7.2 Informe Técnicos Académicos

CRITERIOS DE EVALUACIÓN DEL INFORME ANUAL DE

ACTIVIDADES DE LOS TÉCNICOS ACADÉMICOS

DE LA FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES IZTACALA

I. INTRODUCCIÓN

Los presentes criterios constituyen el conjunto de normas y lineamientos que enmarcarán la actividad revisora del H. Consejo Técnico de la FES-Iztacala, respecto de las actividades que deberán de ser programadas y realizadas anualmente por el personal académico de carrera, y se expiden con fundamento en lo dispuesto en los artículos 12 de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y 49 fracción VI del Estatuto General de la UNAM. Estos criterios se sustentan en las obligaciones que señala el artículo 27 del Estatuto del Personal Académico (EPA) de la UNAM para el Personal Académico.

II. CONSIDERACIONES GENERALES

En el Informe anual de actividades se evaluarán los siguientes aspectos:

Los técnicos académicos deberán presentar las constancias correspondientes y/o un resumen de las actividades realizadas avalados por el responsable del área a la que estén adscritos.

Además se deberá cumplir con el rubro de formación y superación académica, de acuerdo con lo que se señala a continuación.

1. Formación y superación académica

Este rubro comprende las siguientes actividades:

1.1 Realización de estudios.

1.2 Asistencia a actividades de superación académica (cursos, talleres, seminarios, otros).

1.3 Asistencia a eventos académicos especializados (congresos, coloquios, jornadas, reuniones, otros).

1.4 Certificación y estancias de investigación

En la realización de estudios de especialización, maestría o doctorado, para efectos de la revisión del informe anual, sólo se tomarán en cuenta hasta por el tiempo máximo estipulado en el plan de estudios correspondiente.

El Técnico Académico deberá cumplir con al menos una de las actividades descritas anteriormente.

2. Actividades de apoyo a la docencia e investigación

Los técnicos académicos deberán reportar las actividades de apoyo a la docencia y/o investigación, acordes al perfil profesional que desempeñen en el área o módulo de adscripción, con aval de su Jefe inmediato.

De manera opcional, los Técnicos Académicos podrán reportar actividades de los siguientes rubros:

3. Otras actividades académicas vinculadas con la docencia e investigación

3.1 Formación de recursos humanos

Los técnicos académicos podrán realizar actividades de docencia siempre y cuando soliciten autorización al H. Consejo Técnico y no afecten las funciones para las que fueron asignados.

Este rubro comprende las siguientes actividades:

3.1.1 Cursos curriculares. Impartición de asignaturas o módulos contemplados en un plan de estudios de una licenciatura o posgrado.

3.1.2 Cursos no curriculares. Impartición de cursos, talleres o seminarios no contemplados en un plan de estudios con aval institucional.

3.1.3 Dirección, asesoría, dictaminación o revisión de trabajos de titulación, comprenden las diferentes opciones de titulación para licenciatura y posgrado.

3.1.4 Asesorías o tutorías a grupos especiales.

3.2 Productividad académica

Este rubro comprende las siguientes actividades académicas:

3.2.1 Publicaciones de artículos, memorias en extenso, capítulos de libro o libros.

3.2.2 Ponentes en eventos académicos nacionales y/o internacionales.

3.2.3 Otras actividades académicas (elaboración de material didáctico, evaluación de libros o artículos para revistas especializadas, evaluación de proyectos de investigación, elaboración de prólogos o introducciones de libros, participación en comités editoriales y/o evaluadores de revistas especializadas, organización de eventos académicos, obtención de patentes).

3.3. Divulgación

Las actividades que informen los técnicos académicos en este rubro, pueden ser:

3.3.1 Ponencias en eventos de divulgación.

3.3.2 Realización de videos de divulgación.

3.3.3 Participación en comités editoriales y dictámenes en revistas de divulgación.

3.3.4 Organización de eventos de divulgación.

3.3.5 Participación en la elaboración de material de divulgación.

3.3.6 Participación en programas de radio o televisión.

3.4 Colaboración en programas institucionales.

Este rubro comprende las siguientes actividades:

3.4.1 Evaluación, revisión y actualización de planes de estudio.

3.4.2 Evaluación, revisión y actualización en programas de estudio (asignaturas, módulos o áreas).

3.4.3 Dirección o colaboración en programas de apoyo a la comunidad.

3.4.4 Asesoramiento de trabajos de investigación con convenio institucional.

3.4.5 Asesoramiento de proyectos de servicio social y práctica profesional.

3.4.6 Participación como Jurado de examen de oposición.

3.4.7 Elaboración y aplicación de exámenes departamentales o extraordinarios.

3.4.8 Elaboración y aplicación del examen general de conocimientos para titulación en una licenciatura o posgrado, y/o participación en las diferentes opciones de titulación.

3.4.9 Participación en los Comités Evaluadores para ingreso al posgrado.

3.4.10 Obtención de recursos para proyectos docentes o de investigación (CONACyT, PAPIIT, PAPIME, entre otros).

3.4.11 Participación en comisiones institucionales.

3.4.12 Participación en órganos colegiados (H. Consejo Universitario, H. Consejo Técnico, Comisiones Evaluadoras de PRIDE, Comisiones Dictaminadoras, Comités Académicos Auxiliares, entre otros).

3.4.13 Coordinación de actividades académicas colectivas (jefe de área, módulo o grupo de investigación).

3.4.14 Participación en actividades académico-administrativas (funcionarios).

4. Premios o distinciones.

El Técnico Académico podrá informar de los reconocimientos que reciba a su labor académica.

III. NOTAS COMPLEMENTARIAS.

Los informes de actividades deberán ser avalados por el responsable directo (responsable de módulo, área, laboratorio o proyecto) y los productos a evaluar deberán corresponder sólo a las actividades contempladas en el área o módulo de adscripción.

En el caso de presentar productos de actividades desempeñadas fuera de la universidad o en otras dependencias, estas sólo serán reconocidas si existe convenio o comisión institucional para realizar dichas actividades.

ASPECTOS GENERALES.

Criterios aprobados por el H. Consejo Técnico en su sesión ordinaria número 551 de fecha 29 de Noviembre de 2012.

Estos Criterios se aplicarán a partir de la evaluación del Informe Anual de Actividades 2012, y sustituyen a cualquier otro documento emitido anteriormente sobre el asunto.

Las situaciones no consideradas en el presente documento, serán resueltas por el pleno del H. Consejo Técnico.