Requerimiento para trabajadores que manipulen alimentos.
Conforme a lo previsto en el Reglamento Interno de Trabajo, y el código de trabajo que establece; que todos los trabajadores tienen la obligación legal y contractual de mantener vigente el Carnet de Salud que le fuere expedido por las autoridades del Ministerio de Salud al iniciar la relación laboral. El Carnet de Salud es un documento indispensable para poder cumplir con las obligaciones diarias. No se permitirá que se labore sin los carnet de Salud vigentes y válidos. El trabajador tiene la responsabilidad de tener en cuenta la fecha de vencimiento de su Carnet de Salud, y de realizar las diligencias necesarias, en forma oportuna, para obtener la renovación de dichos documentos. Además el Código de Trabajo, referente a las obligaciones de usted como trabajador, indica en su articulo 289 lo siguiente: “Los trabajadores que se ocupan de la manipulación, fabricación o expendio de productos alimenticios para el consumo público, deben para desempeñar sus labores, proveerse cada mes de un certificado médico, que acredite que no padecen de enfermedades infectocontagiosas o capaces de inhabilitarlos para el desempeño de sus actividades…..”