Pequeño glosario
Sin que lo que sigue pueda considerarse un modelo de corrección académica, al menos puede resultarles de ayuda para adquirir una idea del sentido generalmente atribuido a los términos más usuales en una teoría de la argumentación:
Argumentación: Discurso mediante el cual se presenta una serie de argumentos relacionados entre sí (entretejidos) con una finalidad única. También, técnica para presentar las razones en un orden natural y armonioso, generando una actitud receptiva e induciendo a actuar de una manera acorde.
Argumento: Conjunto de proposiciones (dos o más) donde se pretende que una de ellas está fundada (o se infiere) de la otra u otras. Es propio del discurso natural; su intención es convencer de algo. Es la expresión de un razonamiento.
Conectores lógicos: Se trata de palabras, términos o expresiones que sirven para relacionar las oraciones e ideas que aparecen en un texto. Con ellos se evita que el discurso resulte una serie de proposiciones autónomas y que pierda mucho de su sentido. (*)
Conclusión: Proposición a la que se arriba a partir (o en razón) de lo afirmado en las premisas.
Desacuerdo: Asunción, por parte de dos sujetos, de proposiciones opuestas respecto de una misma cuestión. Puede ser verbal, fáctico o valorativo.
Discurso: Es el acto lingüístico -verbal o escrito- de dirigirse a un auditorio, transmitiendo un mensaje que puede ser meramente informativo, pero también puede ser persuasivo o emotivo. Encadenamiento de ideas, de exposición pública, para manifestar lo que se piensa o justificar lo que se propone o decide.
Expresiones derivativas: Expresiones lingüísticas que, dentro de un razonamiento, tienen como función primordial la de indicar cuál es la conclusión y cuáles son las premisas. (**)
Falacia: Razonamiento o argumento que, a pesar de resultar formalmente inválido, sigue teniendo fuerza para persuadir (provoca convicción, a pesar de que viola una ley lógica).
Inferencia: (Proceso inferencial o actividad de razonar): Proceso mental por el cual somos capaces de obtener, a partir de datos conocidos, datos nuevos. Es lo que permite advertir la relación que hay entre las premisas y la conclusión. Por ella se pueden distinguir las partes del razonamiento y, a la vez, hace que esas partes aparezcan enlazadas o unidas. Es la facultad racional por la que, a partir de ciertos indicios o señales, se obtienen las causas o principios de las cosas. (Cada inferencia trasluce un razonamiento).
Ley lógica: Forma de enunciado cuyos casos de sustitución son siempre enunciados verdaderos.
Lógica formal: Disciplina cuyo objeto de estudio son los razonamientos deductivos y provee de métodos para distinguir los razonamientos válidos de los que no lo son.
Lógica informal: Estudia aquellos argumentos que, aunque incorrectos para la lógica formal, prometen cierto éxito en la conservación de la verdad, o al menos la hacen probable. Se ocupa de la justificación de las creencias y opiniones, así como de los criterios que se emplean para juzgar a los argumentos cotidianos. Analiza los hábitos mentales a través de los cuales el intelecto procesa la información recibida por las percepciones y elabora conclusiones.
Lógica jurídica: Particular forma de la lógica donde la asignación de valores a las proposiciones y el proceso inferencial se rigen por prescripciones, presunciones, ficciones, etc. (elementos no lógicos).
Lógica: Ciencia (descriptiva) del pensamiento en cuanto a tal, vacío de contenidos. Conjunto de reglas (determinativas) del arte de razonar correctamente. Disciplina (descriptiva y normativa) que estudia los razonamientos (y los argumentos), sin que importe el tema del que tratan, e indica las reglas para determinar su validez.
Premisa: Proposición que -según se pretende- avala, autoriza o fundamenta a la conclusión.
Proceso (judicial): Secuencia de discursos y acciones de distintos individuos (debate), producidos por los participantes en turnos predeterminados, generalmente opuestos entre sí, que concluye con un discurso dotado de autoridad que resuelve el conflicto con pretensión de imparcialidad.
Proposición: Aquella expresión lingüística que posee una función informativa: afirma o niega algo (una relación entre términos), y tiene sentido decir de ella que es verdadera o falsa. (No confundir con una oración.)
Razonamiento (1): Conjunto de proposiciones (dos o más) en el que se pretende que una de ellas está fundada (o se infiere) de la otra u otras. Es propio de la lógica formal; su intención es demostrar algo.
Razonamiento (2): Conjunto de ideas, conceptos, percepciones, intuiciones, etc., relacionados de manera tal que son aptos para generar una nueva idea, concepto, percepción, intuición, etc.
Sentencia: Secuencia de proposiciones, ordenadas y consistentes, algunas de ellas referidas a normas jurídicas, dirigidas con un sentido preciso, mediante las cuales un juez da las razones por las que resuelve de determinada manera un conflicto que le ha sido planteado.
Teoría de la argumentación: Conjunto de conjeturas (simples o complejas), relacionadas entre sí, acerca del modo que se comporta el sector de la realidad constituido por los argumentos y la argumentación. Describe y sistematiza los conceptos propios de su campo de estudio (los argumentos y la argumentación).
Término: Mínima estructura lógica con sentido propio, mediante la cual una entidad es designada; es el nombre de una cosa -en su sentido amplio-, persona, situación, hecho, etc. (No confundir con una palabra.)
Verdad y validez: Un razonamiento (o un argumento) puede ser válido, aunque todas las proposiciones que lo constituyen sean falsas. A su vez, que las premisas y la conclusión de un razonamiento sean verdaderas no significa que tal razonamiento sea válido.
(*) Conectores lógicos:
Aditivos: Indican que la información que se da a continuación añade algo más (o de mayor intensidad) a lo dicho antes del conector (además, asimismo, encima, más aún… etc.)
Opositivos: Indican que la información que se da a continuación del conector modifica lo dicho antes de él (pero, no obstante, sin embargo, sin perjuicio de lo cual, sino, antes bien…, etc.)
Causales: Indican la relación de causalidad entre las partes del enunciado, por lo general con la forma “si (causa), entonces (efecto)". (por lo tanto, por consiguiente, se sigue, de manera que… etc.)
Temporales: Indican el orden en el tiempo en que ocurren los hechos (estados de cosas, procesos o sucesos) sobre los que tratan las proposiciones. Los hay de tres tipos: de anterioridad (antes, hace tiempo, al comienzo, etc.), de simultaneidad: (al mismo tiempo, al unísono, entonces, simultáneamente, etc.), y de posterioridad: (luego, después, más tarde, etc.)
Reformulativos: Sirven para expresar de nuevo, bajo una forma diferente, lo dicho con anterioridad. Son explicativos (es decir, esto es, en otras palabras…), conclusivos (en resumen, en conclusión, en definitiva, finalmente, etc.) y ejemplificativos (concretamente, de esta manera, así, verbigracia, etc.)
(**) Expresiones derivativas:
Indicadores de premisas Indicadores de conclusión
Dado que… Por lo tanto...
Puesto que... Luego...
A partir de... Ergo...
Se sigue de... Lo cual prueba que...
En vista de que... Lo que trae como resultado que…
Puede inferirse de... Lo dicho permite afirmar que...
Puede deducirse de... Se deduce que...
Por las siguientes razones... De lo que se infiere que...
Porque... Entonces...