«Ahora ha llegado el momento de un nuevo Jubileo,
para abrir de par en par la Puerta Santa
una vez más
y ofrecer la experiencia viva del amor de Dios,
que suscita en el corazón
la esperanza cierta de la salvación en Cristo»
(Papa Francisco, Spes non confundit)
Bula de convocación del Jubileo ordinario del Año 2025,
Roma 2024, n. 6.
I. INTRODUCCIÓN
l. Para redescubrir el ritual de la penitencia»
Con motivo del Jubileo de la Misericordia, la revista Notitiae publicó una serie de artículos con el fin de "manifestar la relevancia de la misericordia de Dios anunciada, celebrada y vivida en las acciones litúrgicas". Uno de ellos, intitulado Para redescubrir el Ritual de la Penitencia, contiene una serie de reflexiones sobre el Ordo Penitentiae, deteniéndose, sobre todo, en algunos aspectos teológico-litúrgicos y, más ampliamente, sobre la dinámica celebrativa del Rito mismo (CONGREGACIÓN PARA EL CULTO DIVINO Y LA DISCIPLINA DE LOS SACRAMENTOS, Para redescubrir el Ritual de la Penitencia, Revista "Notitiae" Vol. 51 (2015), Cd. del Vaticano, 380-398.).
Así como en aquel entonces, ahora, con motivo del próximo Jubileo, 2025, es muy pedagógico retomar este libro litúrgico, releer los Praenotanda, acercarse a sus textos y gestos, asimilar las actitudes sugeridas y comprender cómo la Iglesia dispensa la misericordia de Dios, a través de los ritos y oraciones.
A distancia de 50 años y 8 meses de la promulgación del Ritual, se debe constatar que frecuentemente son ignoradas, quizás porque son juzgadas inoportunas y demasiado pesadas, algunas sugerencias celebrativas, que aunque no son esenciales para la validez del sacramento, sin embargo, constituyen una riqueza para una celebración en la que se actualiza aquella plena, consciente y activa participación de ministro y fieles que «hay que tener en cuenta al reformar y fomentar la sagrada Liturgia» (SC 14).
l. Las directrices del Vaticano II
Los Padres del Concilio no estuvieron obsesionados por el pecado y la confesión: este último término, tan frecuente en los documentos de Trento, está incluso ausente en muchos textos publicados por el Vaticano II. El Concilio sitúa con justicia la penitencia junto con los otros sacramentos de la salvación, especialmente en su relación con el bautismo y la eucaristía. Esboza una teología y una pastoral de la reconciliación que serán felizmente desarrolladas en el Ritual. Sobre todo, recuerda de manera oportuna la dimensión social del pecado, así como la dimensión eclesial del sacramento: el pecador se reconcilia no sólo con Dios sino con toda la Iglesia a la que ha ofendido, y la Iglesia entera juega un papel, «por su caridad, su ejemplo y su oración» en la conversión y la reconciliación del pecador. Un vasto trabajo, programado de modo general, se confiaba a los que iban a elaborar un nuevo Ritual.
2. El "nuevo" Ritual
La preparación del nuevo Ritual de la penitencia se hizo en dos etapas: de 1966 a 1969, un grupo de trabajo elabora un proyecto que parece no responder suficientemente a las necesidades pastorales. En junio de 1972, la Congregación para la Doctrina de la Fe publicó Normas pastorales para la administración de la absolución sacramental general que abrían perspectivas muy nuevas y en la misma fecha se constituyó un nuevo grupo de trabajo, de orientación más bíblica y pastoral que presentó su proyecto en el otoño de 1973. El 2 de diciembre de 1973 fue promulgado el Ordo Paenitentiae que, obedeciendo al mandato conciliar, revisó el rito y las fórmulas «de manera que expresen más claramente la naturaleza y el efecto del sacramento» (SC 72).
El Ritual en español para México recibió el decreto confirmatorio de la Santa Sede a mediados de 1974, es publicada su primera edición en junio de 1975. Casi treinta años después -octubre de 2002-, la Comisión episcopal de Pastoral Litúrgica de México, publicó una nueva edición.
En esta segunda edición se conservó íntegro todo el material de la edición típica. Solamente se ha distribuido de tal manera que facilite llevar a cabo la celebración del Sacramento de la Penitencia, aprovechando mejor los textos opcionales, tan ricos y variados, que ofrece el capítulo IV del Ritual. Para eso, se escogieron algunos textos y se colocaron en el lugar correspondiente de las diversas celebraciones, dentro de recuadros que faciliten su uso. Los demás quedaron en el mismo capítulo IV.
En la edición anterior (1975), en este capítulo se encontraba el texto completo de todas las lecturas bíblicas que señala el Ritual como posible para la celebración del Sacramento, sobre todo en su segunda forma: "Reconciliación de muchos penitentes mediante confesión y absolución individual" (cap. II). No era fácil la elección. Por eso, se prefirió poner tan sólo la lista completa de las lecturas en el capítulo IV y colocar el Leccionario en la parte final del Ritual, con la ventaja de que en este Leccionario se ha incluido también el texto de las lecturas que se señalan dentro de los diversos esquemas para las celebraciones penitenciales que aparecen en el Apéndice II. Por cierto, además de las celebraciones penitenciales que ya aparecían en el primer Ritual, se ha añadido una especialmente apta para los niños que van a celebrar su primera Reconciliación.
El Apéndice III, "Guía para el examen de conciencia", ofrece nuevos y variados tipos de examen, por ejemplo, uno sobre "La Bienaventuranzas" y otro con "Sugerencias para un examen de conciencia desde el punto de vista de la dimensión social del pecado".
Todos estos materiales se incluyeron con el fin de que la pastoral y celebración del Sacramento de la Penitencia se lleve a cabo con mayor fruto.
Con este mismo fin, la Comisión episcopal de Pastoral Litúrgica preparó una "Orientaciones litúrgico-pastorales" que ayuden a todos los que han sido llamados por Dios a desempeñar mejor el ministerio de la Reconciliación.
II. CONTENIDO DEL RITUAL
Prenotandas
Capítulo I: Reconciliación de un solo penitente
Capítulo II: Reconciliación de muchos penitentes mediante confesión y absolución individual
Capítulo III: Reconciliación de muchos penitentes mediante confesión y absolución general
Capítulo IV: Diversos textos para la celebración de la reconciliación
Apéndices
Apéndice I: Absolución de censuras
Dispensa de irregularidades
Apéndice II: Esquemas de celebraciones penitenciales
Celebraciones penitenciales
l. PRENOTANDAS
El misterio de la reconciliación en la historia de la salvación
Nos ofrece una buena síntesis de la reconciliación, alargando la problemática más allá del sacramento mismo. El Padre siempre ha manifestado su diseño misericordioso (l). Los profetas insisten en el llamado a la conversión para la remisión de los pecados, este reclamo es más intenso en las palabras y en los hechos de Jesucristo. Perdonar los pecados con Cristo en su Iglesia es una actividad ejercida siempre por ésta, poder transmitido por Cristo a los apóstoles. Así, la remisión de los pecados y la reconciliación vienen realizadas en el bautismo, en la eucaristía y en la reconciliación (CONGREGACIÓN PARA EL CULTO DIVINO Y LA DISCIPLINA DE LOS SACRAMENTOS, Para redescubrir el Ritual de la Penitencia, Revista "Notitiae" Vol. 51 (2015), Cd. del Vaticano, 380-398).
1) La reconciliación de los penitentes en la vida de la Iglesia
En esta parte se nos recuerda que la Iglesia es santa, pero sus miembros son pecadores (3). Por eso la Iglesia practica la penitencia en su vida, en su liturgia y, particularmente en la reconciliación (4). Si la reconciliación viene realizada con Dios Padre, Hijo, Espíritu Santo, entonces también supone la reconciliación con los hermanos. Si todos los hombres son corresponsables de la culpa, ellos deben también cooperar en la penitencia y reconciliación (5).
Después de haber recordado las partes del sacramento de la reconciliación: contrición, confesión, satisfacción y absolución (6), el texto pone de relieve la dimensión trinitaria de la reconciliación. Es de notar que los Prenotandas tratan de la satisfacción antes de la absolución, poniendo así el orden ideal de las diversas partes del sacramento. Era necesario recordar la necesidad de la confesión por los pecados graves y su utilidad para los pecados veniales (7).
2) Oficios y ministerios en la reconciliación de los penitentes
Se pone de relieve el compromiso de toda la comunidad en la celebración de la penitencia, recordando que la Iglesia esta involucrada y actúa en la reconciliación (8). Pero el texto subraya justamente la responsabilidad del obispo en la remisión de los pecadores; los presbíteros actúan en comunión con el obispo (9). Se nota, en fin, aunque discretamente, cómo también el fiel "celebra" el sacramento (11).
3) Celebración del sacramento de la penitencia
Es la parte más extensa de los Prenotandas. En ella se menciona el lugar y el tiempo de la celebración (12-13); de la vestimenta propia del ministro (14); y de las diversas formas de celebrar el sacramento de la reconciliación.
Se presentan tres ritos distintos de este sacramento: "Reconciliación de un solo penitente" (15-21), "Reconciliación de muchos penitentes mediante confesión y absolución individual" (22-30) y "Reconciliación de muchos penitentes mediante confesión y absolución general" (31-35).
4) Celebraciones penitenciales
Describe las celebraciones penitenciales, mostrando la utilidad de éstas para la conversión y la purificación del corazón y para mantener en la contrición a aquellos que no pudiesen acercarse a un confesor en las regiones aisladas (36-37).
5) Adaptaciones del rito a las diferentes regiones y circunstancias
Adaptaciones que competen a las Conferencia Episcopales:
Establecer normas sobre la disciplina de la penitencia;
Determinar normas precisas sobre el lugar apto para las celebraciones ordinarias del sacramento y sobre la señal de arrepentimiento que deben externar los fieles en la absolución general;
Y, preparar una versión de los textos, verdaderamente acomodados a la índole y el lenguaje de cada nación; y también componer textos para las oraciones, tanto de los fieles como del ministro (38).
Adaptaciones que corresponden al obispo diocesano:
-dirigir en su diócesis la disciplina de la penitencia;
-y determinar, en diálogo con los demás obispos de la Conferencia Episcopal, cuando es lícito impartir la absolución sacramental general (39).
Adaptaciones que corresponden al ministro, especialmente a los párrocos:
-adaptar el rito de la reconciliación a la situación concreta de los penitentes, sin cambiar la estructura esencial y la formula íntegra de la absolución,
-escoger las lecturas y oraciones,
-determinar el sitio más apropiado para la celebración,
-preparar y proponer durante al año celebraciones penitenciales comunitarias,
-y, en caso de grave necesidad y en la imposibilidad de recurrir al obispo, dar la absolución colectiva, con la obligación de informar lo antes posible al Ordinario (40).
2. LAS TRES FORMAS CELEBRATIVAS DE LA PENITENCIA
Las tres formas celebrativas han sido frecuentemente estudiadas, por ello solamente ofreceremos un breve análisis y, sobre todo, las reflexiones teológicas y litúrgicas que de ellas emergen. No se puede hacer una crítica unilateral a los esfuerzos realizados en la creación de los tres rituales de la penitencia. Sin embargo es necesario darnos cuenta objetivamente de los problemas que tienen en su aplicación.
Si observamos las tres formas celebrativas, en su conjunto, hay que hacer notar lo siguiente:
+ El intento de restablecer la unidad entre Palabra y sacramento.
+ La intervención, al menos parcial, de la comunidad eclesial.
+ La presentación de un formulario de absolución dogmáticamente más rico, y que corrige el aspecto jurídico.
Ninguna de las tres celebraciones todavía está verdadera y suficientemente adaptada a las circunstancias presentes.
Primera forma celebrativa, la de la reconciliación de un solo penitente, no se realiza fácilmente: comporta un contacto humano y espiritual y un diálogo, une al sacramento una breve liturgia de la Palabra; pero le falta la visibilidad de la comunidad, sobre todo difícilmente se puede realizar en una parroquia o con un grupo de personas que se presentan al mismo tiempo, esto hace imposible la práctica prevista por el ritual.
Segunda forma celebrativa, acentúa la preparación comunitaria a la confesión, algo que no tiene ninguna base en la tradición pero que constituye un verdadero enriquecimiento. Pero en el momento en el cual el ritual debiera acentuar el aspecto comunitario del sacramento, la absolución, sin el permiso del ordinario, permanece individual. Es comunitaria sólo la preparación al sacramento, mientras el sacramento mismo permanece visiblemente individual.
Tercera forma celebrativa, la absolución sin previa confesión, no tiene ningún apoyo tradicional, por el hecho de que en la antigüedad la absolución se consideraba como el coronamiento de la conversión. En este rito, al contrario, la absolución está puesta en un plano jurídico, sin ningún control sobre el modo en que el penitente intenta convertirse.
Después de este repaso muy general pasamos al examen de cada uno de los tres rituales.
1) Primera forma celebrativa: "Reconciliación de un solo penitente"
Notamos que, en el Ordo Paenitentiae (OP), este rito es mencionado en primer lugar, se trata del modo más normal de celebrar la penitencia. El ritual comporta un rito de acogida al penitente que desemboca en una liturgia de la Palabra, ésta, a su vez, prepara la confesión de las culpas. El confesor, después de algunas palabras de exhortación y de imponer la penitencia, da la absolución; después juntos, confesor y penitente celebran una acción de gracias por la remisión de los pecados.
Es un ritual bastante sencillo, con un orden claro y fácil de seguir. Como se puede ver por la experiencia se puede llevar a la práctica cuando es reducido el número de personas que se presentan a confesar. Es más bien un ritual reservado cuando un penitente se presenta solo.
Recepción del penitente
Esta parte está formada por tres elementos:
- un gesto amable de recepción;
- la señal de la cruz acompañada de la fórmula: «En el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo», y
- una monición invitando a la confianza en Dios (Nada de esto figuraba en el Ritual anterior (de Paulo V), en donde el rito de la penitencia se reducía a unas rúbricas previas, la recitación del "Confietor" y la fórmula de absolución. Tit. IV, caps. 1 y 2).
Se proponen varias fórmulas de recepción. Se trata de crear un contacto celebrativo entre confesor y penitente. El rito de acogida es concebido como una breve exhortación a la fe en la misericordia de Dios. Para la elección de las fórmulas de recepción propuestas por el ritual se necesita tener en cuenta la mentalidad del penitente (A propósito de estas palabras de recepción, existe la costumbre de utilizar la jaculatoria "Ave María purísima", el P. Pere Farnés, comenta lo siguiente: «pensamos que no conviene continuar usando la jaculatoria "Ave María purísima", al inicio de la confesión. El motivo es muy simple: ésta es una frase que no tiene nada que ver con el sacramento de la penitencia; si se dice rutinariamente no significa nada y si se hace el esfuerzo de atender su significado se distrae la atención del penitente con algo totalmente ajeno al encuentro penitencial con Dios ...». (FARNES, P., Las gestas litúrgicas en la celebración de la penitencia, en: DOSSIERS CPL 55, «La celebración de la penitencia», Centre de Pastoral Litúrgica, Barcelona 1992, 30. ).
Liturgia de la Palabra
Esta manifiesta la intención de introducir la Palabra de Dios en la celebración del sacramento. Se puede decir que la confesión privada quiere ser una verdadera celebración. Este aspecto celebrativo de la penitencia debe ser objeto de una asidua pastoral. Las lecturas son abundantes y apropiadas (Para este primer rito los textos que se proponen son en total 14.), pero no exhaustivas. La elección de lecturas la hace o el confesor o el penitente.
Confesión de las pecadas y aceptación de la satisfacción
La confesión de los pecados es el primero de los gestos sacramentales imprescindibles que hace el pecador que celebra la penitencia. Se trata de un gesto simbólico muy importante y expresivo al que hay que dar toda su significatividad sacramental. En esta confesión sacramental no se trata de explicar los detalles de la propia vida con sus defectos y cualidades para que el sacerdote aconseje (defecto de un gran número de confesiones), sino de reconocer humildemente las faltas y abrir nuestro corazón al ministro de Dios (confesar dichas faltas) a la luz de la misericordia de Dios.
La satisfacción o "penitencia" es fundamentalmente un gesto con el que el pecador simboliza e inaugura su "conversión" o cambio de vida (cf. Prenatandas, 6c). Del simbolismo que tiene la satisfacción se desprenden las cualidades que deben tener las obras penitenciales. Hay que procurar que se traten de acciones que de verdad "signifiquen" que el pecador quiere cambiar de vida y que desea seguir una conducta contraria a la que acaba de manifestar en su confesión. Como "penitencia", pues, se ha de buscar algo que exprese el cambio de vida y fortalezca al pecador en su camino de conversión (cf. Prenatandas, n. 18).
Oración del penitente y absolución del sacerdote
Esta oración que debe recitar el penitente para manifestar la propia contrición es importante, ya que la absolución no es una fórmula mágica, ya lo subrayaba el concilio de Trento, y exigía para la absolución la contrición. En el ritual se presentan a elección ciertas fórmulas de penitencia, es evidente que estas fórmulas no son exhaustivas. Es importante provocar una afirmación espontánea, que exprese la contrición, esto para evitar una memorización que pueda hacer artificial la afirmación del arrepentimiento.
Sigue la absolución la cual no debe hacerse en el mismo momento en el que el penitente expresa el acto de dolor, sino después. La fórmula de absolución es nueva, es un texto que expresa muy bien el misterio de la reconciliación cristiana que se lleva cabo a través del sacramento. Es importante estudiarla, aunque sea brevemente.
Esta fórmula tiene dos partes. Una es la invocación suplicatoria, deseando sobre el penitente el perdón divino: Dios... te conceda el perdón y la paz. En la segunda sección, que en el Ritual viene escrita con letras mayúsculas, el estilo no es oracional, invocativo, sino una declaración resolutiva de quien tiene autoridad y potestad para declarar eficazmente con el efecto consiguiente. De nuevo encontramos aquí la mención trinitaria.
Finalmente, la fórmula absolutoria tiene una recepción de parte del penitente, que se expresa por el Amén.
El sentido de la fórmula de absolución según el Ritual (Cf. Ritual de la Penitencia (1975): Advertencias, n. 19):
• significa cómo la reconciliación del penitente tiene su origen en la misericordia de Dios Padre;
• muestra el nexo entre la reconciliación del pecador y el Misterio Pascual de Cristo;
• subraya la intervención del Espíritu Santo en el perdón de los pecados;
• y, por último, ilumina el aspecto eclesial del Sacramento, ya que la reconciliación con Dios se pide y se otorga por el ministerio de la Iglesia.
Es importante para nosotros el resaltar el primer elemento de la fórmula de absolución: Dios, Padre misericordioso. En ella el sujeto es Dios, Padre misericordioso. Toda la salvación tiene su origen en el Padre; de él procede la iniciativa, que la realiza en Cristo Jesús por y con el Espíritu.
Las palabras «Dios, Padre misericordioso» (Deus, Pater misericordiarum) proceden de 2Cor 1, 3: «¡Bendito sea Dios, Padre de nuestro Señor Jesucristo, Padre de las misericordias y Dios de todo consuelo ...!»( Estas misericordias de Dios Padre nos traen el recuerdo del Sal 88. Nos evocan igualmente el texto de Núm. 14, 18; cf. también Sal 102, 8; Ex 34,6. ). El Dios predicado por Jesús y puesto a la imitación de los hijos es el Padre misericordioso (cf. Lc 6, 36).
Este Padre misericordioso es el que ha reconciliado al mundo consigo en el Hijo. De nuevo la segunda carta a los Corintios nos orientan en la interpretación de la fórmula: «Y todo proviene de Dios, que nos reconcilió consigo por Cristo y nos confió el ministerio de la reconciliación. Porque en Cristo estaba Dios reconciliando al mundo consigo...» (2Cor
5, 18-19).
El final de la fórmula fue introducido en un segundo tiempo y retoma la formula Ego te absolvo ("Yo te absuelvo"), utilizada en los tiempos de la Reforma para reafirmar el "poder de las llaves", pero rompe la unidad de la oración de absolución. La fórmula de absolución, en su primera parte deprecativa, es, por tanto, muy rica.
Es importante para la pastoral el que el penitente pueda escuchar la fórmula de absolución, ésta debe ser pronunciada en el momento en que el confesor, impone las manos sobre el penitente. Por eso el acto de dolor debe hacerse antes que el confesor pronuncie sobre el penitente la absolución.
Acción de gracias
Este rito debe ayudar a vivir la penitencia sobre todo como don de Dios. Esta parte puede revestir o bien el matiz de acción de gracias, o bien tener el carácter de oración conclusiva en la que pide se incorpore el misterio de Cristo y las acciones futuras del penitente en su posterior vida de conversión o bien consiste en una simple fórmula de despedida que mira a la futura vida del pecador absuelto.
2) Segunda forma celebrativa: "Reconciliación de muchos penitentes mediante confesión y absolución individual"
El segundo ritual quiere realizar un Ordo Paenitentiae desde una visión eclesial. La preparación a la confesión y al sacramento se realiza por una liturgia de la Palabra y un examen de conciencia. Este ritual no tiene ningún apoyo en la tradición, pero se trata de un real enriquecimiento. En el pasado de la Iglesia, el pecador tenía la liturgia cuaresmal que lo preparaba a la reconciliación del jueves santo, circundada por la comunidad. Aquí se ha intentado realizar una preparación comunitaria inmediata. Todavía el verdadero centro de la celebración, sobre la cual ha de ser puesto el acento comunitario, según la decisión de la Sagrada Congregación de la Fe, es realizado en privado: cada penitente debe recibir la absolución en privado. Hay pues una recaída en la celebración privada del sacramento de la penitencia. La absolución comunitaria, a todos aquellos que se han confesado, depende del ordinario del lugar. Los motivos que han provocado esta decisión no los sabemos ya que no ha sido dado ningún motivo. Es posible que haya sido el miedo que los penitentes no preparados se crean absueltos por la absolución recibida por todos.
El segundo ritual es idéntico al primero, pero realizado con mayor amplitud, en medio de una comunidad visible. La ejecución de este ritual pone también un problema práctico.
¿Cómo realizarlo sin haber podido asegurarse la presencia de muchos confesores, según el número de fieles que quieren participar del sacramento? Sin la presencia de estos confesores la celebración corre el peligro de ser muy larga. Una celebración así está condenada a realizarse raramente en las parroquias como la mayoría de las nuestras.
Quizá se puede proponer, sin atentar a la intención del ritual, dividir la celebración. La primera parte, preparación común, se haría dentro de la Iglesia, terminaría con el examen de conciencia. Se deja un poco de tiempo libre para quien quiera confesarse. Este tiempo podría extenderse a varios días; luego, después de la confesión y, según las prescripciones, la absolución individual (a menos que la comunidad haya recibido el permiso de la absolución en grupo), la comunidad se reúne para dar gracias, última parte del ritual.
3) La tercera forma celebrativa: Reconciliación de muchos penitentes mediante confesión y absolución general
La tercera forma celebrativa que prevé la absolución sin la confesión previa, no tiene ningún apoyo tradicional, excepto en el caso de peligro de muerte.
Esta forma de reconciliación no sólo realiza en común la celebración de la Palabra y la oración, sino también la confesión y la absolución. Dicha forma presenta unos valores interesantes: ante todo, la manifestación más clara de la eclesialidad del proceso de conversión y perdón; una estructura más celebrativa; la facilidad que ofrece para que en las ocasiones en que sería imposible atender a tantos fieles, puedan estos celebrar el sacramento y reconciliarse con Dios y con la Iglesia; también pone de manifiesto que la iniciativa de todo el camino de la reconciliación es Dios; y, finalmente, la fórmula de la absolución es más solemne: parece como si se hubiera reservado para esta forma comunitaria (la que menos se utiliza) la expresión más clara del sentido de la absolución.
Nos encontramos aquí ante la presencia de una óptica nueva, sin duda útil, quizá necesaria del sacramento de la reconciliación, pero que corre el peligro de acentuar una mentalidad un poco jurídica y mecánica del sacramento. En efecto, el acento está puesto sobre todo, en la absolución, mucho más que sobre la conversión.
Necesitamos reconocer que la Iglesia contemporánea tiene de frente situaciones nuevas, que antes no se habían presentado. Esta posibilidad de la absolución general lleva consigo la apertura de otras posibilidades.
CONCLUSIÓN
El Ritual de la Penitencia, a mi modo de ver, expresa en casi todos sus elementos la misericordia de Dios, de manera muy clara en la fórmula de la absolución, como también en varios textos de la escritura. Sin embargo, tengo la sensación de que al momento de hacer celebración esta misericordia de Dios se ve oscurecida por la actitud con la que se acerca el penitente al Sacramento, como también la actitud del ministro.
Por lo general el penitente que se acerca al Sacramento de la reconciliación buscando una "confesión" de sus pecados entendiendo por esto un descargar de sus hombros un peso, o quitarse de encima un "castigo" divino. Para el penitente lo más importante en la celebración es "su confesión" (Esta actitud se entiende, ya que durante muchos siglos la "confesión" de los pecados ha ocupado, especialmente en la Iglesia latina toda la perspectiva del sacramento de la reconciliación. Incluso el nombre: el sacramento de la confesión, todavía se dice. Y el ministro el llamado "confesor". Ahora bien, la confesión, aunque forma parte de los elementos necesarios para el sacramento, no es, como tal, el más importante). El Ritual de Pablo VI, como hemos visto, intenta corregir este aspecto, con la lectura, la oración previa a la absolución y la acción de gracias. Pero, como decíamos antes, ninguno de estos elementos han sido introducidos en la práctica. Con lo cual, continúa el problema de una celebración consistente en una "confesión" en solitario ("voy a decir mis pecados al sacerdote"), y continúa la imagen de un Dios "perdona vidas", sobre la imagen de un Dios misericordioso, origen de todo perdón.
En cuanto a la actitud del sacerdote, me pregunto ¿da la imagen de un "ministro de la reconciliación" o bien la de un "confesor"? Cuando nos sentamos en la sede del sacramento de la penitencia, ¿nos disponemos a "oír confesiones" o a "concelebrar la reconciliación con los penitentes" que se acercan? Esta última frase es del Ritual de la Penitencia de Pablo VI: «el fiel, experimentando y proclamando en su vida la misericordia de Dios, celebra junto con el sacerdote la liturgia de la Iglesia, que continuamente trabaja en su renovación» (n. 11).
En este número de alguna manera, interpreto que también las actitudes del sacerdote en el momento de celebrar la reconciliación, debe ayudar al penitente a "experimentar y proclamar en su vida la misericordia de Dios". Ciertamente que en muchas ocasiones las prisas nos ganan, que el número de fieles que se acercan sobrepasan el tiempo que damos a la celebración de este sacramento, a veces el cansancio o los problemas, etc. no nos disponen convenientemente para la celebración. Pero esto no debe eximirnos a hacer un esfuerzo por celebrar dignamente este sacramento: recibir y despedir al penitente con amabilidad (no con regaños), cuando haya tiempo seguir las diversas partes del Ritual, decir pausada y claramente las palabras de la absolución, que el lugar de la celebración sea acogedor, etc. De esta manera, hacer de la celebración de la Reconciliación, también para nosotros un encuentro con el Dios de las misericordias.
Concluyo esta presentación citando la Bula de convocación del Jubileo ordinario del Año 2025, Spes non confundit, del Papa Francisco:
«El sacramento de la Penitencia nos asegura que Dios quita nuestros pecados. Resuenan con su carga de consuelo las palabras del Salmo: «Él perdona todas tus culpas y cura todas tus dolencias; rescata tu vida del sepulcro, te corona de amor y de ternura. […] El Señor es bondadoso y compasivo, lento para enojarse y de gran misericordia; […] no nos trata según nuestros pecados ni nos paga conforme a nuestras culpas. Cuanto se alza el cielo sobre la tierra, así de inmenso es su amor por los que lo temen; cuanto dista el oriente del occidente, así aparta de nosotros nuestros pecados» (Sal 103,3-4.8.10-12).
La Reconciliación sacramental no es sólo una hermosa oportunidad espiritual, sino que representa un paso decisivo, esencial e irrenunciable para el camino de fe de cada uno. En ella permitimos que Señor destruya nuestros pecados, que sane nuestros corazones, que nos levante y nos abrace, que nos muestre su rostro tierno y compasivo. No hay mejor manera de conocer a Dios que dejándonos reconciliar con Él (cf. 2 Co 5,20), experimentando su perdón. Por eso, no renunciemos a la Confesión, sino redescubramos la belleza del sacramento de la sanación y la alegría, la belleza del perdón de los pecados» (n. 23).
SOMELIT
Pbro. Lic. Felipe de Jesús de León Ojeda
San Juan de los Lagos, Jal.
20 de agosto de 2024