PROTOCOLO DE HUELGA
PROTOCOLO DE HUELGA
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN
PROPUESTA DE HUELGA DEL ALUMNADO
El Decreto 327/2010, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, en su Capítulo 1º, Art. 4º, reconoce al alumnado de estos centros educativos (solo al alumnado de 3º de ESO en adelante) “determinados derechos”, e insta a las direcciones de los centros educativos a establecer las medidas necesarias para garantizar el efectivo ejercicio de tales derechos. Como concreción de lo expuesto en tal Decreto, nuestro centro ha determinado el siguiente protocolo de actuación:
PRIMER PASO
1. El alumnado tiene derecho a manifestar su discrepancia respecto a las decisiones educativas que le afecten. A partir del tercer curso de la ESO y si esta discrepancia se manifiesta con una propuesta de inasistencia a clase, se celebrará una reunión de la Junta de Delegados, convocada por, al menos, la mitad de sus miembros, y redactará una propuesta de inasistencia al centro durante un máximo de tres días hábiles.
La reunión de la Junta de Delegados se solicitará por escrito ante Jefatura de Estudios. Esta se celebrará preferentemente durante la hora de recreo y en el espacio habilitado por Jefatura de Estudios para tal fin. En la propuesta se darán a conocer los días previstos y, en su caso, las actividades convocadas.
SEGUNDO PASO
2. Esta propuesta se entregará a la dirección del centro con una antelación de al menos tres días al comienzo de la jornada o jornadas de inasistencia. La dirección del centro será quien autorice la convocatoria.
TERCER PASO
3. En ningún caso podrán ejercer este derecho a inasistencia a clase el alumnado de 1º y 2º de ESO, sea cual sea su edad.
CUARTO PASO
4. Los distintos delegados informarán a sus grupos sobre la propuesta de inasistencia.
QUINTO PASO
5. La dirección del centro informará a las familias afectadas sobre la propuesta de inasistencia, por los canales que estime convenientes.
SEXTO PASO
6. Caso de que la dirección del centro haya autorizado la propuesta de inasistencia, las ausencias del alumnado de 3º y 4º de ESO, Bachillerato o Formación Profesional (Básica, Inicial y Específica) con motivo del seguimiento de la convocatoria de inasistencia a clase, no serán consideradas conductas contrarias a la convivencia, y, por tanto, no podrán ser objeto de corrección de ningún tipo por parte del profesorado. No obstante, los padres/ madres/tutores o el propio alumnado mayor de edad deberán justificar su falta de asistencia por los cauces habituales.
SÉPTIMO PASO
7. Una vez conocida, por parte del profesorado, la convocatoria de una propuesta de inasistencia por parte del alumnado, no se programarán actividades como controles o exámenes en dichos días. En el caso de que un control o examen estuviera establecido con anterioridad a la convocatoria de inasistencia, será el profesor/a quien decida si mantiene la fecha de la prueba para el alumnado que asista o si esta se pospone para todo el grupo.
OCTAVO PASO
8. En ningún caso, el alumnado que ejerza su derecho a huelga podrá asistir al centro parcialmente para realizar pruebas, exámenes o asistir a determinadas clases. De tal modo que, si accediera al centro, no podrá abandonar el mismo hasta el fin de la jornada escolar, salvo que una persona adulta convenientemente autorizada proceda a su recogida.
NOVENO PASO
9. El profesorado podrá impartir sus clases con normalidad, y seguir adelante con su programación didáctica, independientemente del alumnado que asista a clase.