El reintegro de pasaje es un beneficio anual, no acumulable, disponible para todo el personal del Poder Judicial de Neuquén.
Tener una antigüedad mínima de seis (6) meses desde la fecha de ingreso.
Estar en uso de cualquier tipo de licencia.
Que el trayecto del viaje sea mayor a 200 km.
Segun Art. 4 y 5 del Reglamento para el reintegro de pasajes
⚠️ El trayecto se calcula en línea recta desde el asiento de sus funciones hasta el lugar de destino. ⚠️
Pasaje, check in o tarjeta de embarque
Comprobantes NO válidos:
❌ Reserva del vuelo a su nombre.
❌ Facturas de hotel, restaurant, etc.
❌ Ticket de carga de combustible.