Hablemos de OFAC

Hablemos de OFAC

Muchos de los herederos incluyendome con mi familia, hemos recivido un riguroso Control, segun ellos porque recivimos o vamos a recivir mas de $500'033.00 o bienes desde otro pais.

Esto lo estan haciendo a traves de nuestras instituciones Bancarias en las que tenemos cuentas entonces ahora tenemos mas dudas por este articulo publicado.

PUBLICACIÓN DE OFAC RELACIONADA CON CUBA:

OFAC ha publicado una pregunta frecuente en relación con el anuncio del Presidente sobre los cambios en la política estadounidense con respecto a Cuba.

¿Cómo OFAC va a implementar los cambios en el programa de sanciones a Cuba anunciada por el Presidente el 17 de diciembre de 2014? 

¿Son efectivos los cambios de inmediato?

A. OFAC implementará los cambios del Tesoro-específicos a través de enmiendas al Reglamento de Control de Activos a los cubanos en los Estados Unidos. El Departamento de Comercio pondrá en marcha el resto de los cambios a través de enmiendas a su Reglamento de Administración de Exportaciones. OFAC espera emitir sus modificaciones normativas en las próximas semanas. Ninguno de los cambios anunciados entra en vigor hasta que se publiquen las nuevas regulaciones.

El 17 de diciembre de 2014 el Presidente anunció un conjunto de cambios diplomáticos y económicos para trazar un nuevo curso en las relaciones entre Estados Unidos y Cuba, a fin de interaccionar más y empoderar al pueblo cubano. El Departamento del Tesoro y el Departamento de Comercio de Estados Unidos anunciaron hoy la próxima publicación de modificaciones a las Normas de Control de Activos Cubanos (Cuban Assets Control Regulations o CACR) y Normas de Administración de Exportaciones (Export Administration Regulations o EAR), que implementan los cambios anunciados sobre las sanciones administradas por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (Office of Foreign Assets Control u OFAC) del Departamento del Tesoro y la Oficina de Industria y Seguridad (Bureau of Industry and Security o BIS) del Departamento de Comercio. Los cambios entrarán en vigor el viernes 16 de enero, cuando se publiquen las normas en el Federal Register.

Estas medidas facilitarán los viajes a Cuba para fines autorizados; facilitarán los servicios autorizados de viaje por agentes de viaje y aerolíneas, y el envío de remesas autorizadas por ciertas entidades; incrementarán los límites para ciertas categorías de remesas a Cuba y en general las autorizan; permitirán que las instituciones financieras de los Estados Unidos abran cuentas correspondientes en instituciones financieras cubanas para facilitar la tramitación de transacciones autorizadas; autorizan ciertas transacciones con ciudadanos cubanos que están fuera de Cuba, y permitirán varias otras actividades relacionadas con telecomunicaciones, servicios financieros, intercambio comercial y envíos, entre otros rubros. Las personas deben cumplir con todas las disposiciones de las normas modificadas; la trasgresión de las condiciones podría resultar en sanciones conforme a las leyes de Estados Unidos.

Para leer las normas del Departamento del Tesoro, que se pueden encontrar en el acápite 515 de la sección 31 del Código de Normas Federales (Code of Federal Regulations o CFR). Para leer las normas del Departamento de Comercio, que se pueden encontrar en los acápites 730-774 de la sección 15 de CFR, favor presionar aquí. Entre los principales elementos de los cambios de las normas modificadas están:

Viajes

En todas las 12 categorías existentes de viaje autorizado, los viajes previamente autorizados con licencias específicas se utilizarán con licencias generales, sujetas a las condiciones del caso. Esto significa que las personas que cumplen con las condiciones de las normas no tienen necesidad de solicitar una licencia para viajar a Cuba.

Estas categorías son: Visitas familiares; asuntos oficiales del Gobierno de Estados Unidos, gobiernos extranjeros y ciertas organizaciones intergubernamentales; actividad periodística; investigación profesional y reuniones profesionales; actividades educativas; actividades religiosas; actuaciones públicas, capacitación, talleres, competencias atléticas y de otro tipo, y exposiciones; apoyo al pueblo cubano; proyectos humanitarios; actividades de fundaciones privadas o institutos educativos o de investigación; exportación, importación o transmisión de información o materiales informativos, y ciertas transacciones autorizadas de exportación. 

Se dejará de aplicar el monto por día que anteriormente se imponía a los viajeros autorizados y no hay un límite específico en dólares para gastos autorizados. Se permitirá que los viajeros autorizados hagan transacciones inherentes a los viajes a Cuba, lo que incluye el pago de gastos de subsistencia y la adquisición de productos en Cuba para consumo personal allá.

Además, ahora se permitirá que los viajeros usen tarjetas de crédito y débito de Estados Unidos en Cuba.    

Servicios de viajes y transportistas

Se autorizará que los agentes de viajes y aerolíneas presten servicios autorizados de viajes y transporte aéreo sin la necesidad de licencias específicas de OFAC.

Seguros

Se autorizará que las aseguradoras de Estados Unidos ofrezcan cobertura para pólizas generales de seguro médico, de vida o de viaje a personas que usualmente viven en terceros países y que viajan a Cuba o dentro de Cuba. Se continuará permitiendo los servicios relacionados al seguro de salud, vida y viaje para viajeros autorizados de Estados Unidos a Cuba.

Importación de productos

Se permitirá que los viajeros autorizados de Estados Unidos a Cuba importen productos con un valor de hasta $400 que hayan adquirido en Cuba para su uso personal. Esto incluye bebidas alcohólicas y productos de tabaco con un valor máximo de $100.

Telecomunicaciones

A fin de prestar de la mejor manera servicios eficientes y adecuados de telecomunicaciones entre Estados Unidos y Cuba, una nueva licencia general de OFAC facilitará que se establezcan instalaciones comerciales de telecomunicaciones entre terceros países y Cuba, y dentro de Cuba.

Se autorizará sin necesidad de licencia la exportación comercial de ciertos artículos que contribuyen a la capacidad del pueblo cubano de comunicarse con personas dentro de Cuba, en Estados Unidos y el resto del mundo con una nueva excepción a la licencia del Departamento de Comercio (Apoyo al Pueblo Cubano o Support for the Cuban People o SCP). Esto incluirá la venta comercial de ciertos dispositivos de comunicación para consumidores, software, aplicaciones, equipos y servicios relacionados, y artículos para establecer y actualizar sistemas relacionados con las comunicaciones.

También se autorizará con licencia general de OFAC los servicios adicionales inherentes a las comunicaciones basadas en Internet y relacionados con ciertas exportaciones y exportaciones de artículos de comunicaciones.