Para efectos de control y comentarios de la sociedad civil, la DIAN en cumplimiento a lo indicado en el parágrafo 5° del artículo 364-5 del Estatuto Tributario, publica las entidades que a 31 de diciembre del 2016 se encontraban clasificadas en el RUT como responsables del Régimen Tributario Especial de Renta, así como aquellas que hasta el 31 de diciembre de 2016 eran No Contribuyentes del Impuesto de Renta y Complementarios y que a partir del 1 de enero de 2017 quedaron clasificados automáticamente en el Régimen Tributario Especial.
Es por eso que cualquier ciudadano puede brindar comentarios acerca de nuestra Asociación en el siguiente enlace: