Acorde a lo establecido en las directrices establecidas por el Artículo 19 de la ORDEN de 19 de abril de 2023 por la que se establece la convocatoria para la incorporación de centros educativos sostenidos con fondos públicos de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura a las Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible. Y al propio proyecto emanado del anexo III de la misma, se establece que la memoria debe contener los siguientes apartados.
a) Descripción de los objetivos generales del Proyecto de Redes.
b) Descripción de cada una de las actividades desarrolladas.
c) Secuencia temporal de las acciones.
d) Los objetivos logrados.
e) Dificultades en la puesta en práctica.
f) Aspectos evaluadores: instrumentos empleados, muestreo y resultados.
g) Propuestas de mejora.
h) Profesorado que forma parte del grupo de trabajo, con indicación de su participación en el funcionamiento de las redes para el reconocimiento de créditos formativos que hubieran de adjudicarse.
i) Descripción y evaluación de las actuaciones llevadas a cabo por las personas o entidades externas al propio centro educativo.