, al integrar criterios de gestión del riesgo, resiliencia y capacidad de carga territorial.
Promueve la equidad territorial, garantizando una distribución más justa de servicios, infraestructura y oportunidades de desarrollo.
En conjunto, la DODT es un pilar institucional para mejorar la calidad de vida de los habitantes y consolidar a Antigua Guatemala como una ciudad ordenada, segura y sostenible.
Misión
Dirigir, planificar y coordinar la gestión integral del territorio del municipio de Antigua Guatemala, garantizando la aplicación efectiva de la normativa urbanística, catastral y patrimonial, promoviendo un desarrollo ordenado, sostenible y respetuoso del patrimonio cultural, en beneficio del bienestar y desarrollo integral de la población.
Visión
Ser una dirección líder y referente a nivel nacional en ordenamiento y desarrollo territorial, reconocida por su capacidad técnica, transparencia e innovación, que impulse una Antigua Guatemala planificada, resiliente, sostenible y armónica, donde el crecimiento urbano conviva equilibradamente con la preservación del patrimonio histórico y ambiental.
Alcances
La Dirección de Ordenamiento y Desarrollo Territorial tiene competencia y alcance en las siguientes áreas:
Planificación territorial integral, urbana y rural.
Formulación, coordinación y seguimiento del Plan de Desarrollo Municipal y Ordenamiento Territorial (PDM-OT).
Regulación del uso del suelo y definición de lineamientos urbanísticos.
Supervisión del control urbano, licencias de construcción y cumplimiento normativo.
Administración del catastro municipal, asegurando información predial actualizada y confiable.
Gestión y recaudación del IUSI, fortaleciendo la sostenibilidad financiera municipal.
Coordinación interinstitucional con entidades nacionales, sector privado y organismos de cooperación.
Emisión de dictámenes técnicos para proyectos estratégicos y políticas municipales.
Integración de herramientas tecnológicas, como Sistemas de Información Geográfica y análisis territorial avanzado.
Planificación del crecimiento urbano y rural
Regulación del uso del suelo y supervisión de la expansión urbana
Administración del catastro y recaudación del IUSI
Coordinación de proyectos de desarrollo territorial
Emisión y aplicación de normativas urbanísticas y de construcción
Valores
Transparencia: actuar con claridad, legalidad y rendición de cuentas en todas las decisiones y procesos territoriales.
Responsabilidad: asumir con compromiso la conducción del desarrollo urbano y rural del municipio.
Sostenibilidad: integrar criterios ambientales, sociales, económicos y culturales en la gestión del territorio.
Respeto al patrimonio: salvaguardar la identidad histórica, arquitectónica y cultural de Antigua Guatemala.
Trabajo en equipo: promover la coordinación entre jefaturas, dependencias municipales y actores externos.
Innovación: incorporar tecnologías, metodologías y buenas prácticas en la planificación y gestión territorial.
Servicio público: orientar la gestión territorial al bienestar y desarrollo de la población.
Marco legal
Constitución Política de la República de Guatemala
Art. 253: reconoce la autonomía municipal para administrar sus intereses, incluyendo la regulación territorial.
Art. 255: faculta a las municipalidades para formular y coordinar políticas de desarrollo urbano y rural.
Código Municipal (Decreto 12-2002)
Art. 68: competencia municipal en planificación, ordenamiento territorial y regulación del uso del suelo.
Art. 72: facultad para emitir reglamentos de urbanismo, construcción y ordenamiento territorial.
Art. 73: aplicación de sanciones por incumplimiento de reglamentos municipales.
Art. 142: obligación de elaborar y ejecutar el Plan de Desarrollo Municipal.
Ley del Registro de Información Catastral (Decreto 41-2005)
Art. 3: establece el catastro como instrumento técnico para la planificación, administración del territorio y tributación.
Ley del Impuesto Único sobre Inmuebles (Decreto 15-98)
Art. 1: define el IUSI como impuesto municipal.
Art. 9: faculta a las municipalidades para su administración y recaudación.
Ley de Protección al Patrimonio Cultural de la Nación (Decreto 26-97)
Art. 5 y 6: regulan las intervenciones en áreas y bienes patrimoniales, aplicables a Antigua Guatemala.
Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente (Decreto 68-86)
Art. 8, 9 y 11: prevención de impactos ambientales derivados del desarrollo urbano.
Reglamentos Municipales
Reglamento de Desarrollo y Ordenamiento Territorial.
Reglamento de Movilidad.
Reglamento de Planes Locales y Planes Parciales de Ordenamiento Territorial
Reglamento de Gestión Administrativa de Desarrollo y Ordenamiento Territorial
Norma General de Construcción y Tipologías Arquitectónicas
Disposiciones del Consejo Nacional para la Protección de La Antigua Guatemala (CNPAG)
Normas y lineamientos especiales para construcciones en el área patrimonial, asegurando que la ciudad mantenga su valor histórico y cultural.
Organigrama