Política

Vencedores o vencidos

Mi contribución en esta revista se debe a que, como estudiante de primer año Derecho, me he sentido en la obligación moral de replantarme un suceso como es La Segunda Guerra mundial (1939-1945), y no encuentro mejor lugar para desplegar mis opiniones acerca del eterno debate jurídico que ha derivado tal peripecia. Con ello no pretendo cerrarme a dichas ideas, pues me queda un largo camino por recorrer. Simplemente he considerado oportuno y un buen punto de partida para ello, analizar la película “Vencedores o vencidos” y reflexionar acerca del significado del esencial y profundo término: Derecho.

Antes de comenzar, creo importante remarcar que los mecanismos de defensa de los derechos fundamentales principiaron a plantearse al acabar la primera gran guerra mundial, pero no será hasta el desenlace de la segunda cuando empezarán a ponerse realmente en práctica. Tras largos conflictos en los que se disipaba la dignidad de la persona, así como muchos otros derechos, se sintió la necesidad de establecer ciertos principios que garantizasen la libertad y los derechos de los ciudadanos. De esta manera, nuestra Constitución se convierte en el eje del ordenamiento jurídico y las personas se encuentran sujetas a una legislación que les protege. Igualmente, nuestra ley fundamental no es el tema que me gustaría abordar en el presente momento, pero no podía comenzar a examinar tales atrocidades sin valorar y agradecer que los derechos y libertades en España, están, al menos, formal y teóricamente preservados.


La segunda conflagración mundial ha sido uno de los acontecimientos más desgarradores que se han dado en la historia de nuestra humanidad, y que más debate jurídico ha podido derivar. Tuvo su inició con la invasión de la temida Alemania al invadir Polonia el 1 de septiembre de 1939, y en los años posteriores acabaría por invadir once países más, por medio de aterradores episodios hartos de terror y violencia. Entre 1941 y 1944, las autoridades del Tercer Reich deportaron a millones de judíos de Alemania, de los territorios ocupados y de los países del Eje, a guetos y a centros de exterminio. Hitler estableció un sistema totalitario basado en el racismo y el odio a los judíos, entre muchos otros. Este odio se reflejará en los horrores del Holocausto nazi, en el que se persiguieron a grupos por razones políticas, ideológicas y conductuales. El Führer eliminó cualquier garantía democrática y forjó un estricto régimen en torno a sus ideales, y el que se contraponía ellas era duramente reprimido, de esta manera violaba espantosamente los derechos fundamentales de toda persona.


La película “Vencedores o vencidos” nos recrea los juicios llevados a cabo tras dichas barbaridades, en los que se juzgaron especialmente a los jueces que hicieron cumplir las leyes nazis durante el Tercer Reich en Alemania. Esta representación indaga el tema de la complicidad individual en los delitos cometidos por el Estado, así como un amplio camino moral y éticos relacionado con los derechos humanos.


Un congresista norteamericano llamado Dan Haywood, fue llevado a Núremberg para los juicios internacionales. Además de por su larga trayectoria y experiencia jurídica fue aclamado por estar de acuerdo en llevar a cabo dichos juicios contra los jueces alemanes, hecho del que no todo el mundo se posicionaba a favor. Este magistrado debía realizar la ardua tarea de juzgar a cuatro jueces que implementaron las políticas de esterilización y pena de muerte durante el Tercer Reich. Al mismo tiempo se atravesaba por la Guerra Fría, y la Alemania ocupada tendrá que reconstruir su país (dividido en cuatro), olvidándose de la guerra y las ruinas del régimen anterior. Este conflicto supone un importante punto a tener en cuenta puesto que a Alemania les interesaba tener a su país de su lado y podía no darse en caso de obtener una resolución considerada injusta del caso.


Una vez comenzados los juicios, Emil Hant, uno de los jueces más radicales, se declaró inocente de todo cargo ante el juez. Ernst Janning, Werner Lampe y Friedrich Hofstetter, los otros tres jueces, se declararon igualmente exentes de culpa ante el Tribunal. Su argumento se basó principalmente en decir que ellos cumplían con lo que la ley manda, como se ve reflejado en la siguiente aportación de Friedrich Hofstetter: “He servido a mi país toda mi vida lealmente, con un corazón puro y sin doblez, en todos los puestos que me fueron asignados. Me he mantenido fiel a un concepto que he considerado fundamental en mi profesión. Ese concepto se basa en que el sentido personal de la justicia debe sacrificarse al legalmente establecido. Aceptar la ley tal y como es sin detenerse a pensar si es justa o no. Como juez no podía hacer otra cosa”. Al fin y al cabo, su aportación parece razonable, pero me gustaría darle la vuelta a su contribución. ¿Es lo correcto aplicar una norma por el simple hecho de considerarlo Derecho? Mi respuesta es evidentemente no. Es más, en este sentido me gustaría apoyarme en el razonamiento de Kant en su aportación del imperativo categórico. Creo firmemente que todos poseemos el mismo criterio de lo que está bien y lo que está mal, a rasgos generales. Y estoy segura de que los jueces que condenaban en la Alemania Nazi sabían perfectamente que la aplicación de tales leyes no era hacer justicia, y aun a sabiendas de que las palabras de Hitler eran mentira se callaron y permitieron tales atrocidades, excusándose ahora en que no hacían más que ser fiel al Derecho. Pero, ¿hasta qué punto puede considerase Derecho las normas emanadas del régimen de Hitler? A esta pregunta podrían darse infinidad de respuestas de una extensa variedad, pero todas se aproximarían más o menos a uno de los siguientes polos: Iusnaturalismo racionalista y Positivismo jurídico.


El primero apoya que sólo es Derecho los mandatos en conformidad con la ley natural. Esta concepción defiende la existencia del derecho natural y de la justicia y consideran que se accede a ellas mediante el ejercicio de la razón, basándose en el “deber ser”. El Derecho natural, desde esta perspectiva, no parece algo tan evidente, es más un deseo compuesto por diversas normas abstractas, justas, de obligado cumplimiento que se deducen racionalmente a partir de principios ideales. Si esas normas cumplen el ideal de justicia buscaban hacer un código de leyes perfectas e inmutables. A esto se oponían, como es obvio, los positivistas. Los jueces alemanes del Tercer Reich que fueron juzgados basaban su defensa en esta segunda teoría. Su abogado defensor expuso que el juicio aspiraba a encontrar un código de justicia universal con el cual poder enjuiciar a estos jueces, porque lo que hicieron en ese momento, era legal. Se limitaba a decir que el Derecho son las normas que dicta el poder establecido, con independencia de que el poder se haya adquirido por procedimientos democráticos o no. Por tanto, ellos estaban obedeciendo a lo que la ley decía y no se detenían a cuestionarse si la norma que aplicaban era justa o no. Esta doctrina, esta forma de pensar, inconcusamente a mi forma de ver, dejó mucho que pensar al acabar la Segunda Guerra Mundial.


A raíz de las auténticas barbaridades que se cometieron, Gustav Radbruch, filósofo del Derecho apegado a la teoría positivista, se vio obligado a reflexionar sobre sus creencias. Este jurista alemán, ministro de justicia y profesor universitario, acabaría exponiendo el núcleo de su filosofía en la separación entre el derecho positivo y la idea del derecho, basada en el dualismo entre los hechos y los valores. De esta forma concluyó que las normas tenían que tener un mínimo de lógica y que en los libros de leyes se deberían recoger unos principios básicos de justicia, para que ninguna norma fuese en contra de los derechos fundamentales. Es por esto que se interrogó también al Dr Dyck, profesor de la facultad de uno de los acusados. Este afirmó que, con anterioridad al Tercer Reich, la situación de los jueces era de completa independencia, sin embargo, posteriormente los jueces se vieron obligados a respetar y cumplir las leyes nazismo. Algunos que protestaron, o los silenciaron o les obligaron a dimitir, como este doctor Dyck. Está claro que es una locura. Como se puede llegar al punto en el que el código penal, de repente, se convierta en un elemento fundamental para aplicar la pena de muerte de forma continuada, e incluso se permita la esterilización sexual. Los jueces pasaron a llevar la esvástica en su toga, y trabajaran a favor de hacer justicia actuando claramente a favor de lo que Hitler decía. Es por esto que se buscó considerar libre de acusaciones, inocentes, a los jueces, a pesar de que juraran lealtad al régimen nazi en 1934, obediencia absoluta, acatar y cumplir las norma.


Si no hubieran jurado lealtad, Adolf Hitler no habría llegado al poder absoluto. El Führer se alimentó y creció en el poder por aquellos que obedecieron sus órdenes. Y gran parte de la responsabilidad de los terrores que se llevaron a cabo fue por culpa de los jueces, que, con independencia de su ideología, decidieron mantenerse en el cargo y condenar a ciudadanos inocentes, violando sus derechos fundamentales. Coronel Lawson, fiscal de Estado, expuso el alegato en contra de los acusados. No consideró, como es obvio, que hubiera justicia durante el Tercer Reich. De esta forma se ve claramente que su posición se acerca más al realismo clásico. Expone que se deben juzgar a los jueces presentes, pues solo un juez sabe hasta qué punto es responsable la responsabilidad de un tribunal. Pervirtieron y destruyeron la justicia y la ley en Alemania y esto ya de por si es un crimen. Pide que se haga justicia por los crímenes, las atrocidades, y las brutalidades que se llevaron a cabo. Estos jueces comparten la responsabilidad con quien ordenaba esos crímenes, e incluso los va a considerar más culpables que aquellos que dictaban las órdenes, por aceptar la ideología del Tercer Reich y aplicar las condenas cuando deberían haberla repudiado por injusto desde el principio. Es muy importante aclarar este último punto, puesto que a los jueces en la Alemania Nazi se les daba la libertad de renunciar a su encargo y se les asignaba otra ocupación, por lo que se presume que aquellos que continuaron en su puesto es porque se encontraban acordes con la ideología y aplicar esas leyes no les iba a suponer una carga moral. Esto nos hace verdaderamente replantearnos cual es realmente la labor del juez. El abogado defensor de los alemanes, Hans Rofle, dio respuesta. Respalda de esta forma, que un juez no es el que promulga las leyes, eso sería la labor de un legislador, un político, sino quien aplica las leyes que están vigentes en su país. Por patriotismo, tenían que obedecer y hacer cumplir las leyes del país.


El objetivo de los juicios de Núremberg fue hacer justicia, dar a cada uno lo suyo. Pues durante la Alemania Nazi se vulneraron absolutamente los derechos que nos corresponden a todos por el hecho de ser simplemente humanos. Creo firmemente en la existencia del Derecho Natural. Para mí la determinación de lo justo de basa, como bien dicta el realismo clásico, en la adecuación de lo justo positivo a lo justo natural. Discurro que, en la propia naturaleza de las cosas, hay un contenido de justicia que hay que descubrir. Para ello parto de la existencia de un orden natural donde debe hallarse lo justo. De esta forma se trata de hallar o descubrir lo justo natural, no de crearlo, ni deducirlo axiomáticamente. Y como creo que es lo más razonable de pensar, durante el Tercer Reich, esto no se cumplió. Un ejemplo claro de ello fue el caso de Rudolf Peterson. Este hombre padecía de un leve retraso intelectual. Por esta pobre deficiencia fue esterilizado.


Esto me hace reflexionar bastante, ¿cómo se ha podido llegar al punto de atentar contra la libertad de esta persona por el simple hecho de haber tenido la desgracia de sufrir una demencia? Es una auténtica barbaridad pensar que esto es justo y, como es obvio, valga la redundancia, se debería hacer justicia. Ya no solo en interés de los propios afectados, sino también para que los espantables desequilibrados lleguen a ser considerados criminales y la ley les condene por sus crímenes execrables. De esta forma me sorprende que aún después de todo esto se les defienda, y se intente demostrar que, por ejemplo, en el caso de Peterson, se justifique con que fue castrado por tendencias comunistas o un leve retraso mental. Al igual que otros miles de casos, de igual o elevada gravedad, se nos muestra en la película una mujer alemana, llamada Irene Hoffman, la cual fue acusada por haber mantener relaciones sexuales con un judío. Dicho judío, Feldenstein, increíblemente, fue condenado a muerte. Es inconcebible pensar que se pudo atentar de esta manera contra la libertad de las personas.


Cabe destacar, además, la siguiente escena, que da bastante que cavilar. Ernst Janning, que al principio no reconoce al tribunal y prefiere permanecer en silencio, cambia finalmente de actitud y confiesa su culpabilidad. Se fundamenta principalmente en que pensaban que el nazismo iba a ser una fase pasajera y se dejaron llevar por las motivaciones y el patriotismo de Hitler, pues las cosas que se les negaban en la democracia, les eran ofrecidas ahora. Y cuando ya era tarde se dieron cuenta de que se había convertido en un modo de vivir. Dice entonces: “los que sabemos que somos culpables debemos admitirlo, sea cual fuere la pena y la humillación que nos cause”.


Dicho esto, considero que, aunque se haya arrepentido, muy tardíamente, los daños causados siguen siendo los mismos, y de una considerable gravedad y, por tanto, la pena debería seguir siendo igualmente dura, pero siempre justa, aunque en estos casos a mi parecer no se llega nunca a alcanzar justamente el “dar a cada uno lo suyo”, puesto que es irremediable.


Al escuchar la declaración de Janning, Hans Rolfe, abogado defensor, expone que hay diferencia entre la culpabilidad moral y la culpabilidad jurídica, y por tanto aquel que se sienta moralmente culpable puede no ser acusado como tal si se demuestra lo contrario. De esta forma ha intentado diluir la responsabilidad del sujeto. También aborda el abogado una cuestión con la que estoy totalmente de acuerdo y es que si se supone que Ernst Janning es culpable también lo son las otras naciones que admitieron y apoyaron a Hitler y permitieron que el nazismo se extendiese tanto. Finalmente, los cuatro jueces fueron condenados a cadena perpetua a pesar de darse desigualdad de opinión al respecto. Mientras un juez aportó que los hombres no son culpables de sus actos, Dan Haywood muy sabiamente respondió diciendo que éste solo se expone sutilezas jurídicas, pues no se encontraban ante una cuestión de pragmatismo sino de hacer justicia.


Si yo hubiese sido juez en los Juicios de Núremberg también habría considerado que tales crímenes no pueden quedar impunes, pues mis ideales se basan en la existencia de unos principios de justicia que están por las leyes de un país. El problema con los acusados es que tomaron parte con voluntad o al menos no haciendo lo posible por apartarse, en un régimen de crueldad organizado por las leyes del país y que despreció los principios reconocidos por las naciones civilizadas. Como he mencionado anteriormente, concuerdo con el magistrado Haywood en que hay un derecho natural común a todas las naciones civilizadas el cual los nazis vulneraron, puesto que éstas iban en contra del derecho natural. Evidentemente se daban pruebas suficientes de cargo para poder condenar a los acusados. Y como bien se dijo en aquel tribunal: es la humanidad la que pide justicia. Los cuatro jueces son cabalmente responsables de sus actos ya que tomaron parte del desarrollo en la legislación de leyes que tenían como objetivo la exterminación de seres humanos. La clave está aquí, en que éstos tenían margen de decisión, pudiendo renunciar al cargo, pero optaron por el camino criminal, transgrediendo la propia ley alemana, es decir, sobrepasaron las leyes salvajes de los nazis en su actuación. El Derecho Penal, el cual deriva de la ley natural, en toda nación tiene un principio general: cualquier persona que induce a otra a cometer asesinato, cualquiera que prevea a otra de medios para poder consumar el crimen y actúa de cómplice, es culpable, todos comparten la responsabilidad porque su aportación ha sido necesaria. De este modo, no cabe otro final que no sea hacer justicia de tal forma que se valoré la dignidad de los inocentes que nos dejaron y los delirantes que cometieron dichas bestialidades sean condenamos justamente.


Ana Iria León Zahn, La Tertulia

13 de enero del 2021