De las 227 plazas ofertadas, sólo 54 (23,8%) fueron a parar a personas con diversidad funcional. En el RD 276/2007, de 23 de febrero, en el artículo 10, punto 2 se determina que:
a) Que las plazas desiertas en los distintos turnos y sistemas de acceso de cada cuerpo, una vez concluidos, se acumulen a las correspondientes al ingreso libre en dicho cuerpo, salvo que la legislación aplicable a las distintas Administraciones educativas convocantes establezca otra cosa distinta, en cuanto a las plazas no cubiertas de las ofertadas al cupo de reserva de plazas para personas con discapacidad
Por lo que, en convocatoria de oposiciones de secundaria 2021, las plazas de discapacidad no adjudicadas han pasado al turno libre, perdiendo la oportunidad de ser usadas en la contratación de personal temporal con discapacidad porque en ninguna norma se establecía lo contrario.