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NOM-012-SCT-2-2017, Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal

La NOM-012-SCT-2-2017 establece los límites y especificaciones sobre peso y dimensiones máximas con las que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal en México. Su objetivo principal es garantizar la seguridad vial, proteger la infraestructura carretera y fomentar un transporte eficiente y sostenible.

Objetivo y Campo de Aplicación

Objetivo: Regular el peso, dimensiones y capacidad máxima de los vehículos de autotransporte y transporte privado para garantizar la seguridad y la eficiencia en las vías de comunicación federales.

Aplicación: Aplica a vehículos de autotransporte federal de pasajeros, carga, turismo y servicios auxiliares, excluyendo grúas de arrastre, salvamento y ciertos vehículos especializados.

Clasificación de Vehículos

Los vehículos son clasificados según su tipo, número de ejes y llantas, así como sus configuraciones específicas (por ejemplo, tractocamión articulado, autobuses, camión-remolque, entre otros).

Incluye restricciones específicas para configuraciones vehiculares como tractocamiones doblemente articulados.


Atendiendo a su clase, nomenclatura, número de ejes y llantas

Especificaciones de Peso

Peso bruto vehicular máximo autorizado:

·       Varía según el tipo de camino (ET, A, B, C) y el número de ejes y llantas.

·       Se establecen límites específicos para configuraciones vehiculares y cargas.

Peso máximo por eje:

Tablas específicas definen los límites de peso por eje y las concentraciones máximas permitidas para evitar daños a la infraestructura.

Especificaciones de Dimensiones

Dimensiones máximas permitidas:

·       Ancho máximo: 2.6 m (sin incluir espejos y ciertos aditamentos).

·       Altura máxima: 4.25 m.

·       Largo máximo: Depende de la clase del vehículo y del tipo de camino.

·       Los tractocamiones doblemente articulados tienen restricciones adicionales sobre longitud y condiciones de circulación.

Requisitos Técnicos

Equipos obligatorios:

·       Sistemas de frenos auxiliares, sistemas antibloqueo (ABS) y ajuste automático de frenos.

·       Sistemas de posicionamiento global (GPS) para tractocamiones doblemente articulados.

Condiciones de operación:

·       Velocidad máxima de 80 km/h para ciertas configuraciones.

·       Requisitos de separación mínima entre vehículos pesados.

·       Luces encendidas permanentemente durante la operación.

Procedimientos de Conformidad

Evaluación:

·       Los vehículos deben ser verificados en unidades de inspección autorizadas.

·       Se otorgan dictámenes para garantizar el cumplimiento de peso y dimensiones.

Autorizaciones especiales:

Se pueden otorgar permisos para configuraciones especiales en casos de conectividad entre tramos o plantas logísticas.

Vigilancia y Sanciones

La norma detalla las sanciones por incumplimiento, que incluyen el retiro de circulación de vehículos que excedan los límites establecidos o que no cumplan con los requisitos técnicos.

Concordancia con Normas Internacionales

Incluye referencias y alineación con estándares internacionales relacionados con transporte y seguridad vial.

Impacto y Beneficios

Seguridad vial: Minimiza riesgos de accidentes debido a sobrepeso o vehículos mal configurados.

Protección de infraestructura: Evita daños a carreteras y puentes por cargas excesivas.

Eficiencia operativa: Promueve un transporte sostenible y competitivo para el sector.

Véase la norma en el siguiente enlace

Link

[iind19.dfernandezp@itesco.edu.mx ]   |   [Coatzacoalcos Ver.]  

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