MEDIDAS COVID19

MEDIDAS COVID19


Hipervínculo creado en la página Web de la Rama Judicial de Colombia con el fin de divulgar la información proferida por el Consejo Superior de la Judicatura, a través de Acuerdos, Circulares, Comunicados e Informativos ante la emergencia sanitaria mundial ocasionada por la amenaza del virus Covid19. 


Acceso


INFORMACIÓN NACIONAL Y REGIONAL DE INTERÉS SOBRE LA PANDEMIA COVID19 Y LA FUNCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

ATENCIÓN USUARIOS EN GENERAL 

(Sectores público, privado y ciudadanía):


Se prorroga hasta el 28 de febrero 2022 la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional por el coronavirus Covid19


MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

RESOLUCIÓN 0001913 DE 2021

(25 NOV 2021 )

Por la cual se prorroga la emergencia sanitaria por el coronavirus COVID-19, declarada mediante Resolución 385 de 2020, prorrogada por las Resoluciones 844, 1462, 2230 de 2020 y 222, 738 y 1315 de 2021

(…)

Artículo 1. Prorrogar hasta el 28 de febrero 2022 la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, declarada mediante la Resolución 385 de 2020 y prorrogada por las Resoluciones 844, 1462, 2230 de 2020, y 222, 738 y.1315 de 2021. La emergencia sanitaria podrá finalizar antes de la fecha aquí señalada, cuando desaparezcan las causas que le dieron origen.

Parágrafo. Deberá mantenerse el cumplimiento de las medidas contenidas en el articulo 2 dela Resolución 385 de 2020, modificado por el *artículo 2 de las Resoluciones 844 y 1462 de2020, 222,738 y 1315 de 2021

Artículo 2. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.


Consejo Superior de la Judicatura dispuso el retorno gradual a la presencialidad con alternancia en las sedes judiciales y administrativas 


Bogotá, D.C., 27 de agosto de 2021. El Consejo Superior de la Judicatura, mediante Acuerdo PCSJA21-11840, determinó que a partir del primero de septiembre de 2021 se retornará gradualmente a la presencialidad con alternancia en todas las sedes judiciales o dependencias administrativas en los diferentes distritos judiciales, circuitos judiciales y municipios del país.


Para la atención presencial de los usuarios, se priorizarán aquellos que no tengan acceso a los medios virtuales de consulta y atención dispuestos por la Rama Judicial.


Igualmente, la Corporación estableció que las audiencias se continuarán realizando preferentemente de forma virtual por los medios técnicos de comunicación simultánea o remota dispuestos por el Consejo Superior de la Judicatura. Las audiencias presenciales se realizarán teniendo en cuenta las circunstancias de cada proceso, en especial en los juicios orales del sistema Penal Acusatorio, las cuales serán definidas por cada corporación, sala, magistrado o juez.


Para el retorno a las actividades laborales en las sedes judiciales con alternancia, se tuvo en cuenta que el 88% de los servidores judiciales cuentan con el esquema completo de vacunación. Adicionalmente, los servidores judiciales, los usuarios, los abogados y la ciudadanía en general deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad al momento del ingreso y permanencia en las sedes judiciales.


Descargue el Acuerdo PCSJA21-11840 de 2021

Véase igualmente en concordancia: Circular DEAJC20-35 de 05-05-2020 Dirección Ejecutiva de Administración Judicial Consejo Superior de la Judicatura sobre Protocolo de acceso a sedes - Medidas complementarias para prevención del contagio del COVID-19 en los servidores judiciales, contratistas de prestación de servicios y judicantes.




Consejo Superior de la Judicatura prorroga la suspensión del aforo en los despachos judiciales

Bogotá D.C., 29 de enero de 2021. El Consejo Superior de la Judicatura, en el marco de las medidas adoptadas para atender la emergencia sanitaria ocasionada por el Covid-19, prorrogó la suspensión del porcentaje de servidores que debe atender presencialmente en los despachos judiciales, el cual fue fijado en Acuerdo expedido el año anterior.

La decisión se adoptó en aras de proteger la vida y salud de los servidores judiciales, abogados y usuarios de la administración de justicia.

Así mismo, se dispuso que los Consejos Seccionales expidan los actos administrativos que regulen las condiciones de prestación del servicio de acuerdo con las disposiciones y regulaciones que emitan los gobernadores, alcaldes municipales y distritales del país en materia de orden público, con relación a la emergencia sanitaria.

El Consejo Superior reitera que los servidores de la Rama Judicial laboraran preferentemente desde sus casas, mediante el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, sin afectar el servicio a la ciudadanía.

En la página Web de la Rama Judicial www.ramajudicial.gov.co se encuentra publicado el directorio de correos electrónicos institucionales de los despachos y dependencias judiciales como canal de comunicación virtual. Adicionalmente, se cuenta con aplicativos o correos electrónicos para la presentación virtual de tutelas, habeas corpus y demandas.


Consejo Superior de la Judicatura - Presidencia

ACUERDO PCSJA21-11724

28/01/2021

“Por el cual se prórroga la suspensión temporal del artículo 1.º del Acuerdo PCSJA20-11680 de 2020”

(…)

RESUELVE:

ACUERDA:

ARTÍCULO 1. Prórroga de la suspensión temporal del artículo 1.º del Acuerdo PCSJA20-11680 de 2020. Prorrogar, hasta 28 de febrero de 2021, la suspensión temporal del artículo 1.º del Acuerdo PCSJA20-11680 de 2020.

PARÁGRAFO. Durante la vigencia del presente acuerdo, los consejos seccionales de la judicatura expedirán los actos administrativos para regular las condiciones de prestación del servicio en los municipios de alta afectación, moderada, baja y sin afectación del Coronavirus COVI D-19, de acuerdo a las disposiciones y regulaciones que emitan los gobernadores, alcaldes municipales y distritales del país en materia de orden público, con relación a la emergencia sanitaria en los correspondientes distritos judiciales.

ARTÍCULO 2. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación en la Gaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los veintiocho (28) días del mes de enero del año dos mil veintiuno (2021).

GLORIA STELLA LÓPEZ JARAMILLO

Presidente

PCSJ/MMBD




SUSPENDIDO TEMPORALMENTE PORCENTAJE DE AFORO PRESENCIAL EN SEDES JUDICIALES POR COVID19


"(...) ante la situación actual de incremento de casos de infecciones por COVID-19 y el consecuente aumento de ocupación en las Unidades de Cuidado Intensivo del país, en aras de la protección de la salud y la vida de los servidores, abogados y usuarios de la justicia, se hace necesario suspender temporalmente el artículo 1º del Acuerdo PCSJA20-11680 de 2020 que definió el porcentaje de presencialidad en las sedes judiciales.


Consejo Superior de la Judicatura - Presidencia

ACUERDO PCSJA21-11709 de 08/01/2021

“Por el cual se suspende temporalmente el artículo 1 del Acuerdo PCSJA20-11680 de 2020”


RESUELVE:


ARTÍCULO 1. Suspensión temporal. Suspender temporalmente el artículo 1 del Acuerdo PCSJA20-11680 de 2020, desde el 12 hasta 31 de enero de 2021, en lo relacionado con el porcentaje de aforo.

Parágrafo. Durante la vigencia del presente Acuerdo, los consejos seccionales de la judicatura expedirán los actos administrativos para regular las condiciones de prestación del servicio y aforo de cada sede judicial, de acuerdo con las restricciones establecidas por las administraciones departamentales y locales en los correspondientes distritos judiciales.

ARTÍCULO 2. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación en la Gaceta de la Judicatura.


PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE


Dado en Bogotá, D. C., a los ocho (8) días del mes de enero del año dos mil veintiuno (2021).


DIANA ALEXANDRA REMOLINA BOTÍA

Presidente


AFORO JUDICIAL DEL 30% PARA EL TOLIMA


Consejo Superior de la Judicatura

Consejo Seccional de la Judicatura del Tolima

ACUERDO No. CSJTOA21-8

08/01/2021

Por el cual se adoptan medidas para la prestación del servicio de justicia en la Administración de Justicia en el Distrito Judicial de Ibagué, en cumplimiento a lo señalado en el Acuerdo PCSJA21-11709 del 08 de Enero de 2021, expedido por el Consejo Superior de la Judicatura.

(...)

ACUERDA

Artículo 1.- DAR CUMPLIMIENTO a lo establecido en el parágrafo del Artículo 1º del Acuerdo PCSJA20-11709 del 08 de Enero de 2021, proferido por el Consejo Superior de la Judicatura, que establece: “Durante la Vigencia del presente acuerdo, los Consejos Seccionales de la Judicatura expedirán los Actos administrativos para regular las condiciones de prestación del servicio y aforo de cada sede judicial de acuerdo a las restricciones establecidas por las administraciones departamentales y locales en los correspondientes Distritos Judiciales.


Artículo 2.- MANTENER VIGENTE en todas sus partes, el acuerdo CASJTOA20-57 del 07 de Octubre de 2020, proferido por el Consejo Seccional de la Judicatura del Tolima, “Por el cual se adoptan medidas para la prestación del servicio de justicia en la Administración de Justicia en el Distrito Judicial de Ibagué, en cumplimiento a lo señalado en el Acuerdo PCSJA20-11632 del 30 de Septiembre de 2020, expedido por el Consejo Superior de la Judicatura”. EXCEPTO, en lo relacionado al aforo, el cual a partir del 12 de Enero de 2021 y hasta el 31 de enero de 2021, se fija en el 30% para todas las sedes judiciales del Distrito Judicial de Ibagué, disponiendo la presencialidad en las sedes judiciales del 30% de servidores judiciales por cada despacho, secretaria, oficina, centro o dependencia en general. (...) PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Ibagué, a los ocho (8) días del mes de Enero de dos mil veintiuno (2021).

ANGELA STELLA DUARTE GUTIERREZ

Presidenta