En mi ejercicio como Acompañante perinatal y Puericultora, asumo la responsabilidad de ser guardiana de la intimidad de cada familia. Mi compromiso ético y legal se basa en los siguientes pilares:
* Confidencialidad Absoluta: Toda información compartida en el espacio de consulta, ya sea sobre la salud física, mental o la biografía familiar, es tratada bajo estricto secreto profesional para evitar cualquier estigma o juicio.
* Decisiones Informadas: Mi labor es brindar información clara y basada en evidencia para que cada díada y grupo familiar tome decisiones soberanas sobre sus cuerpos y procesos.
*Protección de Datos: Los datos personales y de salud recolectados a través de este sitio web o en consulta se utilizan exclusivamente para el seguimiento profesional y nunca serán compartidos con terceros sin consentimiento explícito, cumpliendo con la Ley de Protección de Datos Personales.
* Marco Legal: Mi práctica se encuadra en los principios de:
Ley 25.929 de Parto Respetado en Argentina. Promuevo un nacimiento humanizado donde se respeten los tiempos biológicos y psicológicos de la madre y el recién nacido, defendiendo el derecho a un parto sin intervenciones innecesarias y al vínculo inmediato.
Ley 26.529 de Derechos del Paciente. Garantizo el respeto a la autonomía de la voluntad, el trato digno y el derecho a la información sanitaria. Cada intervención se realiza bajo un Consentimiento Informado, asegurando que la familia comprenda y participe activamente en las decisiones sobre su salud y la de su bebé.
Ley 26.873 de Lactancia Materna. Mi labor como Puericultora se alinea con la promoción y concienciación pública sobre la importancia de la lactancia materna como un proceso fisiológico y nutricional clave para el desarrollo humano.
Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. En mis intervenciones sobre neurodesarrollo infantil, velo por el interés superior del niño, asegurando que su crecimiento se produzca en un ambiente de respeto y cuidado de sus necesidades biológicas y afectivas.
Ley 26.657 de Salud Mental. Entiendo el bienestar emocional perinatal como un derecho humano fundamental, trabajando activamente en la prevención y detección temprana de trastornos del ánimo para proteger la arquitectura cerebral del niño y la integridad de la madre.
...