¿Qué es?
Es la Unidad Administrativa adscrita a la DDHQ, que cuenta con autonomía técnica y de gestión en la toma de decisiones, su titular y unidades administrativas les corresponden promover, evaluar y fortalecer el buen funcionamiento de la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro, a través de un sistema de prevención, vigilancia, control interno; así como la aplicación y cumplimiento de las disposiciones de la Ley del Sistema Nacional Anticorrupción, la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción, la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Querétaro y demás legislación aplicable en materia de responsabilidades administrativas de personas servidoras públicas, adscritas a la DDHQ.
Estructura Orgánica
El OIC, de conformidad con el artículo 45 del Reglamento Interior de la DDHQ, publicado el día 30 de septiembre de 2022, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”, se conformará orgánicamente de la siguiente manera:
Funciones
Verificar el cumplimiento de las personas servidoras púbicas adscritas a la DDHQ con respecto a:
Declaración de Situación Patrimonial y de Intereses
La declaración de situación patrimonial y de intereses deberá presentarse dentro de los 60 días naturales siguientes a la toma de posesión por primera vez del encargo (inicial).
Del reingreso al servicio público después de 60 días naturales de la conclusión de su último encargo.
Declaración de modificación patrimonial, durante el mes de mayo de cada año.
Declaración de conclusión del encargo, dentro de los 60 días naturales siguientes a la conclusión.
En caso de cambio de dependencia o entidad en el mismo orden de gobierno, únicamente se dará aviso de dicha situación y no será necesario presentar la declaración de conclusión.
Es importante seleccionar el nivel de encargo que corresponda a tu empleo, cargo o comisión, para presentar la Declaración de acuerdo a los siguientes supuestos:
Inferior a Jefe de Departamento presentar Declaración Simplificada.
Jefe de Departamento o superior presentar Declaración Completa.
De conformidad con lo establecido en los artículos 32, 33, fracción II y 34 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y; 25, 26, 28, 32, 33 y 34 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Querétaro, relacionados con la obligación de todas las personas servidoras públicas de presentar declaración de situación patrimonial y de intereses, y a efecto de dar cumplimiento al artículo 49, fracción I de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.
Plataforma DeclaraNet Querétaro
Entrega - Recepción
Las personas servidoras públicas titulares, jefes de departamento o su equivalente o las que por la naturaleza e importancia de sus funciones desempeñada, al término e inicio de su empleo, cargo o comisión, deben informar el estado en que están los asuntos, recursos humanos, materiales, financieros, registros, archivos y documentación e información de carácter oficial que estuvieron bajo su responsabilidad (FUM´S) y cargarla de manera actualizada al Sistema de Entrega Recepción (SER), dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes contados a partir de la baja de la persona servidora pública Saliente, proceso que es supervisado por el OIC
Investigación, substanciación y resolución de procedimientos de responsabilidad administrativa
El procedimiento de Responsabilidad Administrativa es aquel que se sigue en contra de personas servidoras públicas adscritas a la DDHQ, que incurran en actos u omisiones que contravengan disposiciones legales en términos de la LGRA; inicia con la Denuncia o Queja, misma que cumpliendo requisitos legales mínimos (nombre y apellido del denunciante, salvo que se presente de forma anónima, dirección, teléfono, correo electrónico, para su localización en caso de que se deban realizar notificaciones; nombre del servidor público presunto responsable, cargo o dependencia a la que pertenece, que en el caso del presente organismo constitucional autónomo, será la DDHQ; narración sucinta y breve de hechos, indicando circunstancias de modo, tiempo y lugar, pruebas, firma del denunciante); será turnada para el inicio del Procedimiento de Investigación, a la Unidad Investigadora, la que se encargará de llevar a cabo todas las líneas de investigación que procedan a fin de determinar conductas posiblemente irregulares, cometidas por personas servidoras públicas adscritas a la DDHQ; o en su defecto, el archivo y conclusión del cuaderno de investigación iniciado por no encontrarse debidamente acreditada la posible falta administrativa atribuida a la persona servidora pública.
Para el caso de acreditarse la presunta responsabilidad de la persona servidora pública, emitirá Informe de Presunta Responsabilidad a la Unidad Substanciadora y Resoluta, misma que después de desahogar el procedimiento de Responsabilidad Administrativa en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, emitirá resolución en la cual determinará la sanción que en su caso, corresponda.
Normatividad
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro
Ley Federal del Trabajo
Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Querétaro
Ley General de Transparencia y Acceso a la Información
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Querétaro
Ley de Procedimiento Contencioso Administrativo del Estado de Querétaro
Ley de Archivos del Estado de Querétaro
Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Querétaro
Lineamientos para la Entrega Recepción Administrativa del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro
Código de Ética y de Conducta de la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro
Reglamento Interior de la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro
Reglamento interno del Servicio Civil de Carrera de la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro.
Política de Igualdad y No Discriminación de la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro
Descargar Formato de quejas y denuncias:
Directorio
Lic. Alejandra Pérez Uribe
Titular del Órgano Interno de Control
Tel. 442 135 38 71; 442 214 60 07; 442 214 55 04; 442 212 54 91; 442 193 87 36; 442 193 86 98 y 442 224 00 72 Ext. 204
Dirección electrónica: alejandra.perez@ddhqro.org
Lic. Cristhian Ma. Eugenia Ponce González
Subjefa de la Unidad Substanciadora y Resolutora
Tel. 44-22-14-08-37 y 44-22-14-60-07 Ext. 201
Dirección electrónica: eugenia.ponce@ddhqro.org
Lic. Jesús Pantoja Garibay
Subjefe de la Unidad Investigador de la Unidad Investigadora
Tel. 44-22-14-08-37 y 44-22-14-60-07 Ext. 201
Dirección electrónica: jesus.pantoja@ddhqro.org