Son ayudas personales para la promoción de la autonomía personal de personas con discapacidad, reguladas por la Orden 1/2016, modificada por la Orden 3/2019, de 23 de julio, y por la Orden 1/2022, de 13 de julio.
Se consideran como objeto de ayudas personales para facilitar la autonomía personal las siguientes:
a) La adquisición de ayudas técnicas y productos de apoyo.
b) La eliminación de barreras arquitectónicas en el interior de la vivienda y la adaptación funcional del hogar.
c) La adaptación de vehículos.
d) El transporte para la asistencia a tratamientos y centros asistenciales.
Beneficiarios
1. Pueden solicitar las ayudas las personas físicas que tengan la condición legal de persona con discapacidad residentes en la Comunitat Valenciana.
2. Los beneficiarios de ayudas personales para facilitar la autonomía personal deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser menor de 65 años.
b) Tener una renta individual o per cápita familiar inferior al triple del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para el ejercicio anterior al de la convocatoria.
c) Que existan deficiencias de carácter motor o sensorial en el solicitante que supongan una pérdida de autonomía, le impidan o dificulten su movilidad o comunicación a través de medios normales.
3. En el caso de ayudas de transporte, además, es preciso:
a) Tener reconocida la condición de persona con discapacidad con movilidad reducida.
b) No estar comprendido en el campo de aplicación del sistema de la Seguridad Social por no desarrollar actividad laboral.
c) No tener reconocido el subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte.
4. En todo caso, los beneficiarios de las ayudas deberán reunir los requisitos que se establecen con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
5. Asimismo es precisa la idoneidad de la actuación o ayuda solicitada para cubrir las necesidades que plantea el solicitante, que deberá ser evaluada por el órgano instructor, conforme a las condiciones para la concesión.
Serán objeto de subvención únicamente las adquisiciones o actuaciones realizadas dentro del año natural correspondiente a la convocatoria de la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda.
Enlace de la convocatoria (Finalizada)