PRE ITV YAMAHA SR 250 SPECIAL CAFE RACER
1. Normativa I.T.V para motocicletas.
2. Trabajo realizado.
3. Como dar de alta una motocicleta.
4. Problemas que hemos tenido para dar de alta la motocicleta.
1. Normativa ITV para motocicletas.
La normativa de las motocicletas son:
Ficha Técnica o también llamada Tarjeta ITV.
El Permiso de Circulación.
Recibo del seguro de la moto en vigor. En Cataluña el DNI del que lleva la moto.
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Principales puntos a revisión de una moto en una estación de Inspección Técnica de Vehículos:
El número de bastidor.
· Se comprueba si tiene un número de bastidor, si es legible y coincide con la documentación.
· También si ha podido ser manipulado, etc.
En cualquiera de los casos, si no tiene número de bastidor, presenta defectos o no coincide con los papeles de la moto, será defecto grave.
Bocina o claxon.
· Que funcione y que emita un sonido continuo, uniforme y de suficiente intensidad.
Alumbrado delantero.
· Comprueban luz de posición, luz de cruce y luz de carretera. La luz de cruce que no deslumbren y su haz de luz.
Alumbrado trasero.
· Luz de posición, luz de freno al presionar el pedal trasero y maneta delantera y luz de matrícula.
Intermitentes.
· Tanto delanteros como traseros.
· Obligatorio para vehículos matriculados a partir del 1/11/99.
· Color: El color de dichas luces será amarillo auto para los vehículos matriculados a partir del 14/04/1978.
· Homologación obligatoria para ciclomotores matriculados a partir del 30/05/1996 y resto de vehículos matriculados a partir del 01/01/1996.
Nosotros no estamos obligado a llevarlos, ya que al ser anterior al 1999 no es obligatorio, pero se los hemos instalado ya que es un elemento de seguridad activa.
Catadióptrico.
· Es el reflectante trasero obligatorio y debe estar homologado con códigos IA o IE.
Manetas.
· Los extremos de las palancas de embrague y freno serán claramente esféricos de al menos 14 mm de diámetro y que no contengan aristas.
Neumáticos.
· Las ruedas deberán corresponder con el neumático y estar correctamente fijadas al buje, así como alineadas con el eje, no presentando desperfectos o abolladuras.
· Los vehículos de motor de dos y tres ruedas y cuadriciclos, deben tener sus ruedas provistas de neumáticos homologados (obligatorio para vehículos matriculados con contraseña europea).
· Si se utilizan neumáticos multiuso especiales de nieve, estos irán marcados con la inscripción M+S, MS o M&S y deberán tener una categoría de velocidad, bien igual o superior a la velocidad máxima prevista para el vehículo, bien no inferior a 130 Km/h. Si la velocidad máxima del vehículo es superior a esta, deberá especificarse en una etiqueta de velocidad máxima, situada, en un lugar destacado del campo de visión del conductor del vehículo.
· Los neumáticos no pueden presentar abolladuras, roturas ni tampoco que se vean los testigos.
Carenado.
· Su estado y fijación.
Espejos retrovisores.
· Que sean homologados y en buen estado.
El asiento y guardabarros. Asidero para el pasajero.
Matrícula.
· Su estado.
· Desde el 10/06/2021 ya no será obligatorio que el portamatrículas o la matrícula tenga los bordes resguardados. Sigue siendo defecto grave su estado o y se mirarán que el deterioro de las mismas no presente un riesgo evidente de interferencia y posibilidad de corte.
Revisan el manillar y que se bloquee como medida antirrobo.
Pata de cabra.
· Que apague el motor si se engrana una marcha.
Frenos.
· En los rodillos (adaptados a motos) miden la eficacia de frenado tanto del freno delantero como trasero.
Suspensiones.
· Correcto funcionamiento.
Sistema de Escape.
· Algunas motos disponen de una chapa remachada al chasis con datos como el nivel sonoro, nivel de emisiones homologado y si lleva catalizador.
Nivel de Ruido.
· Las mediciones se realizarán en un lugar donde no exista ninguna superficie reflectante a menos de 3 metros del vehículo. El nivel sonoro de fondo será inferior en más de 10 dB(A) al valor máximo admisible, para el tipo de vehículo que se pretende evaluar.
· Como criterio general la temperatura mínima se determinará tomando la medida con una pistola láser por infrarrojos, según los siguientes casos:
- Refrigerados por agua: ≥ 60º tomando la medida en la parte alta del radiador.
- Refrigerados por aire: ≥ 50º tomando la medida en el centro de la culata en el punto más próximo a la bujía.
· En caso de no conocerse, el régimen de giro de referencia del motor se tomará el valor de 4000 rpm para motores de 2 tiempos y 3000 rpm para motores de 4 tiempos. Una vez estabilizado dicho régimen, se lleva rápidamente el mando de aceleración a la posición de ralentí. El nivel de emisión sonora se medirá durante un periodo de funcionamiento que comprende un breve espacio de tiempo a régimen estabilizado (un segundo), más toda la duración de la deceleración, considerando como resultado válido de la medida el correspondiente a la indicación máxima del sonómetro. Este procedimiento se repetirá 3 veces.
Emisión de gases CO.
· La moto en ralentí, mediante una sonda en el escape miden los niveles para que estén dentro de los límites legales dependiendo si la moto es catalizada o no.
· Se medirá el contenido de monóxido de carbono [CO] en los gases de escape de los
vehículos matriculados a partir del 01/01/67.
· El procedimiento de inspección se aplicará a todas las motocicletas, de dos, tres ruedas y los
cuadriciclos (no ligeros), con motor de encendido por chispa de cuatro tiempos y
homologación europea.
· Igualmente se aplicará a todos los vehículos Quad-ATV (66.xx) y a los vehículos similares
(61.xx ó 64.xx), con independencia de su fecha de matriculación, sometidos a procedimiento
de certificación nacional, con motor de encendido por chispa de cuatro tiempos. Es decir,
aplica a todos los Quads-ATV que no tengan homologación nacional o europea.
En nuestro caso, estamos exentos a la prueba de gases por año del vehículo.
Visualmente revisan fugas de aceite, gasolina y el estado de la transmisión.
Finalmente hacen una prueba de ruidos.
· Se pone la moto a unas determinadas revoluciones constantes y se mide el ruido con un sonómetro a una determinada distancia.
2. Trabajo realizado.
Piezas externas de nuestra moto:
Luz trasera junto con luz de matrícula con sello de homologación.
Retrovisores con sello de homologación.
Catadióptrico con sello de homologación.
Intermitentes delanteros y traseros con sello de homologación.
Velocímetro con sello de homologación.
3. Como dar de alta una motocicleta.
¿Qué debemos saber?
Se puede solicitar el alta de un vehículo en la DGT en cualquier momento para volver a ponerlo en circulación. A partir de ese momento, hay que sacarle un seguro al vehículo y pasarle la ITV. Además, también hay que pagar el impuesto de circulación del año en curso en tu Ayuntamiento.
¿Qué medios tenemos para realizarlo?
Por internet. Se nos enviará un justificante del alta al correo electrónico en un plazo máximo de una semana. Además, nos mandarán un nuevo permiso de circulación.
Presencialmente. Deberemos entregar toda la documentación en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. Para ello debemos solicitar cita previa por internet o llamando al 060.
¿Qué necesitamos?
Si se hace a través de internet:
Certificado digital, DNI electrónico o credenciales de Clave.
Abonar la tasa correspondiente.
Rellenar la solicitud del duplicado.
Si se realiza el trámite presencialmente:
Solicitud en impreso oficial relleno.
Identificación del interesado.
Personas físicas. (DNI)
Personas jurídicas. (tarjeta de identificación fiscal y acreditación de la representación e identidad del que firme)
Menores o incapacitados. (firma de padres o tutor, DNI y documento que acredite el concepto)
Justificante de pago.
¿Coste del trámite?
La tasa 4.1 es de 8,59€
¿Qué medios tenemos para realizar el pago?
Por internet.
Presencialmente en las Jefatura de Tráfico.
¿Quién puede realizarlo?
El titular del vehículo o cualquier persona autorizada en su nombre.
¿Dónde está regulado?
Código SIA 202349
Normativa reguladora:
· Real Decreto 2822/1998
· Directiva 2000/53/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de Septiembre de 2000.
· Real Decreto 1383/2002 de 20 de Diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil.
· Orden INT/624/2008 de 26 de Febrero.
4. Problemas que hemos tenido al dar de alta nuestra motocicleta.
Sabemos quién es el dueño. (Jordi Escoda)
Falta de tiempo por:
Carga de trabajo escolar.
Carga de trabajo laboral.
Falta de tiempo para ponernos en contacto con el dueño.
Falta de tiempo para poder llamar a la DGT para darla de alta.
Falta de tiempo para ir al Ayuntamiento y pagar los impuestos.
Falta de tiempo de sacarle un seguro.
Falta de tiempo para pasarle la ITV.
Todo esto lo tenemos en cuenta y conseguiremos que nuestra moto pueda rodar legalmente por las calles muy pronto.
En nuestro caso, aparte de la normativa vigente de la Inspección Técnica de Vehículos de Motocicletas, tendremos que tener en cuenta para la homologación lo siguiente: