A. Ser una organización sin fines de lucro con un mínimo de tres años de estar constituida legalmente.
B. Estar autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como una donataria autorizada.
C. Presentar todos los documentos legales y fiscales requeridos.
D. Acreditar que en su objeto social está autorizada para desarrollar proyectos que cumplan las características del enfoque regenerativo descrito anteriormente.
E. Mostrar evidencia del trabajo con población rural en condiciones de marginación y vulnerabilidad.
F. Contar con un mecanismo de monitoreo y evaluación que permita dar seguimiento al proyecto y a los resultados de éste.
G. Se aceptará únicamente una postulación por OSC.
H. No se considerarán organizaciones que persigan fines políticos, partidistas o religiosos.
A. La organización que postule un proyecto debe comprobar que éste está relacionado con su Teoría de Cambio y Plan Estratégico.
B. El proyecto debe mostrar claramente un enfoque regenerativo socioambiental de acuerdo con los componentes antes señalados (ver apartado sobre Criterios de valoración de las propuestas).
C. El proyecto deberá tener una duración de mínimo doce meses para tener resultados de transformación social o medio ambiental y productividad económica.
D. Los proyectos podrán ser nuevos, ya puestos en marcha o parte de intervenciones de largo plazo de la OSC; para estos casos es importante especificar en qué etapa se encuentran y los resultados específicos que se obtendrán de la etapa a financiar por Fundación Estafeta.
E. El proyecto deberá establecer alianzas con otros actores sociales, empresariales o con autoridades locales que les permita la sostenibilidad y escalabilidad en un futuro. Alianzas entendidas como las relaciones con otras organizaciones para alcanzar objetivos comunes y mejorar la eficiencia y el rendimiento.
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