TRASLADOS PARA CICLO II-2024                 

SE ENTREGARAN DOCUMENTOS DE FORMA PRESENCIAL

DARÁ INICIO A PARTIR DEL 29 DE MAYO  DE 2024 Y FINALIZARÁ EL 12 DE JULIO DE 2024.


Reglamento de la Gestión Académica Administrativa.

Art. 163. El traslado de estudiantes entre facultades, es la acción voluntaria o forzada, que  realiza  un  estudiante  para  continuar  el  estudio  de  la  misma  carrera  en  diferente Facultad.

Se consideran razones de traslado forzado, cuando el estudiante cambia de domicilio familiar o laboral y enfermedad.

Articulo 164. Los traslados provenientes de carreras que se sirven en forma incompleta en las Facultades serán automáticos.

Articulo  165. El estudiante podrá realizar traslado de una Facultad a otra, en los períodos señalados por el Consejo Superior Universitario.

Articulo  166. La solicitud de traslado deberá ser suscrita  por el interesado.

Articulo 167. El traslado procederá para aquel estudiante que haya inscrito y cursado Unidades de Aprendizaje durante un ciclo académico como mínimo, salvo las consideraciones contempladas en el articulo 163 de este Reglamento y otras que el organismo competente valore.




PASOS PARA REALIZAR TRASLADO DE SEDE.

TRASLADOS 2024.pdf

SOLICITUD DE TRASLADO

FORMATO DE SOLICITUD DE TRASLADO.pdf

HOJA DE REQUISITOS

HOJA DE REQUISITOS PARA TRASLADO 2023,FECHA 22 DE MAYO 2023.pdf