Es un adicional de pago mensual
Acreditar antigüedad por los servicios no simultáneos cumplidos en organismos nacionales, provinciales y/o municipales.
Magistrados y funcionarios en actividad jurisdiccional: acreditar antigüedad en la matrícula de abogado.
⚠️ No corresponde la liquidación de este adicional cuando la antigüedad es en la actividad privada o en entes públicos de gestión privada.
Se perciben en concepto de adicional por antigüedad por cada año de servicio o fracción mayor a 6 meses, que registren al 31 de diciembre del año inmediato anterior.
Es equivalente al 3,5 % de la sumatoria de los rubros: salario básico, compensación jerárquica, compensación funcional, permanencia en la categoría, diferencia compensatoria —artículo 6.° de la Ley provincial 2526— y título.
Certificado de servicios y remuneraciones.
Certificado de cesación de servicios.
Certificación actualizada de matriculación expedida por el Colegio Profesional correspondiente, donde conste períodos de pasividad y baja.