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La Resolución Ministerial N° 992/23 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social (MTEPS) es la Resolución que aprueba la Norma Técnica de Seguridad NTS-009/23, la cual establece los requisitos para la presentación de los Programas de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (PGSST) en Bolivia. Esta norma y el sistema asociado entraron en vigencia el 31 de julio de 2023 y reemplazaron a la normativa anterior, la RM 1411/18.
¿Si tengo una actividad económica con NIT y no tengo registrado ni un dependiente en el ROE, el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social puede exigirme el Programa de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo “PGSST”?
Respuesta. -
Si, la NTS-009/23 en su articulo 3 (ÁMBITO DE APLICACIÓN SEÑALA)..”La presente norma es de aplicación obligatoria para todas las empresas o establecimientos laborales nacionales y extranjeros, que se encuentran en operación o en etapa de ejecución de proyectos, sean públicos o privados, persigan o no fines de lucro, en conformidad a lo establecido en el artículo 3 de la Ley General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar, Decreto Supremo N° 2936 de 5 de octubre de 2016 y normativa conexa”.
nuestra empresa realizo varios PGSST, actualmente aprobados , que tenían un NIT y en su ROE tenían cero trabajadores.