Ingreso a Carreras Simultaneas
INGRESO A CARRERAS SIMULTÁNEAS.
INGRESO A CARRERAS SIMULTÁNEAS.
Artículo 85. El estudiante que desee cursar simultáneamente otra carrera podrá solicitar su
Artículo 85. El estudiante que desee cursar simultáneamente otra carrera podrá solicitar su
ingreso y selección en la Administración Académica de Facultad, donde se imparte esta.
ingreso y selección en la Administración Académica de Facultad, donde se imparte esta.
Este trámite se realizara en los períodos para Cambio de Carrera y Traslado, señalados en
Este trámite se realizara en los períodos para Cambio de Carrera y Traslado, señalados en
el Calendario de Actividades Académicas Administrativas aprobado por el Consejo Superior
el Calendario de Actividades Académicas Administrativas aprobado por el Consejo Superior
Universitario, y deberá cumplir los requisitos siguientes:
Universitario, y deberá cumplir los requisitos siguientes:
a) Solicitud o formulario de ingreso;
a) Solicitud o formulario de ingreso;
b) Haber aprobado como mínimo los seis primeros ciclos del plan de estudios de su carrera
b) Haber aprobado como mínimo los seis primeros ciclos del plan de estudios de su carrera
inicial;
inicial;
c) Poseer el Coeficiente de Unidades de Merito Acumulado y satisfacer las condiciones
c) Poseer el Coeficiente de Unidades de Merito Acumulado y satisfacer las condiciones
establecidas en el Reglamento del Sistema de Unidades Valorativa y de Coeficiente de
establecidas en el Reglamento del Sistema de Unidades Valorativa y de Coeficiente de
Unidades de Merito en la Universidad de El Salvador para ser acreditado como CUM
Unidades de Merito en la Universidad de El Salvador para ser acreditado como CUM
Honorifico; y
Honorifico; y
d) Los requisitos a), b), c), e) y f) del Artículo 38 de este Reglamento.
d) Los requisitos a), b), c), e) y f) del Artículo 38 de este Reglamento.
La Administración Académica de Facultad revisara y remitirá ante la Junta Directiva de la
La Administración Académica de Facultad revisara y remitirá ante la Junta Directiva de la
Facultad la solicitud de ingreso y selección de la nueva carrera, quien verificará e emitirá
Facultad la solicitud de ingreso y selección de la nueva carrera, quien verificará e emitirá
resolución.
resolución.
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Artículo 86. En el caso de ser aprobada la selección por la Junta Directiva, la Administración
Artículo 86. En el caso de ser aprobada la selección por la Junta Directiva, la Administración
Académica de Facultad tramitará el expediente, y se encargará de informar a la
Académica de Facultad tramitará el expediente, y se encargará de informar a la
Administración Académica de Facultad de la carrera de inicio, a la Secretaria de Asuntos
Administración Académica de Facultad de la carrera de inicio, a la Secretaria de Asuntos
Académicos y Administración Académica Central. Esta última se encargará de coordinar y
Académicos y Administración Académica Central. Esta última se encargará de coordinar y
gestionar ante las unidades competentes el trámite de elaboración del Documento Único
gestionar ante las unidades competentes el trámite de elaboración del Documento Único
Estudiantil (DUE).
Estudiantil (DUE).
Artículo 87. El estudiante seleccionado, se le exonerará del pago de cuota de matrícula y
Artículo 87. El estudiante seleccionado, se le exonerará del pago de cuota de matrícula y
escolaridad por la segunda carrera que curse.
escolaridad por la segunda carrera que curse.
Artículo 88. El estudiante seleccionado para la nueva carrera, para efectos de obtener su
Artículo 88. El estudiante seleccionado para la nueva carrera, para efectos de obtener su
admisión y calidad de estudiante deberá completar y cumplir con los requisitos y
admisión y calidad de estudiante deberá completar y cumplir con los requisitos y
disposiciones expresadas en los Artículos 37 y 38 de este Reglamento
disposiciones expresadas en los Artículos 37 y 38 de este Reglamento
CARRERAS SIMULTANEA - FORMULARIO.pdf