La Asociación de Japoneses en Puerto Rico acepta como miembro a todo japonés (persona de ciudadanía japonesa) que resida en Puerto Rico o en las Islas Vírgenes de los Estados Unidos, y a los miembros de su familia nuclear (independiente de su ciudadanía).
También aceptamos como miembros honorarios a personas no ciudadanas de Japón que tengan profunda conexión a Japón, que hablen japonés, o que tengan interés en Japón. Ciertos anuncios de la asociación serán distribuidos a los miembros y a los miembros honorarios por igual, pero tome en cuenta que algunos anuncios serán enviados exclusivamente a los miembros oficiales.
No se le cobra cuota de inscripción ni de membresía a los miembros ni a los miembros honorarios.
Favor de ponerse en contacto a través de la página Inicio > Contacto de este sitio web si tiene alguna duda o pregunta.
Para solicitar membresía, favor de llenar su solicitud mediante el siguiente formulario:
Luego de recibir su solicitud, le enviaremos un mensaje por separado a su correo electrónico.
También puede solicitar su membresía por correo electrónico. Favor de indicar su nombre completo en un mensaje a la siguiente dirección:
nihonjinkaipr@gmail.com
Pedimos que todo miembro activo se ponga en contacto mediante la siguiente dirección de correo electrónico para actualizar su información luego de una mudanza, cambios en la composición de su familia o alguna otra alteración, y para cancelar su membresía en caso de mudarse de Puerto Rico.
nihonjinkaipr@gmail.com
Favor de consultar el sitio web del Ministerio de Asuntos Exteriores para trámites relacionados a la entrada, estadía e inmigración al extranjero, ya que estos no están relacionados a la Asociación de Japoneses en Puerto Rico.
Ciudadanos japoneses que deseen votar en las elecciones de Japón desde el extranjero deben de estar registrados en el directorio de votantes en el extranjero administrado por la junta electoral de su gobierno local y obtener identificación de votante en el extranjero. Esta información también la puede confirmar con el Ministerio de Asuntos Exteriores.
Entrada y Estadía en el Extranjero|Ministerio de Asuntos Exteriores
Conforme al Artículo 16 de la Ley de Pasaportes, cada ciudadano japonés que establezca domicilio o residencia temporera en el extranjero donde permanecerá por 3 meses o más, tiene la obligación de presentar su Registro de Residencia en el Extranjero (在留届 ó ORR por sus siglas en inglés) a la misión diplomática (embajada o consulado general) con jurisdicción de su domicilio o residencia temporera. Puerto Rico y las Islas Vírgenes de los Estados Unidos caen bajo la jurisdicción del Consulado General de Japón en Nueva York. Si reside en Puerto Rico o en las Islas Vírgenes de los EEUU y aún no ha completado su registro, o si desea efectuar algún cambio a su registro electrónico, favor de hacerlo lo antes posible. Favor de consultar el sitio web del Consulado General de Japón en Nueva York para más detalles.
Registro de Residencia en el Extranjero | Consulado General de Japón en Nueva York
「在留届」は、旅券法第16条に基づき、外国に住所又は居所を定めて3か月以上滞在する場合、その住所又は居所を管轄する日本の在外公館(大使館又は総領事館)に提出することが義務付けられています。プエルトリコおよび米領ヴァージン諸島は、在ニューヨーク日本国総領事館の管轄地域です。在ニューヨーク日本国総領事館のウェブサイト内「在留届/たびレジ」をご確認のうえ、各自「オンライン在留届(ORRネット)」にてお手続きをお願いいたします。
また、海外に住んでいて国政選挙に投票するには、在外選挙人名簿登録申請を行い、登録先の選挙管理委員会が発行する在外選挙人証を取得する必要があります。登録や投票の方法については、在ニューヨーク日本国総領事館のウェブサイト「在外選挙」をご確認の上、各自にてお手続きをお願いいたします。また日本国外務省のウェブサイト「在外選挙・国民投票・国民審査」もご参照ください。
なお、新たに日本からプエルトリコおよび米領ヴァージン諸島に移転・居住する場合は、こちらの外務省報道発表(転出届を提出したらあとはこの3つ!)も是非ご参照ください。その他、パスポート、証明書、戸籍・国籍業務など領事関係の手続きについては、在ニューヨーク日本国総領事館のウェブサイト「領事情報」をご確認ください。
在ニューヨーク日本国総領事館のウェブサイトおよび日本国外務省のウェブサイトは当サイト「リンク集」からもご確認いただけます。