La presente norma tiene por objeto establecer los parámetros y especificaciones de calidad de los cementos hidráulicos y de los componentes de éstos, que normalmente se usan en el territorio nacional, sean producidos localmente o importados. Así como establecer la clasificación de dichos cementos por tipo, con sus respectivas especificaciones. La presente norma no aplica a cementos sulfoaluminados, ni a cementos petroleros.
Los requisitos de los componentes especificados en los componentes principales, componentes minoritarios adicionales, sulfato de calcio y tipo de composición y designación se deben determinar, de acuerdo con los métodos de ensayo indicados en esta Norma, salvo que se especifique otra cosa.
1.Clinker de cemento Portland(K)
Es un material hidráulico que debe estar constituido, al menos en dos tercios de su masa, por silicatos de calcio (3CaO·SiO2 y 2CaO·SiO2), estando constituido el resto por fases del clínker, conteniendo aluminio, hierro y otros compuestos.
2. Escoria granulada de alto horno(E)
Está constituida al menos en dos tercios de su masa, por la suma de óxido de calcio (CaO), óxido de magnesio (MgO) y dióxido de silicio (SiO2). El resto contiene óxido de aluminio (Al2O3) junto con pequeñas cantidades de otros compuestos
3. Materiales puzolánicos(P)
La composición y características de los materiales puzolánicos debe ser la establecida en la norma ASTM C618.
El índice de actividad puzolánica se debe determinar conforme al método de ensayo de la norma INTE 06-11-20.
4. Caliza(C)
El contenido de carbonato de calcio en la piedra caliza debe ser determinado multiplicando el factor 1,785 por el contenido de CaO presente en la piedra caliza. El contenido de CaO se debe determinar conforme el método de ensayo de la norma INTE 06-11-02.
5.Humo de sílice (D)
Las propiedades físicas y químicas del humo de sílice deben ser las establecidas en la norma ASTM C1240, “Standard Specification for Silica Fume Used in Cementitious Mixtures”
Los componentes minoritarios adicionales son materiales minerales inorgánicos naturales o materiales minerales inorgánicos derivados del proceso de fabricación del clínker o cualquiera de los componentes de los indicados anteriormente donde la suma de su contenido en el cemento hidráulico no debe ser superior al 5% en masa
Pueden mejoran las propiedades físicas del cemento tales como la trabajabilidad o la retención de agua.(Pueden ser inertes o poseer propiedades ligeramente hidráulicas, hidráulicas latentes o puzolánicas)
deben estar correctamente preparados, es decir, seleccionados, homogeneizados, secados y pulverizados, en función de su estado de producción o suministro.
No deben aumentar sensiblemente la demanda de agua del cemento, no deben perjudicar la resistencia al deterioro del concreto.
Se debe emplear en la producción del cemento hidráulico para regular el fraguado del mismo; se debe incorporar al cemento hidráulico durante su fabricación junto con los demás componentes minerales:
El sulfato de calcio puede ser yeso (sulfato de calcio dihidratado, CaSO4·2H2O), hemihidrato (CaSO4·½H2O), o anhidrita (sulfato de calcio anhidro, CaSO4), o cualquier mezcla de ellos.
El sulfato de calcio también puede obtenerse como subproducto de ciertos procesos industriales.
Son componentes, no contemplados en los apartados del componentes principales, componentes minoritarios adicionales, sulfato de calcio, que se añaden para mejorar la fabricación o las propiedades del cemento hidráulico.
La cantidad total de aditivos no debe superar el 1,0% en masa del cemento hidráulico (a excepción de los pigmentos).
La cantidad de aditivos orgánicos, medida sobre el residuo seco, no debe exceder del 0,2% en masa del cemento hidráulico
Se puede añadir una cantidad mayor en los cementos hidráulicos siempre y cuando se declare la cantidad máxima, en porcentaje, en el envase y/o ficha técnica
Cuando se usan en el cemento hidráulico aditivos para el concreto, morteros o pastas conforme a lo establecido en la norma INTE 06-01-10, se debe declarar la designación normalizada del aditivo en los sacos o en la ficha técnica
Tipo MP: Piedra caliza para producir clinker. También se puede añadir ceniza volante al cemento hidráulico para mejorar alginas propiedades (mejoran la resistencia y la segregación de concreto y así facilitando su bombeo
(Cuando se incluye más de un tipo de componente mineral, se debe indicar como cemento hidráulico modificado mixto MM, incluyendo entre paréntesis los minerales que lo componen)
Por razones de claridad en la definición, los requisitos para la composición se refieren a la suma de todos los componentes principales y minoritarios adicionales. Se sobreentiende que el cemento final es la suma de los componentes principales y minoritarios adicionales, más el sulfato de calcio, necesario y cualquier aditivo
Los cementos hidráulicos se deben designar de la siguiente manera: Tipo de cemento/grado de sustitución (tipo de adiciones) – clase de resistencia – característica especial
Resistencia a la compresión
La resistencia a la compresión se debe determinar conforme al método de ensayo establecido en la norma INTE 06-02-20.
Se contemplan cinco clases de resistencia nominal: clase 17, clase 21, clase 25, clase 28 y clase AR
Los cementos hidráulicos deben cumplir con los requisitos físicos y métodos de ensayo establecidos que se muestran en la tabla
Los cementos hidráulicos, según el tipo, deben cumplir con los requisitos químicos y métodos de ensayo establecidos que se muestran en la tabla
El cemento hidráulico y los preparados que contienen cemento hidráulico no se deben usar o poner en el mercado si, una vez hidratados, su contenido de cromo (VI) soluble es superior al 0,0002 % del peso seco de cemento hidráulico
Cuando se usen agentes reductores y sin perjuicio de la aplicación de otras disposiciones nacionales sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias y preparados peligrosos, el envase del cemento hidráulico o de los preparados que contienen cemento hidráulico debe ir marcado de forma legible e indeleble con información sobre la fecha de producción, así como sobre las condiciones de almacenamiento y el tiempo de almacenamiento adecuados para mantener la actividad del agente reductor y el contenido de cromo (VI) soluble por debajo del límite indicado
La cantidad de cromo (VI) soluble contenido en el cemento hidráulico (en peso seco) se debe determinar conforme a lo establecido en la norma INTE-06-11-24.
Se debe reportar a la autoridad competente el contenido de elementos traza en el cemento hidráulico de acuerdo a lo establecido en el Anexo A que se encuentra en el documento.
Los cementos hidráulicos con características especiales deben cumplir con los requisitos y métodos de ensayo establecidos en la siguiente tabla
Para la evaluación de los requisitos establecidos en la presente norma, se deben seleccionar las muestras de acuerdo a lo establecido en la norma INTE 06-11-21.
Disposiciones que debe de cumplir el empaque del cemento hidráulico
El cemento hidráulico a ser comercializado al detalle, debe estar seco y ser empacado en bolsas o sacos que preserven todos los requisitos del producto presentes en esta norma, hasta la fecha recomendada de uso dada por el fabricante.(En caso que se utilice el cemento hidráulico posterior a la fecha máxima de uso recomendada por el fabricante, es recomendable realizar ensayos para verificar sus propiedades)
El cemento hidráulico al que se le cambia la presentación (proceso de reempaque) debe cumplir con los requisitos establecidos con lo mencionado anteriormente. (Se recomienda empacar en pesos de 25 kg o 50 kg, para efectos de dosificación en campo y por efectos de seguridad y salud ocupacional)
La etiqueta del cemento hidráulico, independientemente de la presentación, debe incluir las siguientes disposiciones:
a. El nombre “CEMENTO HIDRÁULICO”.
b. La designación
c. La aplicación recomendada para el uso del producto.
d. La fecha de producción del cemento hidráulico.
e. La fecha máxima de uso recomendada por el fabricante.
f. Requisitos de almacenamiento del producto.
Se debe especificar la lista de componentes por orden decreciente de porcentaje en masa, la cual debe ir encabezada o precedida por un título que incluya o consista de la palabra “Componentes” o “Ingredientes”.
La etiqueta debe portar una indicación del contenido neto del producto y debe declararse en unidades del S.I.
Se debe indicar el nombre y la dirección del fabricante. Cuando el producto es importado se debe incluir adicional a los datos del fabricante, el nombre y la dirección del importador o distribuidor.
Debe indicarse el país de fabricación y el país de reempaque cuando aplique.
Los datos que deben aparecer en la etiqueta, deben indicarse con caracteres claros, indelebles y fáciles de leer por el consumidor en circunstancias normales de compra y uso. El nombre y contenido neto del producto deben estar en un lugar visible.
Cuando la etiqueta original se encuentre en un idioma diferente al español o no cumpla con los elementos obligatorios, debe emplearse una etiqueta complementaria.
Se debe indicar el número de registro que se le asigne por parte de la autoridad competente.
Toda información declarada en la etiqueta debe ser verificable o comprobable.
No deben utilizarse los comparativos y superlativos, que induzcan a error.
En el caso del producto despachado a granel, la información solicitada en el etiquetado debe adjuntarse en los documentos de acompañamiento, tales como facturas, guías de despacho u otros de similar naturaleza.
Cuando se realice un proceso de reempaque se debe mantener la fecha original de producción y se debe indicar la fecha máxima de uso recomendada por el fabricante.