CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
El Consejo de Administración cumple una función social y ejerce su cargo ad honórem, ya que realiza su labor gratuita en beneficio de la comunidad.
En términos generales, el artículo 55 de la Ley 675 de 2001 describe que al Consejo de Administración le corresponde tomar las determinaciones necesarias para que la persona jurídica cumpla sus fines, de acuerdo con lo previsto en el reglamento de propiedad horizontal.
ACTAS DE REUNIÓN