Baremación

En caso de empate las listas se ordenarán con el siguiente criterio:

  • Para ordenar el primer apellido se extraen las letras: Q U (en este orden)

  • Para ordenar el segundo apellido, y que se aplicarán cuando exista coincidencia con el primero, se extraen las letras: O O

  • En caso de no existir segundo apellido se entenderá que comienza por: A A

(http://www.ceice.gva.es/documents/162640623/169535023/INFORMACI%C3%93N_resultado_sorteo_cs_1_firmado.pdf/4155511e-0adc-491c-a109-59affaeacaf4)

DOCUMENTACIÓN A APORTAR PARA JUSTIFICAR LA BAREMACIÓN


  • Todos

  • Fotocopias de Documentos de identidad.

  • Fotocopias del libro de familia o Certificado de inscripción de nacimiento en el Registro Civil.


  • Justificación de Criterios de Baremación

    • Hermanos en el Centro: Lo acreditará el órgano competente del Centro.

    • Domicilio Familiar: DNI y recibo reciente de agua, luz, teléfono o contrato de alquiler (contrato + modelo 805 o 806 de depósito de fianza) coincidentes en titular y dirección. En caso de no coincidir se debe aportar además certificado del padrón.

    • Domicilio laboral por cuenta ajena: Certificado de empresa que acredite la relación laboral y domicilio del centro de trabajo.

    • Domicilio laboral por cuenta propia: Declaración Censal de Alta, Modificación y Baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores (modelo 036 o 037).

    • Trabajadores del Centro: Se acreditará por la dirección o titularidad del Centro.

    • Renta: Cumplimentar anexo VI.

    • Discapacidad: Certificado o tarjeta acreditativa emitidos por la Conselleria de Bienestar Social.

    • Familia numerosa: Título oficial de familia numerosa.

    • Familia monoparental: Título oficial de familia monoparental.