Programa de Inserción Laboral (PIL)
Aval: SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
Aval: SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
El Programa de Inserción Laboral (PIL) tiene como objetivo promover la inserción laboral de los trabajadores y trabajadoras con mayores dificultades de empleabilidad, brindando a las empresas que los contrate una ayuda económica que podrán descontar del salario a abonar a la trabajadora o al trabajador.
Se implementa a través de un portal de intermediación laboral en el cual los empleadores publican gratuitamente sus ofertas laborales y los participantes se postulan a las mismas de acuerdo al perfil solicitado.
La contratación de un desocupado a traves de esta herramienta le otorga a la empresa un beneficio económico a cargo del Ministerio de Trabajo durante los primeros 12 (doce) meses de contratación. Dicho beneficio se computa en el recibo de sueldo del nuevo empleado bajo el concepto de "Beneficio Programa PIL" y se deduce dicho monto del sueldo neto.
El nuevo empleado recibe este incentivo directamente en una cuenta bancaria especial que le genera el mismo Ministerio de Trabajo.
Reducciones en las cargas patronales:
100% para las contrataciones por jornada completa.
50% para las contrataciones de jornada parcial.
Los trabajadoras/es mensualizadas/os que cumplan jornada completa no pueden cobrar menos de UN (1) Salario Mínimo, Vital y Móvil multiplicado por UNO COMA DOS (1,2).
Los trabajadoras/es mensualizadas/os que cumplan jornada parcial no pueden cobrar menos de UN (1) Salario Mínimo, Vital y Móvil multiplicado por CERO COMA OCHO (0,8).