Regula las actividades de la policía en lo administrativo, enfocándose en la preservación del orden público, la seguridad ciudadana y la convivencia pacífica, involucra el establecimiento de normas y procedimientos para la prevención de infracciones y la aplicación de sanciones administrativas a quienes infringen dichas normas.
Amenaza con causar un daño físico a personas por cualquier medio.
No retirar o reparar, en los inmuebles, los elementos que ofrezcan riesgo a la vida e integridad.
Reñir, incitar o incurrir en confrontaciones violentas que puedan derivar en agresiones físicas.
Lanzar objetos que puedan causar daño o sustancias peligrosas a personas.
Agredir físicamente a personas por cualquier medio.
Poner en riesgo a personas o bienes durante la instalación, utilización, mantenimiento o modificación de las estructuras de los servicios públicos.
Modificar o alterar redes o instalaciones de servicios públicos.
Arrojar en las redes de alcantarillado, acueducto y de aguas lluvias, cualquier objeto, sustancia, residuo, escombro, lodo, combustible o lubricante, que altere u obstruya su normal funcionamiento.
No reparar oportunamente los daños ocasionados a la infraestructura de servicios públicos domiciliarios, cuando estas reparaciones corresponden al usuario.
Sonidos o ruidos en actividades, fiestas, reuniones o eventos similares que afecten la convivencia del vecindario, cuando generen molestia por su impacto auditivo.