· Los compromisos serán suscritos por las familias, maestros/as tutores/as y el director/a anualmente. Dichos documentos (Anexo VI) serán revisados cada año al comienzo de curso o finalizado el mismo; con objeto de recoger las diversas situaciones que puedan surgir y no estén reflejadas en los compromisos.
· Los compromisos se firmarán en reunión celebrada con las familias en el mes de septiembre, o en su caso lo antes posible. En dicha sesión de tutoría se informará del contenido de los documentos y de la importancia de la participación de las familias en el proceso educativo.
· Una vez firmados se entregará copia de dichos compromisos a las familias.
· Para asegurar que las familias conservan en todo momento copia de los acuerdos adoptados, se puede adjuntar dicho documento en las agendas escolares de sus hijos/as.
· Así mismo en las reuniones periódicas mantenidas con las familias se recordará el contenido de los compromisos suscritos, haciendo hincapié los puntos no respetados., informando al equipo directivo de cualquier incidencia significativa.
· Los compromisos firmados por las partes serán custodiados por la tutoría del grupo; después se adjuntarán a los respectivos expedientes del alumnado, y custodiados en la Secretaría del Centro.
Protocolo de actuación
El tutor o tutora podrá suscribir un Compromiso de Convivencia/ Educativo por iniciativa propia (o sugerida por el equipo educativo) o por iniciativa de la familia. El tutor o tutora dará traslado al director o directora y/o la jefatura de estudios, de cualquier propuesta, con carácter previo a la suscripción del Compromiso, para que éste verifique el cumplimiento de las condiciones previstas en el Plan de convivencia del centro. Una vez verificadas las condiciones, el director o directora autorizará al tutor o tutora para que lo suscriba.
En los Compromisos de Convivencia/ Educativose establecerán las medidas y objetivos concretos que se acuerden para superar la situación de rechazo escolar que presenta el alumnado, las obligaciones que asume cada una de las partes y la fecha y los cauces de evaluación de esta medida. Asimismo, deberá quedar constancia de la posibilidad de modificar el Compromiso, en caso de incumplimiento por alguna de las partes o de que las medidas adoptadas no den el resultado esperado.
Una vez suscrito el Compromiso de Convivencia/ Educativo, el tutor o tutora dará traslado del mismo al equipo educativo y al director o directora, quien lo comunicará a la Comisión de Convivencia. Cada profesor o profesora valorará el comportamiento, positivo o negativo, del alumno o alumna durante su hora de clase, además podrá realizar las observaciones que considere oportunas y dará traslado de todo ello al tutor o tutora. En los plazos establecidos en el Compromiso, el tutor o tutora analizará, la evolución del alumno o alumna conjuntamente con la familia, reforzando positivamente el cumplimiento del Compromiso, o cualquier mejora, por leve que sea, e implicando a las familias en todo el proceso.
Se mantendrán reuniones y otros contactos con la periodicidad que se acuerde con los padres y madres del alumnado implicado, para informarles de la evolución de su hijo o hija en el centro, conocer los avances realizados en los compromisos adquiridos por la familia. De esto quedará constancia escrita y el tutor o tutora lo comunicará al Equipo Docente o director/a para su traslado a la Comisión de Convivencia, que deberá realizar el seguimiento del proceso y evaluarlo.
Las familias del alumnado que presente problemas de conducta y de aceptación de las normas escolares podrán suscribir con el centro docente un Compromiso de Convivencia, con objeto de establecer mecanismos de coordinación con el profesorado y otros profesionales que atienden al alumno o alumna y de colaborar en la aplicación de medidas que se propongan, tanto en el tiempo escolar como en el tiempo extraescolar, para superar esta situación.
El Consejo Escolar, a través de la Comisión de Convivencia, realizará el seguimiento de los Compromisos de Convivencia suscritos en el centro para garantizar su efectividad y proponer la adopción de medidas e iniciativas en caso de incumplimiento. La Administración Educativa establecerá mediante Orden la regulación de esta medida, que podrá suscribirse en cualquier momento del curso.
Anexos VI: COMPROMISO EDUCATIVO y COMPROMISO DE CONVIVENCIA