Entrada en vigencia de las NIIF para PYMES en El Salvador.

Post date: 14-may-2010 17:38:06

El IASB emitió el 9 de julio de 2009, la Norma Internacional de Información Financiera para PyMEs –NIIF PyMEs. Aunque el nombre generalizado es NIIF para PYME, la normativa aplica a todas las empresas que no cotizan en bolsa o no están obligadas a rendir cuentas públicamente.

Para el IASB son Pequeñas y Medianas Empresas aquellas con ánimo de lucro que “no tienen obligación pública de rendir cuentas”, esto es, cuando la entidad no cumple las siguientes condiciones:

"(a) no tienen obligación pública de rendir cuentas, y (b) publican estados financieros con propósito de información general para usuarios externos (...)" -Párr12-

El IASB indica cuales son las empresas que tienen “obligación de rendir cuentas públicamente“, así: "Una entidad tiene obligación pública de rendir cuentas si: (a) sus instrumentos de deuda o de patrimonio se negocian en un mercado público o están en proceso de emitir estos instrumentos para negociarse en un mercado público (ya sea una bolsa de valores nacional o extranjera, o un mercado fuera de la bolsa de valores, incluyendo mercados locales o regionales), o (b) una de sus principales actividades es mantener activos en calidad de fiduciaria para un amplio grupo de terceros (...)" -Párr.13-.

En el caso Salvadoreño, la aplicación de esta normativa es obligatoria a partir del 1 de enero de 2011, según acuerdo del Consejo de Vigilancia de la Profesión de Contaduría Pública y Auditoria -CVPCPA, de fecha 20 de agosto de 2009. Vea estos acuerdos en la sección E-learning/Publicaciones del menú principal.