6. Proyecto Anual

CRITERIOS DE EVALUACIÓN DEL PROYECTO E INFORME

ANUAL DE ACTIVIDADES DEL PERSONAL DE CARRERA DE LA

FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES IZTACALA

I. INTRODUCCIÓN

Los presentes criterios constituyen el conjunto de normas y lineamientos que enmarcarán la actividad revisora del H. Consejo Técnico de la FES-Iztacala, respecto de las actividades que deberán de ser programadas y realizadas anualmente por el personal académico de carrera, y se expiden con fundamento en lo dispuesto en los artículos 12 de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y 49 fracción VI del Estatuto General de la UNAM. Estos criterios se sustentan en las obligaciones que señalan los artículos 56, 60 y 61 del Estatuto del Personal Académico (EPA) de la UNAM para el Personal Académico.

PROYECTO ANUAL DE ACTIVIDADES

II. CONSIDERACIONES GENERALES

En el programa anual de actividades se revisarán los siguientes aspectos:

1. Formación y superación académica

Este rubro comprende las siguientes actividades:

1.1 Realización de estudios.

1.2 Asistencia a actividades de superación académica.

1.3 Asistencia a eventos académicos especializados.

1.4 Certificación y estancias de investigación.

El personal académico de carrera deberá programar por lo menos una de las actividades de superación y formación académica de las señaladas.

2. Formación de recursos humanos

Este rubro comprende las siguientes actividades:

2.1 Cursos curriculares. Impartición de asignaturas o módulos contemplados en un plan de estudios de una licenciatura o posgrado.2

2.2 Cursos no curriculares. Impartición de cursos, talleres o seminarios no contemplados en un plan de estudios, con aval institucional.

2.3 Dirección, asesoría, dictaminación o revisión de trabajos de titulación, comprenden las diferentes opciones de titulación para licenciatura y posgrado.

2.4 Asesorías o tutorías a grupos especiales.

2.5 Participación en comités tutorales en el posgrado.

El personal académico de carrera deberá programar docencia en cursos curriculares, para cubrir las horas frente a grupo, que el artículo 61 del EPA estipula como obligatorias para cada nombramiento académico: Profesor asociado: 9 a 18 horas/semana/mes y Profesor titular: 6 a 12 horas/semana/mes.

Las horas de docencia obligatorias que señala el EPA, sólo podrán impartirse en otras dependencias de la UNAM cuando se cuente con previa autorización del H. Consejo Técnico, siempre y cuando no se afecte el desarrollo de los programas propios de nuestra Facultad.

Además, el personal académico de carrera deberá programar por lo menos una de las actividades indicadas en los puntos 2.2 al 2.5

3. Productividad académica

Este rubro comprende lo siguiente:

3.1 Publicaciones.

3.2 Participación en eventos académicos.

3.3 Elaboración de material de apoyo a la docencia.

El personal académico de carrera deberá programar al menos una actividad del punto 3.1y al menos una actividad de las señaladas en los puntos 3.2 o 3.3.

4. Proyecto de investigación

El personal académico de carrera deberá programar su participación en proyectos de investigación en calidad de responsable, corresponsable o colaborador. Cada año deberá de programar su participación en un proyecto vigente que deberá llenar y actualizar en el apartado disponible en el Sistematización Electrónica de Información de la FES Iztacala (SEIF).

INFORME ANUAL DE ACTIVIDADES

En el Informe anual de actividades se evaluarán los siguientes aspectos:

1. Formación y superación académica

Este rubro comprende las siguientes actividades:

1.1 Realización de estudios.

1.2 Asistencia a actividades de superación académica (cursos, talleres, seminarios, otros).

1.3 Asistencia a eventos académicos especializados (congresos, coloquios, jornadas, reuniones, otros).

1.4 Certificación y estancias de investigación

El personal académico de carrera deberá reportar por lo menos una de las actividades anteriores. En la realización de estudios de especialización, maestría o doctorado, para efectos de la revisión del informe anual, sólo se tomarán en cuenta hasta por el tiempo máximo estipulado en el plan de estudios correspondiente.

2. Formación de recursos humanos

Este rubro comprende las siguientes actividades:

2.1 Cursos curriculares. Impartición de asignaturas o módulos contemplados en un plan de estudios de una licenciatura o posgrado.

2.2 Cursos no curriculares. Impartición de cursos, talleres o seminarios no contemplados en un plan de estudios con aval institucional.

2.3 Dirección, asesoría, dictaminación o revisión de trabajos de titulación, comprenden las diferentes opciones de titulación para licenciatura y posgrado.

2.4 Asesorías o tutorías a grupos especiales.

2.5 Participación en comités tutorales en el posgrado.

El personal académico de carrera deberá impartir docencia en cursos curriculares, para cubrir las horas frente a grupo, que el artículo 61 del EPA estipula como obligatorias para cada nombramiento académico: Profesor asociado: 9 a 18 horas/semana/mes y Profesor titular: 6 a 12 horas/semana/mes.

Las horas de docencia obligatorias que señala el EPA, sólo podrán impartirse en otras dependencias de la UNAM cuando se cuente con previa autorización del H. Consejo Técnico, siempre y cuando no se afecte el desarrollo de los programas propios de nuestra Facultad.

Además, el personal académico de carrera deberá realizar por lo menos una de las actividades indicadas en los puntos 2.2 a 2.5

3. Productividad académica

Este rubro comprende lo siguiente

3.1 Publicaciones de artículos, memorias en extenso, capítulos de libro o libros.

3.2 Ponentes en eventos académicos nacionales y/o internacionales.

3.3 Otras actividades académicas (elaboración de material didáctico, evaluación de libros o artículos para revistas especializadas, evaluación de proyectos de investigación, elaboración de prólogos o introducciones de libros, participación en comités editoriales y/o evaluadores de revistas especializadas, organización de eventos académicos, obtención de patentes).

El personal académico de carrera deberá reportar al menos una actividad de las señaladas en el punto 3.1 y al menos una de las señaladas en los puntos 3.2 o 3.3.

Para demostrar el proceso de publicación podrán presentar:

· Comprobante de acuse de recibido del documento a publicar, que indique se

· encuentra en proceso de arbitraje.

· Documento de aceptación, rechazo o sugerencias de modificación del trabajo escrito.

· Copia de la publicación.

Cada año el personal académico de carrera deberá de informar de su participación en un proyecto vigente que deberá llenar y actualizar en el formato disponible en el Sistematización Electrónica de Información de la FES Iztacala (SEIF).

4. Divulgación

Este rubro comprende las siguientes actividades:

4.1 Ponencias en eventos de divulgación.

4.2 Realización de videos de divulgación.

4.3 Participación en comités editoriales y dictámenes en revistas de divulgación.

4.4 Organización de eventos de divulgación.

4.5 Participación en la elaboración de material de divulgación.

4.6 Participación en programas de radio o televisión.

Es recomendable que el personal académico de carrera realice alguna de las actividades contempladas en el rubro de Divulgación.

5. Colaboración en programas institucionales.

Este rubro comprende las siguientes actividades:

5.1 Evaluación, revisión y actualización de planes de estudio.

5.2 Evaluación, revisión y actualización en programas de estudio (asignaturas, módulos o áreas).

5.3 Dirección o colaboración en programas de apoyo a la comunidad.

5.4 Asesoramiento de trabajos de investigación con convenio institucional.

5.5 Asesoramiento de proyectos de servicio social y práctica profesional.

5.6 Participación como Jurado de examen de oposición.

5.7 Elaboración y aplicación de exámenes departamentales o extraordinarios.

5.8 Elaboración y aplicación del examen general de conocimientos para titulación en una licenciatura o posgrado, y/o participación en las diferentes opciones de titulación.

5.9 Participación en los Comités Evaluadores para ingreso al posgrado.

5.10 Obtención de recursos para proyectos docentes o de investigación (CONACyT, PAPIIT, PAPIME, entre otros).

5.11 Participación en comisiones institucionales.

5.12 Participación en órganos colegiados (H. Consejo Universitario, H. Consejo Técnico, Comisiones Evaluadoras de PRIDE, Comisiones Dictaminadoras, Comités Académicos Auxiliares, entre otros).

5.13 Coordinación de actividades académicas colectivas (jefe de área, módulo o grupo de investigación).

5.14 Participación en actividades académico-administrativas (funcionarios).

Es recomendable que el personal académico de carrera realice alguna de las actividades contempladas en el rubro de Colaboración en Programas Institucionales.

6. Premios o distinciones.

El personal académico de carrera informará de los reconocimientos que reciba a su labor académica.

ASPECTOS GENERALES.

Criterios aprobados por el H. Consejo Técnico en su sesión ordinaria número 551 de fecha 29 de Noviembre de 2012.

Estos Criterios se aplicarán a partir de la evaluación del Proyecto Anual de Actividades 2013 y del Informe Anual de Actividades 2012, y sustituyen a cualquier otro documento emitido anteriormente sobre el asunto.

Las situaciones no consideradas en el presente documento, serán resueltas por el pleno del H. Consejo Técnico.