Partido del Trabajo (PT)

¿Cuáles son las instancias internas del PT que atienden los casos de violencia política en razón de género que se dan al interior del partido?

La Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias y Comisión Nacional de Atención a la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.

Artículo 51 a 53 de los Estatutos

El procedimiento de violencia política será resuelto por la Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias.

 

¿Cuál es el procedimiento?

 

El procedimiento se establece en el Protocolo y establece que La Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias, al conocer de actos o hechos que puedan constituir violencia política contra las mujeres en razón de género tendrá la obligación de dictar las medidas tendentes a proteger la seguridad, integridad y vida de la víctima y, a su vez, la Comisión Nacional de Atención a la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género la de informarle con un lenguaje claro y sencillo los derechos que en su favor establece la normativa vigente, incluido su derecho a solicitar medidas de protección y el modo de ejercerlos.

 

De ser necesario, deberá referir a la víctima a la instancia competente, y en dado caso realizar el seguimiento correspondiente y documentarlo.

 

Primer contacto

Se establecen diversas directrices para que el personal del PT, en todos sus niveles, que tenga el primer contacto con la víctima, ya sea de manera presencial o por cualquier medio digital, tenga en cuenta durante la atención, a efecto de no revictimizar o profundizar el daño o afectación que presente.

 

Análisis del nivel de riesgo

En el caso de que la víctima solicite medidas de protección o se advierta la necesidad de las mismas, y de la narración de los hechos no sea posible identificar el nivel de riesgo en que se encuentra, se deberá aplicar a la víctima el cuestionario de evaluación de riesgo, mismo que se encuentra como Anexo 1 del Protocolo.

 

Sin embargo, en todo momento se debe tener en cuenta la voluntad de la víctima, es decir, no se le obligará a responderlo en caso de que se niegue de manera expresa. En este supuesto, se asentará por escrito que la víctima así lo optó, recabando su nombre completo y su firma autógrafa.

 

El análisis del nivel de riesgo es de suma trascendencia pues permite conocer la probabilidad de que se repitan o aumenten las conductas violentas por parte de la persona agresora y, por tanto, es fundamental para poder emitir las medidas de protección necesarias y que estas sean efectivas.

 

Plan de seguridad

El objetivo del plan de seguridad es identificar y mitigar el riesgo de futuras expresiones de violencia, así como, desarrollar estrategias, de manera conjunta con la víctima, para mejorar su seguridad. El plan consiste en una serie de acciones que buscan brindar alternativas de atención, orientación e información, que le permitan a la víctima disminuir el riesgo que enfrenta.

 

Recurso de Queja

De igual manera, se pondrá a disposición de la víctima el formato de presentación del recurso de Queja y la presentación del escrito deberá efectuarse en los mismos términos planteados en el artículo 55 Bis 1 de los Estatutos. Dicho formato se encuentra como Anexo 2. Las únicas dos excepciones será en los siguientes casos:

 

1)     Las quejas o denuncias podrán ser presentadas por la víctima o víctimas, o por terceras personas, siempre que se cuente con el consentimiento de las mismas.

2)     El procedimiento de Queja podrá iniciarse de manera oficiosa, siempre y cuando la víctima sea informada y consienta dicha acción.

 

Por su parte, los Estatutos del partido establecen lo siguiente:

 

De los recursos

El recurso de Queja en los presentes Estatutos deberá presentarse dentro del término de cuatro días naturales contados a partir del día siguiente de aquel en que se tenga conocimiento del Acto o Resolución, debiendo ser comunicado por la persona titular de la Secretaría Técnica a la instancia correspondiente, dentro del término de veinticuatro horas.

 

Del Trámite

La Comisión que reciba un recurso, lo hará del conocimiento público mediante cédula fijada por la persona titular de la Secretaría Técnica que corresponda, durante un plazo de setenta y dos horas en los estrados respectivos, con la finalidad de que los terceros interesados tengan conocimiento del mismo y manifiesten por escrito lo que a su derecho convenga.

 

Dentro del plazo que se refiere el párrafo anterior de este artículo, los terceros interesados podrán comparecer mediante los escritos que consideren pertinentes.

 

De la Sustanciación

Recibido el recurso de Queja y la documentación correspondiente, la Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias, realizará los actos y ordenará las diligencias que sean necesarias para su debida sustanciación y Resolución dentro de un plazo no mayor de cuarenta y cinco días naturales, salvo los casos previstos en la ley.

 

Resolución

La Resolución que adopte la Comisión se tomará por mayoría del 50% más uno de sus integrantes, debiendo estar fundada y motivada y estableciendo con claridad los puntos de la litis, así como en el caso de imposición de sanciones, la proporcionalidad entre la conducta susceptible de ser sancionada y la sanción que se imponga y, en su caso, aplicar la perspectiva de género e interseccionalidad en todas las resoluciones que emita, con base en los principios de buena fe, debido proceso, dignidad, respecto, coadyuvancia, confidencialidad, calidad, diligencia, imparcialidad y contradicción, progresividad y no regresividad, colaboración, exhaustividad, máxima protección, igualdad, no discriminación, profesionalismo, personal cualificado, así como prohibición de represalias.

 

 

¿En qué normatividad del PT puedo encontrar la regulación sobre VPMRG?

 

1.     Estatutos Del Partido Del Trabajo.

Enlace: CGex202308-18-rp-1-3-a3.pdf

2.     Protocolo del Partido del Trabajo Para Prevenir, Atender, Sancionar, Reparar y Erradicar la Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género.

Enlace: ine-deppp-protocolo-violencia-contralamujer-PT-11-09-2024.pdf