Construcción en Terreno Propio
Las Reglas para el Otorgamiento de Créditos de Fovissste publicadas en el presente año, definen la modalidad de crédito Tradicional, que puede destinarse a la construcción individual en terreno propio. Estos créditos se habían operado a través de los Departamentos de Vivienda del ISSSTE. Con el propósito de establecer una operación acorde a la sistematización y automatización del Fovissste y teniendo en consideración la experiencia de las entidades financieras en desarrollo de proyectos, capacidad técnica y de administración de recursos, se decidió operar dicha modalidad de crédito a través de éstas, ya que cuentan con la capacidad y cumplen con los requisitos establecidos por el Fovissste, ofreciendo al Fondo y derechohabientes los siguientes servicios:
Evaluación de la capacidad técnica, de ejecución y financiera de las empresas constructoras.
Evaluación de la viabilidad de los proyectos para construcción de vivienda (estudio de factibilidad).
Originación de créditos.
Supervisión de la correcta aplicación de los recursos.
Verificación de obra para ministración de recursos FOVISSSTE.
Entrega de vivienda totalmente terminada y en condiciones de habitabilidad.
En virtud de lo anterior, y con el fin de facilitar el ejercicio de los créditos, Fovissste pone a su disposición el documento "Para la Dictaminación de Proyectos, Originación de Créditos, Supervisión en la Aplicación de Recursos y Verificación de Obra bajo el Esquema de Construcción Individual en Terreno Propio"