¿QUÉ ES EL SUPLEMENTO POR FALLAS DE CAJA?
Es una suma mensual otorgada a los agentes que tengan a su cargo la recaudación, administración o custodia de fondos o bienes de propiedad fiscal.
¿QUIENES PUEDEN ACCEDER AL SUPLEMENTO POR FALLAS DE CAJA?
Pueden solicitar el suplemento por fallas de caja los agentes que desempeñen en forma permanente, funciones de cajeros, pagadores o similares.
¿QUIENES NO PUEDEN ACCEDER AL SUPLEMENTO POR FALLAS DE CAJA?
Personas que NO sean agentes planta permanente de la administración pública provincial y personas que NO cumplan funciones de cajeros, pagadores o similares.
¿CUALES SON LOS REQUISITOS PARA INICIAR EL TRÁMITE DEL SUPLEMENTO POR FALLAS DE CAJA?
Formulario de solicitud dirigida a la Autoridad Superior.
Resolución emitida por la Contaduría General de la Provincia aprobando la constitución de fianza.
Resolución Ministerial con la asignación de funciones.
EL SUPLEMENTO POR FALLAS DE CAJA, ¿TIENE ALGÚN REQUISITO PARA SER SOLICITADO?
Para solicitar y cobrar éste suplemento debe haberse constituido, anteriormente, fianza ante la Contaduría General de la Provincia.
La fianza personal o real debe ser constituida a satisfacción del Poder Ejecutivo y debe ser suficiente para responder al cumplimiento de sus deberes y obligaciones.
¿CUÁNTO TIEMPO DURA EL SUPLEMENTO POR FALLAS DE CAJA?
El suplemento por fallas de caja se percibirá mientras el agente tenga la función de cajero, pagador o similar.
EL SUPLEMENTO POR FALLAS DE CAJA, ¿TIENE ALGÚN EFECTO SALARIAL?
Si, consiste en una suma mensual resultante de aplicar el coeficiente del 0,25 sobre la asignación de la categoría 12 del Escalafón General.
¿CUÁL ES EL ORIGEN NORMATIVO DEL SUPLEMENTO POR FALLAS DE CAJA?
Ley Provincial N° 142-A, art. 25, Inc. j.
Resolución No 131-CGP-2016.
Ley Provincial N° 55-I, art. 120.