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¿Tienen sede física?
Si. Tenga presente que en nuestras oficinas ÚNICAMENTE podrá radicar documentos, no se presta ningún tipo de asesoría. En la ciudad de Cali en en el Edificio Vannesa Av. 5 Norte #22-24 Oficina. 203 Barrio Versalles.
Sin embargo estamos seguros que nuestro portal y nuestra pasarela de pagos le permitirá ahorrar tiempo y dinero en desplazamientos.
¿Cuando puedo solicitar citas en la EPS?
La cobertura plena para citas se dará transcurridos los primeros treinta (30) días después de la afiliación, sin embargo durante ese periodo podrá solicitar la atención inicial de urgencias vitales. (Dec. 047 de 2000 Art. 10 y 41.)
¿Cómo hacer los pagos?
A través de nuestro administrador de pagos podrá saber el valor de su pago y realizarlo a través de tarjeta de crédito, tarjeta débito, puntos EFECTY, BALOTO, PSE, en el siguiente link: https://miseguridadsocial.ecwid.com
¿Debo regístrame en el sitio?
Si, porque tanto el soporte al cliente de MSS MI SEGURIDAD SOCIAL como el trabajo de las empresas afiliadoras se realizan a través de un sistema unificado, es necesario que el afiliado esté registrado para recibir la documentación, planillas y respuestas a sus solicitudes. El registro inicial toma unos minutos y trae como ventajas, acceder a la OFICINA VIRTUAL y poder descargar planillas sin solicitarlo, realizar modificaciones a la afiliación como el cambio de IPS o adicionar beneficiarios, radicar preguntas, etc.
¿Qué beneficios obtengo yo o mi empleado al estar afiliado a seguridad social?
Al trabajar para ti y estar con MSS MI SEGURIDAD SOCIAL te aseguras de que estar cubierto según los requisitos de ley. Los beneficios por entidad son:
EPS: Este sistema asume el reconocimiento de las prestaciones asistenciales en salud, el pago de incapacidad por enfermedad de origen común y de las licencias de maternidad y paternidad.
ARL: En caso de accidente laboral o enfermedad profesional, la Administradora de Riesgos Profesionales asume las prestaciones asistenciales y económicas.
Pensiones: El Sistema General de Pensiones tiene como objetivo garantizar el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, invalidez o muerte, mediante el reconocimiento de una pensión y prestaciones.
Caja de compensación familiar: Son entidades que entregan beneficios de seguridad social a los trabajadores y sus familias en diferentes áreas como: vivienda, cultura, salud, capacitación, recreación, desarrollo personal y perfeccionamiento.
¿Mis datos están seguros?
Sus datos personales son confidenciales y únicamente serán usados para la gestión de afiliación ante las entidades del sistema de seguridad social. Sus datos no serán suministrados a terceros, nunca recibirá ofertas comerciales o similares, para más información visite la sección de POLÍTICA DE PRIVACIDAD.
¿Me envían información al correo?
Si, Únicamente enviaremos correos ocasionales sobre temas del estado de su afiliación o pagos (Planilla de Afiliación).
¿Debo desplazarme?
Lo novedoso de nuestro servicio, es el desarrollo de una plataforma que agiliza el proceso de afiliación directamente con asesores de empresas afiliadoras a EPS, ARL, AFP y CCF. Es por eso que en la mayoría de los casos no se requiere un desplazamiento a una dirección física, porque el seguimiento lo podrá realizar en línea. Sin embargo para algunos casos especiales, se requerirá además de la copia del documento de identidad, una firma autógrafa o impresión dactilar, para esos casos contamos con un miembro del equipo que se desplazará hasta un punto acordado con el afiliado, para recolectar estos datos y continuar con el trámite de afiliación.
¿Quiero afiliarme pero no vivo en Cali o Bogota?
No importa, como sabe la mayoría de las entidades tienen sede principal y administrativa en Bogotá y Cali, así que la afiliación que un tercero le realiza en su municipio, a la final va a la misma oficina en Cali o Bogota. Con nosotros puede saber que tiene contacto directo y un menor tiempo de respuesta. Para Cajas de compensación tenemos aliados en los principales departamentos del país.
¿Si estoy en el SISBEN pero debo afiliarme a una EPS, pierdo mi cupo?
La afiliación al régimen subsidiado puede suspenderse por un año, pudiendo reactivarlo dentro de ese periodo sin perder su cupo, pero teniendo en cuenta que deben esperar dos (2) meses para la gestión administrativa.
¿Cuando puedo cambiar mi EPS?
Cuando haya cumplido 52 semanas de aporte ininterrumpido con la actual EPS, podrá solicitar movilidad sin pérdida de antigüedad
¿Cuándo puedo usar mi servicio de EPS?
Durante el primer mes de afiliación a EPS únicamente recibirá atención para urgencias vitales, luego del primer mes podrá solicitar citas médicas.
Recuerda que para evitar interrupciones en el servicio prestado por las entidades es necesario que pagues oportunamente tu planilla de seguridad social a través de nuestra plataforma.
¿Sobre que salario cotizan mi aportes?
Sobre el salario mínimo legal vigente para la anualidad en la que se realiza la afiliación y aportes.
¿La ARL me atiende en salud o tiene clínicas?
Las actividades que realiza la ARL en atención a salud por convenio interadministrativo, las debe prestar la EPS que usted eligió al momento de afiliarse, lo que reconocerá la ARL es la prestación económica o incapacidad.
¿Cuál es la diferencia entre el régimen subsidiado y el régimen contributivo?
El Régimen Subsidiado es el mecanismo mediante el cual la población más pobre del país, sin capacidad de pago, tiene acceso a los servicios de salud a través de un subsidio que ofrece el Estado.
El régimen contributivo es el conjunto de normas que orienta y rige la afiliación de la población con capacidad de pago al Sistema General de Seguridad Social en Salud. Se encuentran afiliadas a este régimen las personas con capacidad de pago y sus respectivos núcleos familiares.
¿Qué es el SISBEN (Régimen Subsidiado)?
El Sisbén es el Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales que, a través de un puntaje, clasifica a la población de acuerdo con sus condiciones socioeconómicas. El Sisbén se utiliza para identificar de manera objetiva a la población en situación de pobreza y vulnerabilidad para focalizar la inversión social y garantizar que esta sea asignada a quienes más lo necesitan.
¿Me puedo afiliar teniendo régimen subsidiado?
Si, se haría la afiliación por una planilla especial y continuaría con régimen subsidiado.
¿Qué son las IPS?
Son las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, son todas las entidades, asociaciones y/o personas bien sean públicas, privadas o con economía mixta, que hayan sido aprobadas para prestar de forma parcial y/o total los procedimientos que se demanden con ocasión de cumplir con el Plan Obligatorio de Salud (POS); ya sea en el régimen contributivo o en el régimen subsidiado.
Entre las funciones de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud está prestar los servicios en su nivel de atención correspondiente a los afiliados y beneficiarios dentro de los parámetros y principios señalados en la Ley 100/93.
Toda Institución Prestadora de Servicios de Salud contará con un sistema contable que permita registrar los costos de los servicios ofrecidos. Es condición para la aplicación del régimen único de tarifas de qué trata el artículo 241 de la Ley, adoptar dicho sistema contable. Esta disposición deberá acatarse a más tardar al finalizar el primer año de la vigencia de la presente Ley. A partir de esta fecha será de obligatorio cumplimiento para contratar servicios con las Entidades Promotoras de Salud o con las entidades territoriales, según el caso, acreditar la existencia de dicho sistema. Para realizar cambios o traslados en tu IPS, debes comunicarte directamente con la entidad de EPS.
¿Qué son las EPS?
Las Entidades Promotoras de Salud son las entidades responsables de la afiliación y el registro de los afiliados y del recaudo de sus cotizaciones, por delegación del Fondo de Solidaridad y Garantía. Su función básica es organizar y garantizar, directa o indirectamente, la prestación del Plan de Salud Obligatorio (POS) a los afiliados y girar, dentro de los términos previstos en la presente Ley, la diferencia entre los ingresos por cotizaciones de sus afiliados y el valor de las correspondientes Unidades de Pago por Capitación al Fondo de Solidaridad y Garantía, de que trata el Título III de la Ley 100/93.
¿Qué funciones realizan las EPS?
Funciones de las Entidades Promotoras de Salud
1. Ser delegatarias del Fondo de Solidaridad y Garantía para la captación de los aportes de los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud.
2. Promover la afiliación de grupos de población no cubiertos actualmente por la Seguridad Social.
3. Organizar la forma y mecanismos a través de los cuales los afiliados y sus familias puedan acceder a los servicios de salud en todo el territorio nacional.
4. Definir procedimientos para garantizar el libre acceso de los afiliados y sus familias.
5. Remitir al Fondo de Solidaridad y Compensación la información relativa a la afiliación del trabajador y su familia, a las novedades laborales, a los recaudos por cotizaciones y a los desembolsos por el pago de la prestación de servicios.
¿Con qué riesgo me afilian a la ARL?
Dependiendo de la actividad económica o el oficio que desempeñe.
¿Si tengo más de 40 años debo pagar pensión?
Por ley debe afiliarse al régimen de pensiones
¿Puedo afiliarme únicamente a salud?
No, salvo algunas excepciones debe cotizar EPS y ARL, para los demás debe cotizar EPS, ARL, AFP y opcionalmente caja de compensación.
¿Si figuro como beneficiario(a) en la EPS, y voy a firmar un contrato de prestación de servicios debo afiliarme como cotizante?
Si, debe afiliase y cotizar, porque recuerde que las prestaciones económicas derivadas de cualquier accidente o alteración en su salud las debe cubrir la EPS y en calidad de beneficiario(a) no tiene esta cobertura.
¿Deben ser las empleadas del servicio, afiliadas a la EPS, al fondo de pensiones, ARL y a una caja de compensación familiar?
Si, debe afiliase al sistema integral de salud y opcionalmente a la caja de compensación
¿Si soy persona natural debo afiliar a mi empleada del servicio a la seguridad social?
Si, para ese motivo debe registrarse como empleados ante las diferentes entidades que integran el sistema de seguridad social (EPS, ARL, AFP)
¿Puedo afiliar a través de su entidad a mi empleada del servicio y no registrarme como empleador?
Por supuesto, la empleada del servicio debe cotizar completo al sistema de seguridad social. Podemos afiliarla por usted.
¿En algún momento puedo dejar de cotizar a pensiones?
Si cumple cualquiera de las siguientes condiciones:
Mujeres mayores de 50 años, dado que ningún fondo de pensiones ni en el régimen de prima media o ahorro individual aceptan la afiliación
Cuando se tienen cumplidos los requisitos de ley para pensión
Para personas que hayan cotizado más de 1600 semanas en el régimen subsidiado (COLPENSIONES)
¿Si soy pensionado por el régimen oficial y quiero suscribir contrato de prestación de servicios debo cotizar al sistema?
Si, pero solamente a EPS y ARL
¿Si tengo o tendré contrato de prestación de servicios debo cotizar al sistema?
Si, la legislación colombiana obliga a la cotización al sistema integral de seguridad y social.