En una sociedad como la actual donde los cambios se producen de manera continua y sistemática, el profesorado debe contar con una actualización permanente que le permita ir adaptándose e incorporar las novedades que se produzcan o repercutan en el mundo de la educación.
La normativa de referencia para el desarrollo de este apartado será el Decreto 93/2013, de 27 de agosto, por el que se regula la Formación Inicial y Permanente del Profesorado en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado y la Orden de 31 de julio de 2014 por la que se aprueba el III Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado.
Además El artículo 102 de la LOMCE dice textualmente, con respecto a la formación del profesorado:
§ La formación permanente constituye un derecho y una obligación de todo el profesorado y una responsabilidad de las Administraciones educativas y de los propios centros.
§ Los programas de formación permanente, deberán contemplar la adecuación de los conocimientos y métodos a la evolución de las ciencias y de las didácticas específicas, así como todos aquellos aspectos de coordinación, orientación, tutoría, atención educativa a la diversidad y organización encaminados a mejorar la calidad de la enseñanza y el funcionamiento de los centros. Asimismo, deberán incluir formación específica en materia de igualdad en los términos establecidos en el artículo siete de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
§ Las Administraciones educativas promoverán la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación y la formación en lenguas extranjeras de todo el profesorado, independientemente de su especialidad, estableciendo programas específicos de formación en este ámbito. Igualmente, les correspondefomentarprogramas de investigación e innovación.
§ El Ministerio de Educación y Ciencia podrá ofrecer programas de formación permanente de carácter estatal, dirigidos a profesores de todas las enseñanzas reguladas en la presente Ley y establecer, a tal efecto, los convenios oportunos con las instituciones correspondientes.
El artículo 103 de la LOMCE dice textualmente, con respecto a la formación del profesorado:
· Las Administraciones educativas planificarán las actividades de formación del profesorado, garantizarán una oferta diversificada y gratuita de estas actividades y establecerán las medidas oportunas para favorecer la participación del profesorado en ellas. Asimismo, les corresponde facilitar el acceso de los profesores a titulaciones que permitan la movilidad entre las distintas enseñanzas, incluidas las universitarias, mediante los acuerdos oportunos con las universidades.
· El Ministerio de Educación y Ciencia, en colaboración con las Comunidades Autónomas, favorecerá la movilidad internacional de los docentes, los intercambios puesto a puesto y las estancias en otros países.
Este Plan ha de emanar de las propuestas de mejora de la memoria de autoevaluación, y ha de configurarse como parte del Plan de Mejora para el siguiente curso escolar. Al igual que la memoria de autoevaluación, el Plan de formación del profesorado ha de fundamentarse en evidencias tales como:
§ Identidad del centro evidenciada en sus finalidades educativas y en su historial de formación.
§ Informe de resultados sobre Indicadores homologados disponibles en Séneca y aportados por la AGAEVE. En según qué casos, este informe aportará datos detallados de la evolución en los últimos años.
§ Posibles informes de otras evaluaciones externas en las que el centro haya participado.
Resultados de la evaluación interna a partir del análisis realizado por los equipos docentes, referida a los rendimientos escolares del alumnado.
§ Estudio comparativo entre las evaluaciones internas y externas.
§ Posibles planes y programas que se estén implementando en el centro educativo.
Pero además de estas necesidades que surgen de la práctica educativa, también podemos considerar otros aspectos relevantes como:
§ Las investigaciones que en educación aporte la comunidad científica.
§ Las innovaciones tecnológicas o psicopedagógicas que se van produciendo.
§ Las novedades legislativas y curriculares.
§ Las necesidades derivadas del contexto o de las características propias del centro.
El propio perfil o desarrollo profesional del profesorado.
El artículo 52.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía atribuye a la Comunidad Autónoma, como competencia exclusiva en materia de enseñanza no universitaria, la formación del personal docente, de los demás profesionales de la educación y la aprobación de las directrices de actuación en materia de recursos humanos.
El centro es la unidad básica de cambio, innovación y mejora. Por ello, se otorga un papel especialmente relevante a la formación en centros y a la autoformación, como estrategias específicas para estimular el trabajo cooperativo del profesorado. Además el desarrollo profesional docente para la mejora de la práctica educativa en los centros escolares se promoverá a través del Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado, organizado en una red de centros del profesorado, que contarán con autonomía pedagógica y de gestión.
El profesorado se enfrenta en la actualidad a una realidad educativa compleja, que le obliga a revisar los contenidos escolares y la forma de organizarlos, así como a la introducción de nuevas metodologías que permitan la mejora de los rendimientos académicos. Y, para ello, el centro docente debe convertirse en el espacio, por excelencia, de formación del profesorado, a través de un trabajo cooperativo, integrado, diversificado y en equipo. Por esto, hay que seguir profundizando en las estrategias necesarias que permitan perfeccionar la intervención en los centros docentes para impulsar, asesorar y colaborar en el desarrollo de comunidades de aprendizaje dirigidas a mejorar la realidad educativa de los mismos, así como en la organización y la práctica docente en el aula, mediante metodologías activas y de participación. El profesorado de las aulas del siglo XXI trabaja en entornos colaborativos y ayuda a los jóvenes a aprender de forma autónoma.
Con objeto de reforzar la conexión entre la formación del profesorado y las necesidades de los centros en los que presta servicio, ha establecido que el proyecto educativo de los centros docentes incluya el plan de formación del profesorado. Dicho plan será elaborado a partir del diagnóstico de necesidades de formación del profesorado del centro y del resultado de las evaluaciones que se hayan llevado a cabo en el mismo.
Por tanto, los cambios en la educación y en la sociedad plantean nuevas demandas a la profesión docente que la hacen cada vez más compleja. En consonancia con estos cambios también se han producido cambios en las modalidades y estructura de las actividades de formación. Además, la difusión de las tecnologías de la información y la comunicación y su impacto en el ámbito educativo ofrece nuevas vías de formación que deben ser contempladas en una norma de estas características.
Se considera formación permanente del profesorado, el conjunto de actividades formativas dirigidas a mejorar la preparación científica, técnica, didáctica y profesional del profesorado y de todos aquellos que desarrollan su labor docente o especializada en los centros.
1. OBJETIVOS DE LA FORMACIÓN PERMANENTE DEL PROFESORADO
- Mejorar la calidad del sistema educativo andaluz, a través de procesos de autoevaluación y de la mejora de la competencia profesional docente.
- Perfeccionar la práctica educativa y la función tutorial, de forma que incida en la mejora de los rendimientos del alumnado y en su desarrollo personal y social, a través de la atención a sus peculiaridades y a la diversidad del mismo.
- Vincular los procesos de enseñanza y aprendizaje, así como el funcionamiento de los centros docentes, a la renovación pedagógica, a la innovación y a la investigación, al desarrollo de la equidad y a la mejora de la convivencia.
- Incorporar las actividades de formación a las funciones que desarrolla el profesorado de forma habitual en los centros docentes.
- Ayudar al profesorado a desempeñar puestos de trabajo bilingües y otros que requieran una competencia específica.
- Impulsar el desarrollo y la actualización de las competencias profesionales del profesorado ante la evolución científica y tecnológica y las demandas y necesidades sociales.
- Capacitar al profesorado de formación profesional y enseñanzas artísticas en nuevas técnicas, avances tecnológicos y procesos relacionados con el sector productivo o artístico de su especialidad.
- Potenciar el desarrollo profesional del profesorado, favoreciendo la adquisición de una cultura profesional orientada a la actualización constante de su práctica docente y a la innovación educativa.
- Contribuir a una mayor dignificación de la profesión docente y a un mayor reconocimiento profesional y social del profesorado, facilitándole la actualización permanente de sus competencias.
- Mejorar el funcionamiento de los órganos de coordinación docente de los centros.
2. FINES DE LA FORMACIÓN DEL PROFESORADO
Los fines que debe perseguir la formación permanente del profesorado serán:
- Capacitar al profesorado para afrontar los retos del sistema educativo y adaptar las enseñanzas a las nuevas necesidades formativas del alumnado.
- Proporcionar al profesorado estrategias para gestionar la diversidad del alumnado en las aulas, la dirección de los procesos de enseñanza y aprendizaje, la tutoría y la orientación educativa, académica y profesional, así como profundizar en técnicas de resolución de conflictos para la mejora de la convivencia en los centros.
- Capacitar al profesorado para la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación como herramienta habitual de trabajo en el aula y para facilitar la cooperación de las familias en los procesos educativos de sus hijos e hijas.
- Facilitar al profesorado el conocimiento y la experimentación de estrategias de enseñanza y metodologías de investigación e innovación educativa que redunden en la mejora de los rendimientos escolares y de la calidad de la enseñanza.
- Contribuir a que el profesorado adquiera una mayor competencia comunicativa y dominio de las destrezas básicas en, al menos, una lengua extranjera.
- Favorecer el ejercicio de la función directiva y de coordinación docente en los centros educativos.
- Facilitar al profesorado una preparación específica en materia de igualdad de oportunidades de mujeres y hombres, coeducación, violencia de género, educación sexual e integración y accesibilidad al currículo de las personas con necesidades educativas especiales.
3. ACTIVIDADES DE FORMACIÓN
Las actividades de formación del profesorado las podríamos clasificar en:
Seminarios: Surgen de la iniciativa de los propios Profesores o de la entidad organizadora. A partir de la reflexión conjunta, del debate interno y del intercambio de experiencias sirven para profundizar en el estudio de determinadas cuestiones educativas, tanto referentes a la ciencia disciplinar como a las didácticas de las mismas y a otras ciencias de la educación. Ocasionalmente podrán contar con la colaboración de personas expertas.
Al finalizar la actividad se presentará una Memoria que dé cuenta detallada del trabajo realizado.
Grupos de trabajo: Parten de la iniciativa del profesorado o de la entidad organizadora. El objetivo de los grupos de trabajo será la elaboración y/o análisis de proyectos y materiales curriculares, así como la experimentación de los mismos centrada en las diversas situaciones educativas. Ocasionalmente podrán contar con la colaboración de personas expertas.
La coordinación se efectuará por una de las personas integrantes y se le podrá asignar, en función de las tareas desarrolladas, hasta un tercio más del número de horas de los participantes.
Al finalizar la actividad se presentará una Memoria que dé cuenta detallada del trabajo realizado, junto con un ejemplar de los materiales elaborados en el grupo de trabajo, que serán el referente para la evaluación del mismo.
Proyectos de formación en centros: Se trata de una formación dirigida a un centro como unidad, que favorece la planificación y el desarrollo de las actividades formativas centradas en el propio centro y su contexto como elementos de cambio e innovación educativa. Los proyectos de formación en centros se basan en el trabajo colaborativo entre iguales y suponen el reconocimiento de la experiencia del profesorado como un valor fundamental en los procesos de formación. Esta modalidad podrá contar con la colaboración de personas expertas. Su objetivo es promover procesos de autoevaluación y desarrollar proyectos de mejora a partir de las necesidades reales de los centros educativos.
Una vez finalizado el trabajo, el grupo de Profesores confeccionará una Memoria en la que se recoja y evalúe la actividad desarrollada.
Los proyectos contarán con una persona que coordine, que será la encargada de la dinamización del trabajo, representación del grupo y coordinación en la redacción de la Memoria final. Se le podrá asignar hasta un tercio más del número de horas de los participantes.
Congresos: Es una modalidad formativa de carácter puntual cuyo principal objetivo es difundir contenidos sobre un tema monográfico previamente fijado, intercambiar experiencias o debatir sobre los avances que se vengan realizando en un campo científico o didáctico. En su diseño se pueden incluir conferencias de personas expertas, presentación de experiencias y comunicaciones, talleres, mesas redondas y exposiciones de material.
Las jornadas, encuentros y cualquier otra actividad de estas características quedarán asimiladas a congresos en cuanto a su clasificación.
Puede haber otras actividades de formación que no se correspondan con las modalidades anteriores, pero se podrán asimilar a alguna de ellas en función de sus características.
La forma de participación en las actividades de formación del profesorado puede ser presencial y en red. Así pues, las actividades se clasifican en:
Presenciales: Son aquellas acciones formativas en cuyo desarrollo se exige la presencia del profesorado participante. En los cursos y seminarios podrán incluirse periodos no presenciales, siempre y cuando la duración total de la actividad sea de veinte horas como mínimo, y las horas no presenciales no superen el 20% del total de duración de la acción formativa. Estos periodos deberán justificarse, por parte de los Profesores asistentes, con la aportación de una Memoria o trabajo, individual o de grupo. Con carácter general, las sesiones presenciales no tendrán una duración superior a ocho horas diarias.
En red: Es aquella acción formativa cuya realización se lleva a cabo mediante herramientas electrónicas. Estas actividades podrán contemplar alguna sesión presencial para la coordinación de la misma.
Mixtas: Se entiende por participación mixta aquella en la que se combinan fases presenciales y en red. En este caso se harán explícitos los objetivos de cada una de las fases, los mecanismos para su integración y su duración en horas. Con carácter general la fase presencial no podrá ser inferior a diez horas.
4. ESTRATEGIAS
El artículo 12 del DECRETO 93/2013, DE 27 DE AGOSTO dice que la formación permanente del profesorado en Andalucía se desarrollará mediante las siguientes estrategias:
a) Acciones formativas que respondan a las necesidades de formación detectadas por los centros, a través de sus planes de formación, derivadas de los procesos de evaluación que se realicen, y a aquellas otras que respondan a líneas de actuación prioritarias de la Consejería competente en materia de educación.
b) Intervención coordinada de la inspección educativa, los centros del profesorado y los equipos de orientación educativa, en el ámbito de sus respectivas competencias, en las zonas educativas y en los centros docentes para impulsar, asesorar y colaborar en el desarrollo de los planes de formación del profesorado de éstos.
c) Apoyo a la autoformación y a las iniciativas individuales de formación del profesorado en temáticas relacionadas con las líneas estratégicas de la Consejería competente en materia de educación.
d) Actualización científica, tecnológica y artística del profesorado de formación profesional y de enseñanzas artísticas en un entorno profesional real, mediante estancias formativas en empresas, talleres o instituciones artísticas.
e) Impulso, asesoramiento y colaboración con los centros docentes en el desarrollo de comunidades de aprendizaje dirigidas a mejorar la realidad educativa de los mismos y de otras experiencias educativas de reconocido prestigio.
f) Promoción y apoyo del intercambio de conocimientos y buenas prácticas, a través de la participación en programas de formación, intercambios y visitas nacionales e internacionales, así como de programas de renovación pedagógica y de investigación, innovación y experimentación educativa en los centros docentes.
g) Promoción de la colaboración con las universidades y con otras instituciones públicas o privadas.
h) Promoción del acceso del profesorado a estudios y titulaciones universitarios que redunden en una mejora de la práctica educativa.
i) Desarrollo de acciones formativas diseñadas específicamente para la capacitación en el desempeño de puestos de carácter bilingüe, puestos relacionados con la enseñanza semipresencial y a distancia y otros puestos de trabajo docentes.
j) Potenciación de la creación de redes de profesorado como medio de desarrollo de trabajo colaborativo, de intercambio del conocimiento y difusión de buenas prácticas y de coordinación.
k) Apoyo a las iniciativas de innovación educativa que emanen de los centros como consecuencia de la reflexión de sus Claustros de Profesorado.
5. LÍNEAS ESTRATÉGICA DE FORMACIÓN
La orden de 31 de julio de 2014, por la que se aprueba el III Plan Andaluz de Formación del Profesorado, plantea las siguientes líneas estratégicas de formación:
LÍNEA ESTRATÉGICA DE FORMACIÓN
I. La formación del profesorado vinculada a la mejora de las prácticas educativas, el rendimiento y el éxito educativo de todo el alumnado. Se abordarán al menoscuatroejes de formación:
EJES DE FORMACIÓN
OBJETIVOS
· La organización del currículo basado en las competencias clave.
· Ofrecer itinerarios formativos adaptados a las necesidades demandas de cada centro educativo según su grado de conocimiento e integración de las competencias clave.
· Mostrar herramientas y recursos que ayuden al profesorado a implementar iniciativas de mejora de la calidad de la actividad y competencia profesional docente, en el desarrollo y la adquisición de las competencias clave del alumnado.
· Profundizar en aspectos que diferencian un currículo basado en competencias: diseño y planificación del currículo, metodología, evaluación y cambios organizativos y de funcionamiento del centro.
· Escuela inclusiva para la igualdad y la equidad: atención a la diversidad, convivencia e igualdad.
Atención a la diversidad:
· Conocer, propiciar e impulsar aquellos modelos organizativos y educativos inclusivos, avalados por la investigación y la comunidad científica y educativa.
· Formar al profesorado en el conocimiento de las diferentes dimensiones de la diversidad y sus implicaciones.
· Facilitar al profesorado estrategias de atención a la heterogeneidad de procedencia del alumnado.
Convivencia e igualdad:
- Fomentar la participación de todos los miembros de la comunidad educativa en la responsabilidad de la gestión de la convivencia en los centros.
- Impulsar la formación del profesorado en técnicas de desarrollo personal, gestión de sus emociones y habilidades comunicativas y de relación orientadas a generar expectativas positivas del alumnado.
- Mostrar al profesorado estrategias para la mejora del clima del aula, la resolución de conflictos y las habilidades sociales del alumnado.
- Desarrollar las competencias necesarias para la promoción de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.
· Escuela de la sociedad del conocimiento. Destrezas básicas: Plurilingüismo, uso de las TIC y espíritu emprendedor.
Fomento del Plurilingüismo
· Fortalecer y consolidar la competencia comunicativa del profesorado en lenguas extranjeras necesaria para el desarrollo de su materia.
· Favorecer la actualización pedagógica y didáctica en el Aprendizaje Integrado de Contenido y Lengua Extranjera (AICLE).
· Acometer un tratamiento integrado de las lenguas en el currículo.
· Impulsar la dimensión europea de la educación en los centros.
Integración de las TIC en el currículo
· Conocer y explorar los posibles usos didácticos de las TIC para el aprendizaje y la práctica docente.
· Incrementar la competencia digital del profesorado en su actividad profesional.
· Fomentar el uso de las herramientas tecnológicas que facilitan la comunicación con las familias.
Fomento de la cultura del emprendimiento
a. Concebir el emprendimiento como una manera de pensar y actuar orientada tanto al desarrollo profesional como social y productivo.
b. Fomentar programas de formación del profesorado que ofrezcan herramientas para favorecer en el alumnado la cultura del emprendimiento.
· Planes de mejora y de formación de los centros educativos.
1. Incorporar en los centros educativos la cultura de evaluación como elemento imprescindible para el cambio y la mejora de los mismos.
2. Utilizar los datos para comprender la naturaleza y las causas que favorecen la mejora en los centros educativos.
3. Impulsar en los centros educativos procesos de formación encaminados a la mejora continua basados en la evaluación de las prácticas.
LÍNEA ESTRATÉGICA DE FORMACIÓN
II. La formación del profesorado como factor clave para el perfeccionamiento continuo y la capacitación profesional docente.
EJES DE FORMACIÓN
OBJETIVOS
1. Desarrollo profesional adecuado al rol profesional: competencias comunes y competencias específicas.
1. Desarrollar con carácter general, para todo el profesorado, una formación que le permita la adquisición de un nivel de desarrollo básico de las competencias profesionales comunes propias de su labor docente.
2. Realizar una oferta de acciones formativas dirigida a los distintos perfiles docentes que faciliten las competencias específicas de cada puesto de trabajo.
2. Desarrollo profesional a lo largo de toda la vida profesional: formación inicial, profesorado novel, formación permanente.
· Desarrollar las competencias profesionales del docente según el momento de la trayectoria profesional en la que se encuentre.
· Atender las necesidades formativas que generan en el profesorado la implantación de nuevas líneas educativas.
LÍNEA ESTRATÉGICA DE FORMACIÓN
III. La formación del profesorado como impulsora del conocimiento compartido y producido en los centros educativos, de la investigación y la innovación educativa y de las buenas prácticas.
EJES DE FORMACIÓN
OBJETIVOS
1. Investigación e innovación educativa. Desarrollo de programas educativos.
· Promover la concepción del aula y el centro como espacios para la innovación, investigación y la formación.
· Impulsar la creación de redes de centros como elemento dinamizador de la innovación del profesorado.
2. Metodologías de trabajo investigador y colaborativo en el aula y centro.
· Promover la capacitación del profesorado a través de actuaciones educativas investigadoras, analíticas y críticas de las prácticas educativas.
· Propiciar la interacción entre el profesorado a través de metodologías de trabajo colaborativas.
LÍNEA ESTRATÉGICA DE FORMACIÓN
IV. La formación del profesorado como apoyo a la progresiva transformación de los centros educativos en entornos colaborativos de aprendizaje y formación en los que participan todos los miembros de la comunidad educativa.
EJES DE FORMACIÓN
OBJETIVOS
· La participación de toda la comunidad para la mejora de los rendimientos escolares y la gestión del centro.
· Integrar a todos los miembros de la comunidad educativa en las actuaciones formativas dirigidas a fomentar su participación en el centro.
· Dar a conocer los modelos de participación, intervención y desarrollo comunitario.
· Establecer canales de comunicación y participación entre el centro educativo, la comunidad educativa y el entorno.
· La atención a los centros con entornos de aprendizaje específicos (compensación, rural, hospitalarios, centros específicos de EE , etc.).
· Facilitar la formación necesaria en estrategias y metodologías para atender en entornos específicos al alumnado que presenta necesidades de apoyo educativo.
LÍNEA ESTRATÉGICA DE FORMACIÓN
V. La formación del profesorado de Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas, Enseñanzas Oficiales de Idiomas y Educación Permanente como herramienta para conectar la educación con la realidad productiva y el empleo.
EJES DE FORMACIÓN
OBJETIVOS
Objetivos comunes a todos los ejes
· Realizar ofertas formativas dirigidas a la actualización científico-tecnológica profesional y metodológica del profesorado.
· Definir y desarrollar un marco de colaboración estratégica para promover la puesta en marcha de proyectos de innovación, investigación y experimentación.
· Adquirir competencias que permitan desarrollar la formación profesional a lo largo de toda la vida.
· Potenciar redes y entornos de formación en pro del trabajo colaborativo y en equipo.
· Desarrollar la cultura emprendedora a través de proyectos y programas de forma transversal.
· Crear un marco de colaboración estratégica para potenciar el plurilingüismo y la movilidad en el ámbito de la formación del profesorado, con el objeto de impulsar la movilidad transnacional en el profesorado y en el alumnado de Formación Profesional.
· Facilitar un empleo creciente de las TIC en los procesos de enseñanza-aprendizaje y su utilización para impulsar la apertura del centro a su entorno y su inclusión en redes profesionales.
· Formaciónprofesional.
· Formar al profesorado en el Sistema Andaluz de Cualificaciones Profesionales.
· Formar al profesorado en la Orientación Profesional hacia el empleo para acercar el medio educativo al productivo.
· Potenciar una formación para el profesorado de Formación Profesional en prácticas.
· Fomentar una formación vinculada a la evaluación y la gestión de la calidad.
· EnseñanzasArtísticas.
1. Promover la formación del profesorado de los centros de enseñanzas artísticas de régimen especial sobre el nuevo marco normativo y curricular y sobre los instrumentos y sistemas de información y gestión administrativos.
2. Impulsar la actualización y la innovación en didáctica y metodología propias de los ámbitos artísticos.
3. Potenciar que Escuelas y Conservatorios desarrollen un papel activo en la creación y difusión de conocimiento y cultura, asumiendo la necesidad de constituirse en referentes para su entorno y de establecer redes y procesos de comunicación e intercambio con otros centros y con instituciones, empresas, administraciones, etc.
· Las enseñanzas de idiomas.
Generar un mayor conocimiento en la aplicación de los estándares de los distintos niveles del Marco Común Europeo de las Lenguas de tal forma que la aplicación sea homogénea en todos los niveles y enseñanzas.
Establecer criterios comunes para la aplicación de las pruebas unificadas de certificación de las titulaciones B1, B2, C1 y C2.
Impulsar la actualización didáctica y metodológica del profesorado que imparte los cursos especializados para el perfeccionamiento de idiomas en niveles C.
Potenciar la formación de idiomas en modalidades semipresenciales y a distancia.
Facilitar la formación del profesorado que imparte cursos de actualización lingüística.
· Educación Permanente.
Facilitar el aprendizaje en la educación permanente, garantizando la adquisición de competencias clave y el acceso a las titulaciones oficiales y a otros niveles del sistema educativo.
Potenciar la Orientación personal, profesional y académica en la Educación Permanente.
Respecto a las modalidades en el proceso de formación, el DECRETO 93/2013, DE 27 DE AGOSTO, señala:
1. Las modalidades de formación del profesorado perseguirán el aprendizaje de las buenas prácticas docentes, el intercambio profesional y la difusión del conocimiento que contribuya a la creación de redes profesionales. Las estrategias formativas estimularán el trabajo cooperativo a través, fundamentalmente, de la formación en centros y de la autoformación, y tendrán en cuenta los distintos niveles de desarrollo profesional del profesorado.
2. Las actividades de formación permanente del profesorado podrán desarrollarse en las modalidades presencial, semipresencial y a distancia y deberán incluir, en su caso, aplicaciones prácticas, mecanismos e indicadores de evaluación que permitan realizar el seguimiento y valoración de los objetivos individuales alcanzados, en relación con los resultados de aprendizaje previstos, y la incidencia de la formación en la práctica docente, así como estrategias de intervención que redunden en la mejora de los rendimientos del alumnado y en su desarrollo personal y social. Por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación se regulará la certificación, homologación y registro de dichas actividades formativas.
3. Las actividades ofertadas en las modalidades semipresencial y a distancia se llevarán a cabo mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación y se realizarán a través de una plataforma virtual de aprendizaje que permita la comunicación entre el profesorado participante y de éste con el profesorado que dirija la actividad, el trabajo colaborativo, el envío y evaluación de tareas y actividades, la incorporación de herramientas para la autocorrección de actividades interactivas, el seguimiento de la actividad de las personas participantes y la utilización de mecanismos de evaluación.
El artículo 56 del DECRETO 93/2013, DE 27 DE AGOSTO concreta que:
1. Los centros docentes y las aulas serán el ámbito ordinario para el aprendizaje e intercambio de prácticas educativas y el desarrollo de las actividades de formación permanente del profesorado. A tales efectos, cada centro docente elaborará su propio plan de formación del profesorado a partir del diagnóstico que realice de las necesidades formativas del profesorado que preste servicio en el mismo, basadas en los resultados de la autoevaluación de cada curso y de las evaluaciones que se realicen. El plan de formación del profesorado formará parte de su proyecto educativo, conforme a lo dispuesto en el artículo 127.1 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre.
2. Los centros docentes realizarán acciones formativas que respondan a sus propios planes de formación, sin perjuicio de aquellas otras que desarrollen líneas de actuación prioritarias de la Consejería competente en materia de educación.
3. Los planes de formación de los centros del profesorado integrarán las actuaciones más relevantes derivadas de los procesos de autoevaluación y mejora de los centros docentes de su zona de actuación y de los planes de formación del profesorado de estos centros educativos.
6. PROGRAMAS EDUCATIVOS Y NIVELES
Los programas educativos permiten organizar y detallar un proceso pedagógico, sirven de orientación al profesorado respecto a la metodología y contenidos a impartir, la forma de desarrollar su actividad de enseñanza-aprendizaje y los objetivos a conseguir, a la vez que fomentan la innovación educativa y el perfeccionamiento profesional de los participantes.
Los programas educativos facilitan el trabajo colaborativo del claustro de profesores o del grupo participante para desarrollar de manera interdisciplinar y transversal una serie de contenidos o elementos curriculares.
Los programas educativos han de fomentar la innovación educativa, la investigación y la difusión de buenas prácticas docentes, por ello ofrecen estrategias, herramientas y recursos que favorecen el desarrollo de las competencias básicas del alumnado, el intercambio de experiencias educativas, el trabajo en equipo, la creación de redes profesionales, el trabajo por proyectos, así como el desarrollo de metodologías innovadoras que propicien un cambio educativo.
El propio Centro optará por inscribirse, a través de Séneca, en los diferentes programas educativos, según las condiciones de la convocatoria para cada curso escolar; y como tal figurará en la revisión anual que se hace del Plan de Centro.
Los niveles de los programas educativos, según las Instrucciones de 30 de junio de 2014, serán los siguientes:
NIVEL 1: Deben participar al menos el 50 % del claustro. El Centro debe incluir en el plan de formación del Proyecto Educativo propuestas formativas que garanticen el funcionamiento del programa. La duración será de dos cursos escolares como mínimo. El Centro elaborará un Proyecto que incluya al menos los objetivos, las líneas de actuación y las estrategias.
ÁMBITOS
PROGRAMAS DEL NIVEL 1
EducaciónAmbiental
§ Red andaluza de ecoescuelas.
Lingüístico
§ Proyectolingüístico de Centro.
NIVEL 2: Deben participar al menos el 10 % del claustro. El Centro debe incluirlo en el plan de formación del Proyecto Educativo. La duraciónserá de un curso escolar.
ÁMBITOS
PROGRAMAS DEL NIVEL 2
EducaciónAmbiental
- Crece con tuárbol.
- Cuidemos la costa.
- Educación ambiental en la red de jardines botánicos.
- Educaves.
- Kiotoeduca.
- Recapacicla.
Culturaemprendedora
- Educacióneconómica y financiera.
- Mini empresaseducativas.
Hábitos de vidasaludable
§ Alimentaciónsaludable.
§ A no fumar me apunto.
§ Creciendo en salud.
§ Forma joven en el ámbito educativo.
§ Prevención de las drogodependencias y adicciones (dino/prevenir para vivir/¿y tú qué piensas?).
§ Plan de consumo de fruta en la escuela.
Lingüístico
- Clásicosescolares.
- Comunicación.
- Creatividadliteraria.
- Familiaslectoras.
Programasculturales
1. Vivir y sentir el patrimonio.
NIVEL 3: La participación será nivel individual. El Centro debe incluirlo en el plan de formación del Proyecto Educativo. La duraciónserá de un curso escolar.
PROGRAMAS DEL NIVEL 3
· Aprende a sonreír.
· Aula de cine.
· La ciudad amable.
· Mira.
Desde esta perspectiva la formación del profesorado ofrece nuevas formas de intervención en la escuela aportando las siguientes pautas:
· Es el profesorado quien plantea la demanda y esto supone poder negociar el marco de intervención y los compromisos a adquirir por parte de los docentes y de la figura de la asesoría y otros agentes educativos.
· La demanda implica una evaluación sobre la propia práctica, interviniéndose sobre ella directamente para evaluar sus resultados (evaluar para la acción).
· La intervención parte de una necesidad detectada por un docente o grupo de docentes, que podrá ser orientada hacia un proyecto de trabajo concreto y que evitará la dispersión ubicándose dentro del marco que ofrece el plan de actuación de la formación del profesorado a través de los Centros del Profesorado.
7. REALIZACIÓN DE LA FORMACIÓN
Podemos hablar principalmente de tres maneras de realizar la formación:
· Individual:
· La realizará cada maestro/a por su cuenta en el CEP, Universidad o cualquier otro organismo.
· Podrá ser presencial, semi-presencial u on-line.
· Colectiva en algún organismo:
· La realizaremos grupos de maestros en el CEP o cualquier otro organismo y estará relacionada con alguna formación puntual y necesaria para por ejemplo el manejo de pizarra digital…
· También podrá ser presencial, semi-presencial y on-line.
· Colectiva en el propio Colegio:
§ Es la referida a la formación de un grupo de trabajo en el propio Centro, sobre las propuestas anteriormente, que emanan de la necesidad de formación en esos temas concretos.
§ Para formar los grupos de trabajo habrá una estrecha colaboración con el CEP y con nuestro asesor en él.
§ Será siempre presencial, aunque también habrá un trabajo en foros de internet.
§ Todos los maestros/as del Centro se implicarán en la actividad de formación, que será elegida antes de acabar cada curso escolar y será propuesta para realizarla en el siguiente.
§ Están abiertos estos grupos de trabajo a realizarlos no solo en el Colegio sino también en la zona, si otros compañeros tuvieran la misma inquietud o necesidad de formación.
§ Debemos tener en cuenta que también estaremos sujetos a la normativa que el CEP tenga sobre los grupos de trabajo y la formación en centros.
§ Participar en un grupo de trabajo no significa no realizar otro tipo de formación individual o colectiva.
8. TEMPORALIZACIÓN Y PRIORIZACIÓN
· Al finalizar el curso escolar propondremos en Claustro la formación para el próximo curso y así se la comunicaremos al CEP.
· La duración prevista siempre será de un curso escolar, pudiendo ampliarse a otro más.
· La formación que vayamos obteniendo irá redundando en el acto sobre nuestros alumnos/as.
· La duración de las actividades de formación será de una hora semanal en horario no lectivo. Al final habrá un total de 25-30 horas de formación en el Centro.
Después de todo lo expuesto sobre las líneas estratégicas de formación y los programas y niveles, a la hora de priorizar las actividades de formación del profesorado señalaríamos las siguientes prioridades:
Se deben realizar actividades de formación necesarias por normativa nueva que obligue a ello.
Se realizarán actividades de formación derivadas de las necesidades y planes de mejora de la autoevaluación.
Se realizarán actividades formativas como impulsoras del conocimiento compartido, de la investigación, la innovación educativa y de las buenas prácticas.
Deben primar las actividades colectivas sobre las individuales.
9. CANALIZACIÓN DE LA FORMACIÓN
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 93/2013 en su artículo 58, cada centro tendrá un asesor o asesora de referencia que entre sus funciones tiene las de:
§ ASESORAR A LOS EQUIPOS DIRECTIVOS Y A LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE COMPETENTES EN MATERIA DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO DE LOS CENTROS EDUCATIVOS Y COLABORAR CON ELLOS EN LA REALIZACIÓN DEL DIAGNÓSTICO DE NECESIDADES FORMATIVAS DEL PROFESORADO DEL CENTRO, A PARTIR DE LOS PROCESOS DE EVALUACIÓN QUE SE REALICEN.
§ ASESORAR Y PARTICIPAR EN LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO DEL CENTRO DOCENTE E IMPULSAR Y APOYAR SU DESARROLLO, TENIENDO EN CUENTA LA AUTOEVALUACIÓN DE LA COMPETENCIA PROFESIONAL DOCENTE Y LAS AUTOEVALUACIONES DEL CENTRO.
PARA ELLO:
§ EL ASESOR O LA ASESORA DE REFERENCIA PARTICIPARÁ EN LAS REUNIONES QUE SE CONVOQUEN EN LOS CENTROS DOCENTES PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO Y, ASIMISMO, PARTICIPARÁ EN EL SEGUIMIENTO DE DICHO PLAN, PUDIENDO PLANTEAR POSIBLES MODIFICACIONES Y LA INTRODUCCIÓN DE ESTRATEGIAS Y PROCEDIMIENTOS QUE CONTRIBUYAN A LA MEJORA DE LOS PLANTEAMIENTOS INICIALES Y A LA CONSECUCIÓN DE LOS OBJETIVOS PREVISTOS.
§ EL ASESOR O ASESORA DE REFERENCIA ASISTIRÁ, PREVIA CONVOCATORIA DE LA DIRECCIÓN DEL CENTRO, A LA REUNIÓN DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS O DE COORDINACIÓN DOCENTE DEL MISMO, CON VOZ PERO SIN VOTO, CUANDO ESTE PREVISTO TRATAR ASUNTOS RELACIONADOS CON LA FORMACIÓN DEL PROFESORADO.