1. Para ser admitido en estas enseñanzas de Formación Profesional, será necesario reunir los requisitos de edad especificados en cada una de las modalidades y los requisitos académicos exigidos por el ordenamiento jurídico vigente para el nivel del Certificado Profesional al que se pretende acceder.
2. De acuerdo con el artículo 75 del del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, podrán solicitar admisión a un Certificado Profesional las personas que cumplan con las siguientes condiciones de acceso durante el período de presentación de solicitudes.
3. Para un Certificado Profesional de Nivel 3, se requiere el título de Técnico o Técnico Superior, de Bachiller o equivalente a efectos de acceso, un Certificado Profesional de Nivel 3, un Certificado de Competencia incluido en la oferta a realizar, o un Certificado Profesional de Nivel 2 de la misma familia profesional. Además, se considerará equivalente para dicho acceso el cumplimiento de alguno de los siguientes requisitos:
Haber superado un curso de formación específico preparatorio para el acceso a ciclos formativos de Grado Superior en centros públicos o privados autorizados por la Administración Educativa.
Haber superado una prueba de acceso a ciclos formativos de Grado Superior.
Estar en posesión del título de Técnico.
Estar en posesión de un Certificado de Profesionalidad de Nivel 3.
Tener superada prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años y/o de 45 años.
Tener superados los estudios conducentes al título de Bachiller regulado por la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa.
Tener acreditada mediante certificación académica la superación de todas las asignaturas conducentes a la obtención del título de Bachiller regulado por la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, tras la finalización del tercer curso de dichas enseñanzas.
Tener acreditadas las competencias clave necesarias, de acuerdo con lo recogido en el anexo IV del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, para cursar con aprovechamiento la formación correspondiente al certificado de profesionalidad.
Información extraída de la Circular 10/2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para cursar certificados profesionales en modalidades ordinaria y dirigidas a personas con necesidades educativas o formativas especiales, presencial completa en centros públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.