¿Cuál es la Calidad Democrática de la Participación Ciudadana en la formulación,
ejecución o evaluación de las políticas públicas de gestión, en la Comuna 11?
Por Calidad Democrática de la Participación Ciudadana en la Gestión pública se entiende el grado en que, por una parte, la Constitución, Leyes, Decretos y Programas Públicos crean oportunidades para la Intervención de las y los Ciudadanos en esa gestión y en que, por otro, las y los Ciudadanos de la comunidad hacen uso efectivo de las oportunidades para modificar prioridades, mejorar las condiciones de prestación de los servicios públicos o pedir rendición de cuentas.
Las personas PARTICIPAN en la gestión pública cuando emprenden: Acciones para influir en la toma de decisiones dentro de las instituciones del Estado, también PARTICIPAN cuando exigen información sobre la marcha o resultados de las políticas o presentan denuncias ante las respectivas Instancias de control, ejercen la fiscalización sobre las decisiones públicas, por medios jurídicos como el recurso de amparo, o de control político como la Defensoría del Pueblo y la Legislatura de la CABA.
¿Cuánta y qué tipo de Participación Ciudadana en la gestión pública se requiere?
La Ciudad de Buenos Aires, conforme al Principio federal establecido en la Constitución Nacional, Organiza sus instituciones autónomas como democracia participativa y adopta para su Gobierno la forma republicana y representativa. En todos los actos públicos y documentos oficiales de gobierno, se suprimen los títulos honoríficos de los funcionarios y cuerpos colegiados. La Ciudad ejerce todo el poder no conferido por la Constitución al Gobierno Federal.
En la raíz de la idea moderna de ciudadanía, está la capacidad de las personas de decidir libremente y participar en los asuntos públicos. Una democracia dębe garantizar el ejercicio del derecho de las y los ciudadanos de la Comuna a participar en los asuntos públicos. Entre los extremos de la nula y la plena participación en la gestión pública, pueden generarse acuerdos parciales entre la Ciudadanía sobre ciertos grados y tipos de participación, que contribuirían a mejorar la calidad de la convivencia democrática, pues cumplen con objetivos deseables para todos o para la mayoría.
En nuestra sociedad,
¿Cuán representativa y cuán participativa es, o debe ser, la Democracia?.
Esto es un debate permanente entre personas y grupos con visiones diferentes, a pesar que el Artículo 1 ° de la Constitución de la CABA es taxativo; organiza sus instituciones autónomas como democracia participativa. .
El tema de la Participación Ciudadana en las Políticas Públicas en una democracia de alta calidad se podría encontrar en las respuestas a las siguientes preguntas:
¿Los residentes disponen en la Comuna 11, de medios abiertos y eficaces de Participación en las Políticas Públicas de alcance y relevancia para la comunidad?
¿Exige la Ciudadanía la rendición de cuentas de las autoridades del Gobierno comunal?,
¿Las Autoridades Gubernamentales; diputados, los funcionarios bajo cargos de confianza y los servidores públicos, por medios diversos y eficaces, y sin menoscabo de sus derechos y su dignidad, ofrecen rendir Cuenta de su Gestión según el Artículo 132 de la Constitución de la CABA?
¿Tiene la Ciudadanía algún impedimento para hacer uso efectivo de las oportunidades para Participar en las decisiones referentes a asuntos de interés público?
Las respuestas en el tema de Participación Ciudadana en las Políticas Públicas, podrían a su vez ser desagregadas en indicadores.
Se pretende conformar un grupo focal sobre el control de la gestión pública, los mecanismos de consulta y las posibilidades de Participar en la definición de políticas públicas, en la Comuna 11.
En principio no se tiene previsto llevar a líneas de tiempo, las distintas propuestas pendientes de los distintos partidos políticos en la CABA, excepto las que devienen de la Constitución de la CABA y / o de la Ley 1777 - Orgánica de COMUNAS.
El Proceso de Transición que contemple la efectiva participación de los representantes de las organizaciones vecinales, debió completarse al 31.Mayo.2006.
Concluido el período de transición estipulado precedentemente, que no puede ser prorrogado, se esta sobre lo que al punto dispongan las leyes de presupuesto que fueran pertinentes.
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