Asesor de Servicio Social: Docente Universitario que guía, apoya, evalúa y acredita al Prestador durante la realización del servicio social con categoría de tiempo completo o medio tiempo en la Universidad, quien se incorporará a los proyectos de Servicio Social en cualquier modalidad, comprometiéndose a cumplir en tiempo y forma lo establecido en el presente Reglamento con forme el Articulo 39
Artículo 40
Son facultades de los asesores:
I. Disponer al menos 3 horas a la semana para la asesoría de proyectos de Servicio Social;
II. Recibir la orientación adecuada del proceso administrativo del Servicio Social;
III. Presentar un informe que documente las asesorías realizadas por cada período;
IV. Recibir la constancia de asesoría semestral que especifique el número de prestadores, período y
modalidad del Servicio Social en que participó.
V. Participar en el curso de sensibilización y plática de inducción al Servicio Social;
VI. Asesorar a los prestadores en todo lo relacionado al proyecto de Servicio Social que esté coordinando;
VII. Elaborar proyectos de Servicio Social en colaboración con los prestadores, de acuerdo a
necesidades detectadas en las Unidades Receptoras y que contribuyan a la solución de
problemas;
VIII. Acudir a las Unidades Receptoras cuantas veces lo requiera el desarrollo de los proyectos de
Servicio Social;
IX. Informar horario y lugar de asesoría a prestadores de Servicio Social;
X. Solicitar al prestador el informe mensual de actividades de Servicio Social;
XI. Evaluar en términos de acreditado o no acreditado al prestador y entregar los resultados a la
Unidad de Servicio Social.