ADMISIÓN Y MATRICULACIÓN


CURSO 2020/2021

LISTADO DEFINITIVO DE ADMISIÓN

LISTADO PROVISIONAL DE ADMITIDOS

PASOS A SEGUIR PARA LA REALIZACIÓN DE LA SOLICITUD DE ADMISIÓN

(ALUMNOS/AS NACIDOS EN EL 2017)

¿CÓMO RESERVAR PLAZA ON LINE?

PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO DE ADMISIÓN DEL ALUMNADO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA, PROCEDENTE DE CENTROS ADSCRITOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA

- IMPORTANTE: Este procedimiento solamente se lleva a cabo con los alumnos/as de 6º de Educación Primaria que pasen al Instituto de Educación Secundaria Obligatoria y quieran solicitar plaza en un centro distinto al adscrito.

- Calendario:

Del 19 al 28 demayo de 2020

Plazo para que el alumnado con reserva de plaza, que desee modificar su elección, pueda solicitar otro centro educativo diferente de EducaciónSecundaria presentando nueva solicitud en el procedimiento general, en la plataforma Rayuela, http://rayuela.educarex.es.

MATRICULACIÓN

1 al 7 septiembre de 2020

Plazo de matriculación en Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.

10 al 17 de julio de 2020

Plazo de matriculación para el alumnado a quien se ha adjudicado plaza por las comisiones de escolarización, con posterioridad al 17 de julio y no pudoformalizar su matrícula con anterioridad.

Plazo de matriculación en Bachillerato y Educación Secundaria Obligatoria para el alumnado con asignaturas pendientes en la convocatoria dejunio.

Más información:

- RESOLUCIÓN de 5 de mayo de 2020, de la Secretaría General de Educación, por la que se modifica la Resolución de 18 de diciembre de 2019, por la que se establece el calendario y otros aspectos del procedimiento de admisión del alumnado de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso escolar 2020/2021 http://doe.gobex.es/pdfs/doe/2020/860o/20060735.pdf


CALENDARIO PARA EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN Y MATRICULACIÓN DEL ALUMNADO DE EDUCACIÓN INFANTIL 3 AÑOS

- IMPORTANTE: Este procedimiento solamente se lleva a cabo con los alumnos/as que se incorporen por primera vez al centro educativo en el nuevo curso escolar 2020/2021. El alumnado que ya está matriculado en el centro no tiene que realizarlo.

- Calendario:

· Admisión:

· Matriculación: El alumnado que haya obtenido una plaza escolar en el presente procedimiento de admisión deberá realizar la matrícula en las siguientes fechas. De persistir en esas fechas la situación actual de confinamiento, se arbitrarán las medidas necesarias de las que serán informados.

10 al 17 de julio de

2020

Plazo de matriculación en Educación Infantil y Educación Primaria que se incorporen por primera vez al centro educativo.

Más información:

  • RESOLUCIÓN de 5 de mayo de 2020, de la Secretaría Generalde Educación, por la que se modifica la Resolución de 18 de diciembre de 2019, por la que se establece el calendario y otros aspectos del procedimiento de admisión del alumnado de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso escolar 2020/2021 http://doe.gobex.es/pdfs/doe/2020/860o/20060735.pdf


PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN Y MATRICULACIÓN DEL ALUMNADO

Según nos informa la Secretaría General de Educación respecto a la ORDEN de 30 de abril de 2020 por la que se realizan las modificaciones necesarias para realizar la tramitación electrónica del procedimiento de admisión y matriculación en centros docentes sostenidos con fondos públicos de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato para el curso escolar 2020/2021, convocado por Resolución de 18 de diciembre de 2019, se acuerda:

Procedimiento de admisión:

· Las fases del procedimiento de admisión se tramitarán de forma electrónica, en tanto las medidas adoptadas como consecuencia del estado de alarma impidan su tramitación presencial según lo establecido en la normativa en vigor que lo regula.

· En el momento en que se determine por las autoridades competentes la finalización del estado de alarma o se permita la presencia puntual de los solicitantes en los centros educativos la tramitación de todas las fases que resten hasta finalizar el proceso de admisión se realizarán de forma presencial.

· Las plazas vacantes ofertadas en los centros educativos en cada uno de los cursos autorizados se publicarán en la web oficial. En caso de tramitación presencial, se publicarán en los centros educativos.

· Los resultados de los procesos de admisión en los centros docentes sostenidos con fondos públicos se comunicarán a través de la web oficial. En caso de tramitación presencial, se publicarán en los centros educativos.

· Cada persona solicitante formulará una única solicitud de admisión que se presentará de forma telemática en la dirección de la Plataforma Rayuela, http://rayuela.educarex.es. La Secretaría Virtual de Rayuela hará entrega en el momento de presentación de la solicitud de la credencial de acceso a dicha plataforma, en el caso de que no dispusiera de la misma con anterioridad.

· En la solicitud las personas solicitantes realizarán una declaración responsable relativa a cada uno de los criterios de prioridad para la admisión del alumnado por los que solicita puntuación.

· Las personas solicitantes comunicarán en la solicitud una dirección de correo electrónico válida a la que se enviarán los avisos de notificación y los documentos derivados de las diferentes fases del procedimiento.

· En el momento de formular la solicitud no se requerirá la aportación de la documentación acreditativa de las circunstancias declaradas respecto a los criterios de prioridad para la admisión del alumnado. Esta documentación se facilitará de manera presencial dentro del plazo que se establezca cuando finalice el estado de alarma y la movilidad de las personas no esté limitada y deberá corresponderse con los datos declarados. De no ser así, se perderá la puntuación asignada por el criterio de prioridad de que se trate y, en su caso, la plaza asignada.

· Al finalizar la tramitación telemática, la plataforma Rayuela emitirá un recibo justificativo de la presentación de la solicitud que incluirá la fecha y hora de presentación, los datos relevantes de la solicitud, y, en su caso, la enumeración de los apartados del baremo por los que se solicita puntuación.

· A través de la Secretaría Virtual de la plataforma Rayuela: se podrá realizar el seguimiento del estado de la admisión del alumnado e incorporará un tutorial del procedimiento para las personas solicitantes que no sean usuarios de la misma con anterioridad.

· Las personas interesadas tendrán acceso al expediente, previa petición por escrito, una vez se vuelva a la tramitación presencial del procedimiento, independientemente de la fase en que se encuentre.

· Se mantendrá abierto el procedimiento de solicitud telemática a través de la plataforma Rayuela, para el alumnado que solicite escolarización en cualquier centro docente sostenido con fondos públicos de la Comunidad Autónoma debido al traslado de domicilio de la unidad familiar que implique cambio de localidad, por inicio de una medida de acogimiento familiar de la persona solicitante o por no entregar la solicitud dentro del plazo establecido en el procedimiento.

· No se atenderá una solicitud fuera del plazo de presentación del procedimiento de admisión correspondiente si el solicitante ya hubiera presentado otra dentro del plazo, para el mismo procedimiento, enseñanza y localida

· La Administración educativa habilitará puntos de atención al usuario para aquellas personas que no disponen de medios electrónicos en las localidades y sedes que se determinarán por la Secretaría General de Educación y se publicarán en la web http://escolarizacion.educarex.es.

Procedimiento de matriculación:

· El alumnado que haya obtenido una plaza escolar en el presente procedimiento de admisión deberá formalizar la matrícula en las fechas que se establezcan mediante Resolución de la Secretaría General de Educación. De persistir en esas fechas la situación actual de confinamiento, se arbitrarán las medidas necesarias para que las personas solicitantes acrediten documentalmente los criterios de admisión a los que se refirió su declaración responsable y manifiesten ante el centro la aceptación de la plaza adjudicada.

· Si, una vez finalizado el plazo de matriculación, esta no se hubiera formalizado, decaerá el derecho a la plaza obtenida tanto en el procedimiento específico como en el general

· En previsión de que la situación de crisis sanitaria impida la formalización de la matrícula de manera presencial en las fechas establecidas, la Secretaría General de Educación podrá prorrogarlas o posponerlas mediante resolución.

Procedimiento de reclamación:

· La formulación de reclamaciones tanto del procedimiento específico como del general, se realizará en la plataforma Rayuela.

Más información:

- ORDEN de 30 de abril de 2020 por la que se realizan las modificaciones necesarias para realizar la tramitación electrónica del procedimiento de admisión y matriculación en centros docentes sostenidos con fondos públicos de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato para el curso escolar 2020/2021, convocado por Resolución de 18 de diciembre de 2019. http://doe.gobex.es/pdfs/doe/2020/850o/20050066.pdf

- RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2020, de la Consejera, por la que se acuerda la continuación del procedimiento administrativo de admisión del alumnado de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso escolar 2020/2021, en aplicación de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COV ID-19 . http://doe.gobex.es/pdfs/doe/2020/850o/20060733.pdf

PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN DEL ALUMNADO

(Proceso de matriculación)

Según informa la Consejería Educación y Empleo respecto al procedimiento de admisión del alumnado a las enseñanzas de Educación Infantil… para el curso 2020-2021 (nuevas matriculaciones) en el art. 3 del DECRETO-LEY 7/2020, de 24 de abril, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de educación, para paliar los efectos de la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19 se acuerda:

- Se tramitará de forma electrónica.

La Secretaría General de Educación establecerá un calendario de actuaciones para el proceso de admisión que garantizará su finalización y permitirá tanto la tramitación electrónica como el paso a la presencial cuando esta sea posible.

La Administración educativa habilitará puntos de atención al usuario para aquellas personas que no disponen de medios electrónicos.

- Cada persona solicitante formulará una única solicitud de admisión que se presentará de forma electrónica en la dirección https://rayuela.educarex.es/ de la plataforma Educativa Rayuela mediante identificación y firma a través de Certificados Digitales reconocidos, por DNI electrónico o a través de las claves de acceso a la citada plataforma y que contendrá una declaración responsable de cada una de las circunstancias requeridas para la admisión.

- Se emitirá un recibo justificativo de la presentación de la solicitud que incluirá la fecha y hora de presentación, los datos relevantes de la solicitud, y, en su caso, la enumeración de los apartados del baremo por los que se solicita puntuación.

- En el momento de formular la solicitud no se requerirá la aportación de la documentación acreditativa de las circunstancias declaradas. Esta documentación se facilitará, dentro del plazo que se establezca, de manera presencial y deberá corresponderse con los datos declarados. De no ser así, se perderá la puntuación asignada por el apartado del baremo de que se trate y, en su caso, la plaza asignada, con carácter provisional.

- Los resultados en los procesos de admisión en los centros docentes sostenidos con fondos públicos se comunicarán a través de la web del centro: https://cpsctosaludher.educarex.es/

- La formulación de reclamaciones al resultado provisional y definitivo de admisión, tanto del procedimiento específico como del general, del alumnado se realizará por medios electrónicos. La resolución de estas reclamaciones se entenderá efectuada con la publicación de los respectivos resultados definitivos de estos procesos.

Más información en del Decreto-Ley 7/2020, de 24 de abril, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de educación, para paliar los efectos de la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19