El objetivo del Servicio Comunitario es capacitar al estudiante de la USB, sobre las responsabilidades, metas, propósitos, normas y procedimientos, para la ejecución del Servicio Comunitario.
El Servicio Comunitario tiene como fines (Artículo No. 7 LSCEES):
Fomentar en el estudiante, la solidaridad y el compromiso con la comunidad como norma ética y ciudadana.
Hacer un acto de reciprocidad con la sociedad.
Enriquecer la actividad de educación superior, a través del aprendizaje servicio, con la aplicación de los conocimientos adquiridos durante la formación académica, artística, cultural y deportiva.
Integrar las instituciones de educación superior con la comunidad, para contribuir al desarrollo de la sociedad venezolana.
Formar a través del aprendizaje servicio, el capital social en el país.
Según el Artículo 23 LSCEES:
Los proyectos deberán ser presentados por escrito, y el planteamiento del problema deberá incluir la necesidad detectada en la comunidad, la justificación, los objetivos generales y el enfoque metodológico, sin menoscabo de los requisitos adicionales que pueda solicitar la institución de educación superior en su reglamento.
Todo proyecto de servicio comunitario requiere ser aprobado por la institución de educación superior correspondiente.
La ejecución del Servicio Comunitario no debe incluir: a) colectas de dinero, b) actividades de ornato y decoración de espacios públicos, c) actividades de reparación y pintura de orfanatos, ancianatos o cualquier otra edificación, d) ejecución del Servicio Comunitario dentro de Universidades, Institutos y/o Colegios Universitarios, e) ejecución de investigaciones, tesis o trabajos finales de grado o recolección de datos a titulo personal y f) cualquier actividad o iniciativa que no esté en correspondencia con el perfil académico al cual los estudiantes aspiran egresar.
Un proponente de un proyecto de Servicio Comunitario puede ser cualquier fundación, organización o ciudadano, interno o externo a la comunidad universitaria, cuyo objetivo no tenga fines de lucro.
Según el Artículo 22 de la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior (LSCEES). Gaceta Oficial No. 38.272 del 14 de Septiembre de 2005:
La presentación de los proyectos ante las instituciones de educación superior podrá ser iniciativa de:
El Ministerio de Educación Superior.
Las instituciones de educación superior.
Los estudiantes de educación superior.
Las asociaciones gremiales.
Las instituciones públicas.
Las instituciones privadas.
Las comunidades organizadas.
Para la inscripción de un Proyecto de Servicio Comunitario el estudiante debe incluir cierta información proporcionada por el proponente del Proyecto. Esta información incluye:
Código del Proyecto.
Título del Proyecto.
Nombre y apellido del tutor institucional.
Nombre del Departamento al cual esta adscrito el tutor institucional del Proyecto.
Nombre y apellido del tutor comunitario del Proyecto que desea inscribir junto con su cargo de responsabilidad en la Comunidad (es el representante de la comunidad que va a velar por el cumplimiento del proyecto).
Correo electrónico del tutor comunitario.
Teléfono de contacto del tutor comunitario.
Objetivo general del Proyecto.
Objetivos específicos del Proyecto.
Área del Conocimiento a la cual esta dirigido su Proyecto (Ambiental, Apoyo Comunitario, Apoyo Tecnológico, Cultura, Desarrollo Sustentable, Educativa, Infraestructura, Prevención de Emergencias, Salud).
Nombre de la comunidad beneficiada y ubicación geográfica.
Descripción breve de la metodología a emplear para alcanzar los objetivos propuestos en el Proyecto dadas las condiciones extraordinarias en que se va a ejecutar.
Impacto esperado en la comunidad beneficiaria con su proyecto. Indicando estrategia para medir dicho impacto.
Indique como se aplican en su proyecto las directrices y valores de la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante Universitario.
¿Deseas proponer un proyecto?
A continuación encontrarás el formato para presentar un proyecto: