APROBACIÓN y OBLIGADO CUMPLIMIENTO
Las ordenanzas municipales reguladoras a la tenencia responsable de animales de compañía, fue aprobada el pasado 5 de Mayo de 2025 en el pleno municipal. Estas ordenanzas recogen las obligaciones, prohibiciones, infracciones y sanciones respecto a la tenencia responsable de animales de compañía.
Las ordenanzas pasarán a ser de obligado cumplimiento a partir de Enero de 2026.
ORDENANZA MUNICIPAL
ACCIONES DE INFORMACIÓN A LOS VECINOS REPECTO A LA ORDENANZA
Buzoneo de un tríptico informativo
Publicación de un video informativo
Servicio de Incineración de cadáveres de animales
Artículo 16.- Gestión de cadáveres de animales.
La responsabilidad sobre el destino del cadáver de un animal corresponde,
con arreglo a la legislación vigente, a la persona propietaria del mismo, cuyo
deber legal se concreta en tres obligaciones fundamentales:
No abandonar el cadáver del animal.
Proceder a su eliminación atendiendo a las condiciones establecidas en la normativa vigente.
Asumir los costes derivados de cuantas actuaciones sean precisas para dar cumplimiento a lo anterior.
En el caso del hallazgo de un animal muerto, y en ausencia de persona titular o responsable del mismo, el Ayuntamiento tiene la obligación de la recogida del cadáver, según establezcan las normativas autonómicas y estatales vigentes.
La identificación del animal deviene imprescindible para que la Administración pueda comunicar su hallazgo a la persona titular, a fin de que ésta se responsabilice de sus obligaciones legales al respecto. En este sentido, la persona titular tiene el deber, pero también el derecho, de que se le notifique el hallazgo de su animal, deber que corresponderá al Ayuntamiento, tras su identificación y localización. Si el animal no está identificado mediante microchip, el Ayuntamiento guardará una fotografía del mismo para su posible futura identificación.
La incineración o cualquier otro método de eliminación autorizado del animal sacrificado o muerto por causas naturales se llevará a cabo en establecimientos autorizados o de acuerdo con las especificaciones que establezcan las autoridades sanitarias en las normativas aplicables.
4. Se dispondrá de un servicio municipal para la incineración de cadáveres de animales domésticos (Gatos, Perros y hurones) estipulando un precio por kilo/animal .
Hurones: 2€ kilo/animal
Gatos: 2€ kilo/animal
Perros: 2€ kilo/animal cuando el peso de estos sea inferior a 10Kg, a partir de 10Kg de peso 1€ kilo/animal.
LEY FORAL 19/2019 DE PROTECCION A LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA y LEY ESTATAL 7/2023 DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS Y BIENESTAR DE LOS ANIMALES
CONTACTO CON EL AREA BIENESTAR ANIMAL DE ABLITAS
Puedes contactar con bienestar animal enviando un email a: bienestaranimalablitas@gmail.com o llamando al Ayuntamiento de Ablitas: 948 81 32 12
En este correo puedes enviar:
Consultas sobre las normativas municipales reguladoras a la tenencia de animales
Pruebas fisicas sobre personas (Propietarias o no de animales de compañía) que estén incumpliendo algun articulo recogido por la normativa municipal.