El derecho a la prohibición de la tortura es un principio fundamental que reconoce que todas las personas tienen derecho a ser tratadas con dignidad y respeto, y a no ser sometidas a ningún tipo de tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Este derecho está consagrado en varios instrumentos internacionales de derechos humanos, como la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
Esta prohibición contiene:
Prohibición absoluta: La tortura está prohibida en todas las circunstancias y en cualquier lugar, sin excepción alguna. No se puede justificar bajo ninguna circunstancia, incluyendo en tiempos de guerra, emergencia o amenaza a la seguridad nacional.
Derecho a la integridad física y mental: Todas las personas tienen derecho a la integridad física y mental, el derecho a no ser sometidas a tratos crueles, inhumanos o degradantes que causen sufrimiento físico o psicológico.
Prohibición de la impunidad: Los Estados tienen la obligación de investigar, procesar y sancionar a los responsables de cometer actos de tortura o malos tratos, así como de garantizar la reparación integral a las víctimas.
Protección contra la extradición o expulsión: Los Estados tienen la obligación de no extraditar, expulsar o entregar a una persona a otro Estado donde exista un riesgo fundado de que pueda ser sometida a tortura u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Acceso a la justicia y a la asistencia legal: Las personas tienen derecho a acceder a la justicia y a recibir asistencia legal adecuada para denunciar casos de tortura o malos tratos, así como para obtener reparación y rehabilitación en caso de ser víctimas de tales actos.
La prohibición de la tortura es un principio fundamental que garantiza el respeto de la dignidad humana y la protección contra cualquier forma de tratamiento cruel, inhumano o degradante. Garantizar este derecho implica adoptar políticas y medidas que promuevan la prevención, la investigación, el procesamiento y la sanción de actos de tortura, así como la protección y la reparación integral a las víctimas.