Fue la primera gran norma en España para proteger la información personal de los ciudadanos.
Se centraba en que los datos solo podían usarse con consentimiento expreso de la persona.
Sentó las bases legales en España para proteger la privacidad frente al uso indebido de la información personal.
¿QUE HIZO?
Definió:
Consentimiento: los datos solo podían recogerse y usarse con el permiso previo y expreso de la persona.
Calidad de los datos: debían ser exactos, pertinentes, actualizados y no excesivos para la finalidad del tratamiento.
Seguridad: obligación de aplicar medidas técnicas y organizativas para evitar accesos no autorizados, pérdidas o manipulaciones.
Reconoció los derechos ARCO:
Acceso : saber qué datos tuyos tiene una organización.
Rectificación : corregir datos incorrectos.
Cancelación : eliminar datos cuando ya no sean necesarios.
Oposición :negarse a que se usen en ciertos casos.
¿A QUIENES SE APLICABA?
Tanto a entidades públicas como privadas que usaran datos de carácter personal, salvo excepciones (seguridad nacional, defensa, etc.).
Desarrolló y concretó la aplicación práctica de la LOPD 15/1999, estableciendo cómo debían cumplirse sus principios en la vida real.
¿QUE HIZO?
Estableció tres niveles de protección según la sensibilidad de los datos:
NIVEL BASICO : para datos generales (nombre, dirección, teléfono).
-Obligaba a controlar el acceso, tener contraseñas, copias de seguridad periódicas y procedimientos de recuperación.
NIVEL MEDIO: para datos que podían afectar a la intimidad (infracciones administrativas/penales, solvencia económica, etc.).
-Buscaba que la gestión de datos sensibles no se dejara al azar, sino que existiera un sistema de control y trazabilidad para evitar abusos o negligencias.
NIVEL ALTO: para datos especialmente sensibles (salud, ideología, religión, vida sexual, violencia de género, etc.).
Exigía cifrado en las transmisiones, almacenamiento protegido, trazabilidad de accesos y seguridad reforzada.
Especifico cómo se aplicaban de manera práctica los derechos y obligaciones de la LOPD
Obtención del consentimiento :
Los responsables de los datos debían asegurarse de que la persona sabía qué datos se recogían, para qué se usaban y quién los iba a tratar.
Información a los ciudadanos :
Se establecía que toda recolección de datos debía ir acompañada de avisos claros (formularios, contratos o páginas web). .
Unificar y reforzar la protección de datos en toda la Unión Europea, reemplazando las normas nacionales previas.
Protege tus datos en toda Europa y obliga a las empresas a gestionarlos de forma segura y transparente.
PRINCIPALES FUNCIONES
Derecho al olvido: eliminar datos cuando ya no sean necesarios o el usuario lo solicite.
Portabilidad de datos: poder recibir y transferir tus datos a otro proveedor.
Protección desde el diseño y por defecto: medidas de seguridad incorporadas desde el inicio de cualquier proceso.
Notificación de brechas de seguridad: obligación de informar a la autoridad y al afectado en 72 horas.
Reglas principales que toda empresa u organización debe seguir al tratar datos personales.
Consentimiento explícito .Las personas deben dar su permiso de manera clara, libre y documentada para que sus datos sean tratados.
Minimización de datos: solo recoger lo estrictamente necesario.
Exactitud y actualización: mantener los datos correctos y completos.
Limitación de almacenamiento: conservar los datos solo el tiempo necesario.
Responsabilidad proactiva : las empresas deben demostrar que cumplen la normativa.
Obligaciones de responsables y encargados:
Documentar todas las operaciones de tratamiento.
Evaluar riesgos y realizar evaluaciones de impacto para datos sensibles.
Nombrar un Delegado de Protección de Datos (DPD) en casos específicos.
Adaptar la legislación española al RGPD y añadir normas sobre derechos digitales.
Protege datos y derechos digitales en España, adaptándose al mundo digital y al RGPD.
. Principales novedades y contenidos:
Derechos digitales de los ciudadanos
-Desconexión digital en el ámbito laboral: derecho a no recibir correos o mensajes fuera del horario de trabajo.
-Protección en entornos educativos y digitales: acceso seguro a plataformas, privacidad de menores, control parental.
-Derecho a la intimidad en el uso de dispositivos corporativos y herramientas digitales.
Protección de menores
-Refuerza el consentimiento parental para menores de 14 años en el uso de servicios digitales.
-Establece obligaciones específicas para plataformas y aplicaciones que recojan datos de menores.
Tratamiento de datos sensibles
-Información sobre salud, religión, ideología, orientación sexual y origen racial o étnico requiere medidas especiales de protección.
Compatibilidad con RGPD
-Mantiene los principios de transparencia, consentimiento, finalidad y derechos ARCO, ampliándolos con los nuevos derechos digitales.
-Introduce obligaciones de responsabilidad activa para empresas y administraciones.
Sanciones y cumplimiento-
-Multas más severas por incumplimiento, en línea con las del RGPD.
-Exige a los responsables y encargados de tratamiento medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar la seguridad de los datos.